3.12.0
¶ Titulo .XII. De las preguntas que los juezes pueden fazer a las partes en juyzio, despues que el pleyto es començado por demanda, e por respuesta, a que llaman en latin positiones.
COmençamiento toman los pleytos por las demandas, e por las respuestas que fazen las partes en juyzio: assi como de suso mostramos. E porque toda cosa que ome comiença deue puñar primeramente de la traer a acabamiento, por la mas ligera carrera que pudiere. Por ende dezimos que se deuen los judgadores trabajar luego que el pleyto es començado ante ellos por demanda, e por respuesta, de fazer jurar a las partes. E despues preguntar les por aquella jura que le digan verdad. Ca por tal manera caen los juezes mas de ligero en ella. E pues que en el titulo ante deste fablamos de la jura, queremos agora aqui fablar destas preguntas. E primeramente mostrar que cosa es pregunta. E que pro nace della. E quien la puede fazer. E sobre quales cosas.
3.12.1
¶ Ley .I. Que cosa es pregunta.
PRegunta, es demanda que faze el juez a la parte, para saber la verdad de las cosas sobre que es dubda, o contiendas antel. E tales preguntas como estas, se pueden fazer despues que el pleyto es començado por demanda, e por respuesta, e non ante. Fueras ende, en aquellas cosas señaladas, que diximos en el titulo, que fabla de como se deue començar el pleyto.
3.12.2
¶ Ley .II. Que pro nasce de la pregunta, e quien la puede fazer, e sobre que cosas.
PRegunta, es cosa de que nace grand pro. ca por ella puede el judgador saber mas en cierto la verdad de los pleytos, e de los fechos dubdosos, que vienen ante el. E puedela fazer el juez fasta que de el juyzio: e aun la vna parte a la otra, ante el judgador. E deue ser de tal natura, que pertenezca al fecho, o a la cosa sobre que es la contienda. E ha se de fazer en cierto, e por pocas palabras, non emboluiendo muchas razones en vno. De manera que el preguntado las pueda entender, e responder ciertamente a ellas. Ca si de otra guisa fuesse fecha, non deue ser cabida: nin aun la parte a quien la fiziessen, non seria tenudo de responder a ella.


Transcripción: Irene Rodríguez Cachón
Codificación XML / HTML y revisión: José Manuel Fradejas Rueda
CITA
Rodríguez Cachón, Irene (2020), «López 1555. 3.12.», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital, https://7partidas.hypotheses.org/6092 [fecha de acceso]
OpenEdition le sugiere que cite este post de la siguiente manera:
7partidas (13 de febrero de 2020). López 1555. 3.12. 7 Partidas Digital. Recuperado 17 de abril de 2025 de https://doi.org/10.58079/ags5