A finales de julio vio la luz el libro Las «Siete Partidas» del Rey Sabio: Una aproximación desde la filología digital y material (Madrid / Frankfurt: Iberoamericana / Vervuert, 2021, ISBN 978-84-9192-207-0 🔗, doi: 10.31819/9783968691503) en el que recogemos un ramillete de trabajos referentes a las Siete Partidas (índice). Trabajos que, en algunos casos, en sus primeras versiones, se publicaron como entradas de este sitio.
Pero a pesar del cuidado que hemos puesto los autores y los editores, Titivillus ha hecho de las suyas y se han escapado una cuantas erratas. Puesto que no hay manera de incluir la clásica fe de erratas que las editoriales incorporaban, hemos pensado que esta entrada lo sea.
página
dice
debe decir
35, 2ª columna, 5ª línea
BP2
BP3
35, 3ª columna, 13ª línea
TN2
bórrese
33, 2ª columna, añádase
TN2
42, 3ª línea
BP5
BP3
42, 3ª línea
VIT 4-6,
bórrese
189, último párrafo, 4ª línea
7.33
7.34
CITA
Fradejas Rueda, José Manuel (2021.10.28), «Los errores del texto», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/9362 [fecha de acceso]
José Manuel Fradejas Rueda Universidad de Valladolid
La primera fase de 7PartidasDigital se centró en las que designamos ediciones históricas de las Siete Partidas y las limitamos a tres1:
Alonso Díaz de Montalvo, 1491 con reediciones en 1491 (diciembre), 1501, 1528, 1542 y 1550; y una reproducción facsímil de la princeps en 1988.
Gregorio López, 1555, 1565, 1576, 1587, 1610, 1758, 1759, 1765, 1789, 1828, 1843 (dos veces), 1848, 1865, 1872 y 1885; y una reproducción facsímil de la de 1555 publicada por el Boletín Oficial del Estado en 1985 con versión en pdf (acceso).
Real Academia de la Historia, 1807 (facsímil Atlas 1972; y varias de reproducciones electrónicas en la red: BDH, Internet Archive y Hathy Trust).
Todas las demás, que no sean una de estas o una de sus reediciones o reimpresiones, no las podemos considerar como ediciones de las Siete Partidas2 porque se han limitado a publicar una de ellas o sencillamente algún que otro título e incluso fragmento.
Los colación automática con Juxta Software descubrió el hecho de que Gregorio López presentaba en el texto de la Primera Partida una marcada preferencia por palabras más antiguas —maguer, vegada, toller, ca— que Montalvo que prefiere formas más modernas como aunque, que, vez o quitar y tirar en lugar de toller (Fradejas Rueda 2021).
No debería sorprender si fuera cierto que Gregorio López no tuvo en cuenta la edición de Montalvo porque estaba llena de errores y que para su edición de las Siete Partidas se basó en una serie de manuscritos que no podemos identificar. Sin embargo, está demostrado que López utilizó como texto de base el que preparó Montalvo (Craddock 2008, Orellana Calderón 2006) y se ha podido afinar hasta el punto de que se basó en un ejemplar de la edición impresa en Lyón en 1550 (Fradejas Rueda en prensa). La base para esta afirmación se halla en que la edición de López ofrece los mismos árboles de afinidad y consaguinidad y con la misma estética que lo hizo la edición lionesa, aunque se elimino la bicromía y, al regrabarlos, se modificaron ligeramente las cabezas que sirven para ilustrar cada casilla. Sin embargo, hay un pequeño detalle que delata la fidelidad al modelo lionés y es que en la base del árbol de afinidad, en las líneas que enmarcan el texto explicativo, ambas presentan las iniciales H y T, que tienen toda la apariencia de ser las iniciales de uno de los libreros comitentes: Henrique Toti.
Árboles de consanguinidad y afinidad en la edición de Montalvo (Lyón, 1550) (Universidad Complutense)
Árboles de consanguinidad y afinidad en la edición de Gregorio López (Salamanca, 1555) (Universidade de Lisboa)
A pesar de ello, esta edición no es la que introduce una importante novedad textual: la de convertir la última ley de del último título de la última Partida (7.32.13) en un título independiente, en el 7.33 que conoce toda la tradición lopesiana3.
Esta innovación textual se fija en la edición de 1528 y creemos que fue provocada por un innovación insulsa desde el punto de vista gráfico en la edición de 1501 (Fradejas Rueda 2021).
conclusion
La conclusión a la que llegamos es que hubo realmente tres ediciones diferentes textualmente durante el poco más de medio siglo en el que se inicia la tradición impresa de las Siete Partidas: la de Díaz Montalvo (1491), la de Velasco (1528) y la de López (1555), estas dos últimas basada en un ejemplar de la edición precedentes, la de López se basa en la de Velasco y la de Velasco se basa en la de Díaz Montalvo.
bibliografía
Arias Bonet, José Antonio (1978), «Las reglas de derecho» de la Séptima Partida», Anuario de Historia del Derecho Español, 165-191.
Craddock, Jerry (2008), Palabra de rey: selección de estudios sobre legislación alfonsina: volumen ofrecido en homenaje por su colegas y amigos. Salamanca: Semyr.
Fradejas Rueda, José Manuel (2021a), «Incunables de las Siete Partidas en Hispanoamérica» , en J. M. Fradejas, E. Jerez y R. Pichel (eds.), Las ‘Siete Partidas’ del Rey Sabio una aproximación desde la filología digital y material. Madrid: Iberoamericana, 175-189.
Fradejas Rueda, José Manuel (2021b), «Las Siete Partidas: del pergamino a la red», en M. Albert, U. Becker & E. Schmidt (eds.), Alfonso el Sabio y la conceptualización jurídica de la monarquía en las «Siete Partidas». Göttingen: Vandenhoeck & Ruprecht, p. 223-264.
Fradejas Rueda, José Manuel (en prensa), «En torno a las ediciones históricas de las Siete Partidas: el texto base de la edición de Gregorio López (1555)»
Sánchez-Arcilla Bernal, José (ed.), Alfonso X, el Sabio (2004), Las Siete Partidas (El libro del fuero de las leyes). Madrid: Reus
CITA
Fradejas Rueda, José Manuel (2021.08.28), «¿Cuántas ediciones históricas de las Siete Partidas existen?», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/9184 [fecha de acceso]
notas
Esta entrada corresponde al resumen amplio de la comunicación que se leerá en el congreso internacional Historiador y Poder. El historiador en el poder. VIII Centenario del nacimiento de Alfonso X el Sabio que se celebra en la Universidad RANEPA, Moscú, 20-23 de septiembre de 2021. [↩]
Sánchez Arcilla (2004) publicó una edición completa, sin ánimo científico, tan solo divulgativo porque lo único que se propusieron fue «hacer accesibles las Partidas al gran público» (XXXIV). Pero hacer accesible algo al gran público no es ofrecer algo acientífico, y eso es lo que se hace en esta edición porque se entremezclan los textos de la edición de Montalvo y los de la de López acríticamente y sin indicación expresa de la conflatio en la que se ha incurrido para ofrecer un hipotético texto completo. [↩]
Falta en la edición de 1807 porque esta división no procede de ningún testimonio manuscrito, que es en lo que se basa la edición académica. Es algo que llamó la atención a Arias Bonet (1978) pero no lo suficiente como para profundizar en el asunto. [↩]
Uno de los elementos estructurales de todo códice son los cuadernos1. Estos son la reunión de un número variable de bifolios, normalmente entre cuatro y cinco (hojas dobladas por la mitad), con lo que cada uno de ellos tiene entre ocho y diez folios. Dependiendo del número de bifolios que constituye cada cuaderno reciben un nombre especial: binión (dos bifolios, cuatro folios); ternión (tres bifolio, seis folios), cuaternión (cuatro bifolios, ocho folios), quinión (cinco bifolios, diez folios), etc.
Binión, ternión, cuaternión y quinión. La raya roja representa el eje del doblez
Este elemento estructural de los códices se puede marcar con la etiqueta vacía <gb/>. A pesar de que es fácil de establecer dónde comienza cada uno de ellos gracias a los reclamos, e incluso en algunos casos se conservan las signaturas que aseguran el orden de los cuadernos dentro del códice e incluso el orden de los folios dentro de cada cuaderno, desaconsejamos indicarlo. Esto viene dado por el hecho de que si no se tiene a mano el códice, es imposible estar seguro de dónde comienzan realmente un cuaderno ni de su integridad.
Códice (V88) parcialmente desencuadernado en el que se pueden ver los cuadernos que lo conforman.
cita
Fradejas Rueda, José Manuel (2021.07.18), «Cuadernos», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.), 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/9244 [fecha de acceso]
En la codificación de los testimonios de las Siete Partidas, y de hecho de cualquier otro testimonio manuscrito o impreso antiguo, se ha marcar dónde comienza cada línea de texto, ya sea del texto principal o de las rúbricas o de las adiciones marginales que pudiera haber.
La codificación de líneas se hace por medio de la etiquete vacía <lb/>, que puede llevar el atributo @break cuyo literal es no. Este se emplea cuando una palabra queda cortada a final de línea, con independencia de si hay marca o no en el códice o en el impreso que indique la ruptura.
Parte superior del fol. 92r de MN2
El comienzo de la columna de la derecha del folio 92r, representado en la imagen anterior, se transcribiría y codificaría de la siguiente manera1:
<pbn=’92r‘/> <fwtype=’encabezamiento‘>vjº</fw> <cbn=’1‘/> <lb/>o la siguyese. & fuese confir- <lbbreak=’no‘/>mado el juyzio que aujen dado <lb/>contra el. Estonçe fjncarie en- <lbbreak=’no‘/>famado por ende. ¶ Et avn de- <lbbreak=’no‘/>zimos que si el judgador die- <lbbreak=’no‘/>se sentençia contra otro. man- <lbbreak=’no‘/>dandol dar pena en el cuerpo … <cbn=’2‘/> <lbbreak=’no‘/>rrey njn del comun del algunt con- <lbbreak=’no‘/>çejo njn bozero njn deue morar <lb/>njn ffazer vjda en corte de <lb/>buen señor. ¶ Pero bien pu- <lbbreak=’no‘/>ede seer personero por otro & <lb/>guardador de huerfanos quando <lb/>le fuese otorgada la guarda en …
cita
Fradejas Rueda, José Manuel (2021.07.18), «Líneas», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/9242 [fecha de acceso]
Para mayor claridad no se marca el desarrollo de las abreviaturas, que se han desarrollado silenciosamente, aunque es obligatorio marcarlo con la etiqueta ex. Véase la entrada referente a las abreviaturas. [↩]
Las rúbricas son los epígrafes o rótulos que da a conocer el contenido del texto que se desarrolla a continuación. En el caso de las Siete Partidas todas las leyes, títulos y partidas que las constituyen comienzan con un breve texto que indica qué ley, título o partida es y de qué trata cada una de ellas. No todos los testimonios las presentan. En algunos de ellos, probablemente por falta de recursos, se omitieron.
Rúbrica deriva de la palabra latina RUBER ‘rojo’ porque por lo general están escritas en tinta roja, pero todo depende del presupuesto que tuviera el scriptorium que hizo la copia para llevarla a cabo. Podemos encontrarnos que en algunos casos se comenzó la copia de un códice con todo lujo de detalles decorativos y según avanzaba la copia, los recursos fueron menguando hasta el punto de que quedaron incompletos puesto que no hubo dinero para pagar el gasto que suponía incluir las rúbricas, y también las iniciales. Un caso claro de copia no concluida es el MSS 8721 de la BNE (MN5), en el que el copista dejó los huecos para que el rubricador incluyera las rúbricas y las iniciales de ley y de título, para las que dejó una letra de recuerdo en el margen izquierdo del hueco provisto
BNE, ms. 8721, fols. 55v-56r (en realidad serían 69v-70r) en los que se puede observar la falta de las rúbricas y de las iniciales.
Las rúbricas se han de codificar con la etiqueta <head>. En la imagen que hay a continuación se encuentra la rúbrica a la ley 5.1.5 según el ms. 43-17 de la Catedral de Toledo (T17).
<head><lb/>¶ Ley quinta del emprestido que ffaze vn menor <lb/>de hedat a otro</head>
Podría enriquecerse añadiendo el atributo @rend y aclarar en él el color de la tinta empleada en la rúbrica. En este caso el valor sería rojo. No es absolutamente imprescindible, y queda a la decisión de cada transcriptor valorar si merece la pena introducir esa información. Si lo considerara oportuno, la codificación de esta rúbrica sería:
<head rend=€rojo€><lb/>¶ Ley quinta del emprestido que ffaze vn menor <lb/>de hedat a otro</head>
Un pequeño problema, aparente, es cuando la rúbrica comienza en la misma línea en la que finaliza el texto del párrafo anterior. Como sucede en el ejemplo siguiente tomado del mismo códice que el anterior.
Rúbrica a la ley 5.4.4 en T17, fol. 8r2
La única diferencia con el caso anterior es que tras la etiqueta <head> no se introduce la de comienzo de línea <lb/>, como se puede ver en la transcripción que hay a continuación.
<lb/>sserie tenudo de adozir lo a partiçion <lb/>entre los otros hermanos.</p> <head>¶ Ley iijº <lb/>En que manera sse deue fazer la donaçion.</head> <p><lb/>fazer sse puede la donaçion
Se hace así porque la rúbrica no comienza en un línea independiente y si se introdujera como línea independiente se falsearía la información estructural del folio.
Se hace así porque la rúbrica no comienza en un línea independiente y si se introdujera como línea independiente se falsearía la información estructural del folio.
Conseguir codificar esta disposición textual es complejo puesto que una de las «desventajas» del XML es que las estructuras no pueden solaparse. Por lo que hay que recurrir al elemento <seg> que permite, por medio de unos atributos conectar correctamente unos segmentos con otros. Los atributos necesarios son @xml:id y @type.
Todos las leyes, títulos y paratextos que conforman las Siete Partidas están perfectamente identificados en cada testimonio por medio de un xml:id que se introduce en el <div> con el que se engloba cada ley, cada título y cada Partida, como se explicó en la entrada dedicada a la «Transcripción codificada de la edición de López de 1555». El esquema de esta xml:id exclusiva tiene la estructura que se ve en la imagen que hay a continuación.
Esquema del xml:id utilizado en 7partidasDigital
La xml:id de cada ley, título o partida es la base para la xml:id con que se identificaría unívocamente cada uno de los segmentos en los que esté dividida cada rúbrica por medio de añadir un punto y un dígito al final, uno por cada segmentación de la que haya sido objeto la rúbrica, con lo que identificador de la imagen sería SPLOP000000.0.
El atributo @type sirve para especificar el tipo del segmento. Aunque podríamos omitirlo, con ello se enriquece la información subyacente y facilitará el manejo de las rúbricas. El valor de este atributo será, como es de esperar, rubrica2.
El fragmento de la imagen anterior, que es el comienzo de la ley 7.16.5 según el fragmento que se conserva en el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid (VA2), cuyo xml:idsería SPVA2716005, se codificaría del siguiente modo3:
<div xml:id=’SPVA2716005‘> <head><segtype=’rubrica‘ xml:id=’SPVA2716005.1‘>Ley .v. Quales omnes son tenidos <lb/>de emendar el enguano que a otrj feziesse</seg></head> <p><lb/>Rey o señor de alguna çib-<seg type=’rubrica‘ xml:id=’SPVA2716005.2‘>auiendo les pro </seg> <lb break=’no‘/>dade o uilla o castiello o dotro <segtype=’rubrica‘ xml:id=”SPVA2716005.3“>del .</seg> <lb/>lugar qualquier faziendo enguano a o-
cita
Fradejas Rueda, José Manuel (2021.07.18), «Rúbricas», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/9240 [fecha de acceso]
No se marcan las abreviaturas para mayor claridad. [↩]
Para evitar problemas, no conviene utilizar letras con tildes en los valores de los atributos debido al comportamiento extraño que puede haber en algunos ordeandores y sistemas operativos. [↩]
Se han dejado fuera todos aquellos elementos que podrían oscurecer el propósito de esta explicación. No se han tenido en cuenta el desarrollo de las abreviaturas, ni las marcas de separación y unión de palabras ni tampoco se ha incluido la información referente a la inicial ni algunos atributos. Para facilitar el seguimiento del texto, los segmentos de la rúbrica se han impreso en color rojo. [↩]
Los libros de contenido complejo, como es el caso de las Siete Partidas, tienen que ofrecer al lector una manera rápida de acceder al contenido. Uno de los métodos más sencillos y eficientes es por medio de los llamados títulos corrientes o encabezamientos. Estos lo que hacen es indicar en el margen superior de cada folio la parte y subparte que se trata en cada folio o apertura de folios (vuelto – recto). En el caso de las Siete Partidas esta indicación suele consistir en el número de la Partida, a veces precedido de la abreviatura Lº (Libro) o de la misma palabra Partida, aunque puede estar abreviada, y la indicación del número del Título, generalmente acompañado de la palabra Título, a veces abreviada como Tº i Titº pero puede aparecen sin indicación de qué se trata1.
Título corriente de MN2, correspondiente al título tercero de la segunda Partida (2.3) fol. 84r
Estas indicaciones para facilitar el acceso al contenido del texto se codifican con la etiqueta fw y el atributo @type cuyo literal es encabezamiento. Por lo tanto, el ejemplo anterior se debe codificar de la siguiente manera:
<fwtype=’encabezamiento‘>.ijª. Titulo .iijº</fw>
En el caso de que la mención de Partida o Libro o Título esté abreviada, se desarrolla la abreviatura y se marca con la etiqueta ex (para más información véase la entrada referida a las abreviaturas).
Parte superior del folio 11v de MN2 con la indicación de título abreviada
El caso de la imagen anterior, que ofrece la parte superior del folio 11v con la indicación de título abreviada como .Tº., el título corriente o encabezamiento se codificaría de la siguiente manera:
<fwtype=’encabezamiento‘>T<ex>itul</ex>o</fw>
La indicación de título corriente ha se situarse entre la indicación de comienzo de folio —pb— y de la de columna —cb—. En el caso de folios con dos o más columnas, toda la indicación del título corriente ha de estar entre la etiqueta del folio y la de la primera columna o columna de la izquierda. No se ha de intentar, bajo ningún concepto, distribuir los diversos elementos del título corriente sobre cada una de las columnas.
Título corriente en el fol. 11r de MN0
El título corriente de la imagen anterior, que corresponde al folio 11r de MN0, se ha de codificar de la siguiente manera2:
<pbn=’10r‘/> <fwtype=’encabezamiento‘>Titulo quarto Primera partida</fw> <cbn=’1‘/> <lb break=’no‘/>cera embargo entre el & su muger por- <lb break=’no‘/>que dexen de ser en vno…
cita
Fradejas Rueda, José Manuel (2021.07.17), «Títulos corrientes», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/9218 [fecha de acceso]
En el AH1, que contiene una copia de la Séptima Partida, en el margen superior, centrado con el intercolumnio de todos los rectos hay una cifra en números romanos encerrada en un rectángulo. No se trata en este caso del número de Partida ni de Título, es un caso de foliación introducida en el momento de producir el códice. esta foliación se ha de codificar. Véase la entrada dedicada a la foliación. [↩]
Se omiten las marcas de desarrollo de las abreviaturas para mayor claridad. El atributo @break de la etiqueta <lb/> sirve para indicar que la palabra está cortada al final de la línea anterior. Para más detalles véase la entrada sobre las líneas [↩]
La foliación y, posteriormente, la pagiación de los manuscritos jamás se hizo con el sentido actual de conocer el orden de los distintos folios, para ello ya estaban las signaturas y los reclamos, aunque posteriormente sirvió para ello.
La foliación consiste en asignar un número a cada uno de los folios u hojas que componen un códice. Lo normal es que se inscriba en el recto de cada uno de los folios, aunque no son raros los códices en los que el número aparece en el vuelto1.
No todos los códices presentan foliación y otros, en cambio, presentan varias foliaciones realizadas en diversos momentos a lo largo de su historia, por lo que en muchos casos la información es contradictoria, pero altamente informativa respecto a la vida del códice.
El códice, haya sido foliado o no a lo largo de la historia, ha de numerarse para poder acceder con mayor facilidad a cualquier parte del texto. La foliación introducida editorialmente por el transcriptor o codificador se ha de marcar siempre con la etiqueta vacía <pb/> y con el atributo @n se indica el número de folio y si se trata del recto —r— o del vuelto —v—. El número en este atributo se introduce siempre con cifras arábigas, jamás con romanos. Debe ser el primer elemento de cada folio2. Por lo tanto, al iniciar la transcripción codificada de cualquier folio lo que primero que se ha de hacer es codificar el número.
Apertura de los fols. 178v-179r de P40
La apertura de la imagen anterior, tomada del P40, fols. 178v-179r, se codificaría del siguiente modo3:
<pbn=’178v‘/> ………… <pbn=’179r‘/>
Fijémonos ahora en el folio 231r del mismo códice.
Fol. 231 de P40
En el margen superior, encima de la columna de la derecha y hacia el margen externo del folio, hay tres cifras. Dos en número romanos —ccLxxiiij y xijº— y una tercera en cifras árabes —231—. La romana en tinta roja corresponde el número del título —xijº—. Lo puedes comprobar si lees la rúbrica que se encuentra a la mitad de la columna de la derecha, donde comienza Titulo xijº de los | monasterios & de sus eglesias & de | …((Este códice ha sufrido los estragos de los ladrones de imágenes. En algún momento de su historia entre su salida del Monasterio de Silos y su incorporación a los fondos de la BnF, alguien se entretuvo en recortar las iniciales, no sabes de qué tipo, con la que comenzaba cada uno de los títulos de esta copia de la Primera Partida.)). El número más largo, en tinta negra, corresponde a la antigua foliación del códice. Nos dice que es el folio ccLxxiiij, es decir, el 274, mientras que el número arábigo informa de que se trata del folio 231. Esto quiere decir que este códice ha perdido un mínimo de 43 folios.
En cualquier caso. Hay que dar cuenta de esa antigua foliación, y para ello se hace uso de la etiqueta fw y en el atributo @type se aclarará que se trata de la foliación. De modo que al codificar este folio se deberá indicar en primer lugar que comienza un nuevo folio físico con la etiqueta <lb/> que se ha visto en otra entrada.)). A esta le seguirá la indicación del título corriente que es la cifra romana en tinta roja (véase la entrada Títulos corrientes) e inmediatamente debajo se indicará la existencia de la vieja foliación. La codificación del comienzo del folio 231r de P40 será:4:
<cbn=’231r‘/> <fwtype=’encabezado‘>xijº</fw> <fwtype=’foliacion‘>ccLxxiiij</fw> <cbn=’1‘/> <lb/>eglesia la onrra que deuje ¶ Et <lb/>si fforço omne o otra cosa ssa-
La primera línea codifica el número físico del folio (en este caso coincide con la foliación «moderna» en tinta). La segunda, el título corriente. La tercera, la foliación antigua en cifras romanas. La cuarta, el comienzo de la columna de la izquierda, o columna 1. Las dos últimas líneas son la transcripción de las dos primeras línea de la columna 1 de este folio. Las líneas físicas del texto y de las rúbricas se marcan siempre con la etiqueta <lb/>5.
cita
Fradejas Rueda, José Manuel (2021.07.18), «Foliación», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/9226 [fecha de acceso]
Para más información véase la entrada Foliación y paginación del blog Ecdótica: Crítica textual para dummies. [↩]
Hay una excepción a esta regla y es cuando ese folio es el primero de un cuaderno y se ha decidido marcar el lugar donde comienza cada cuaderno. Véase la entrada dedicada a los cuadernos. [↩]
Se omiten todos los demás elementos para mayor claridad. [↩]
Se omite la indicación de la expansión de las abreviaturas para mayor claridad. [↩]
Para más detalles véase la entrada dedicada al etiquetado de las líneas. [↩]
Estos segmentos textuales que anticipan las primeras letras del folio siguiente se conocen con el término de reclamo y es el sistema más usual para asegurar la correcta colocación de los cuadernos de un códice.
Estos reclamos, siempre que aparecen, lo hacen en el vuelto del último folio de cada cuadernillo (a veces puede haberlos al final de todos y cada uno de los folios), sin embargo su ubicación dentro del folio puede variar. Por lo general se sitúa en margen inferior. A veces centrado con el intercolumnio, o de la mancha de escritura, a veces desplazado hacia la parte derecha del folio, a veces escritos verticalmente junto al margen derecho del folio. En ocasiones pueden tener decoraciones muy elaboradas.
Reclamo vertical encerrado en cartela roja, fol. 13v de MN3
Reclamo decorado, fol. 77v de T13
Estas indicaciones de secuencia textual se codifican con la etiqueta fw y el atributo @type cuyo literal es reclamo. Por lo tanto, el ejemplo anterior se debe codificar de la siguiente manera:
<fwtype=’reclamo‘>otros lugares</fw> <fwtype=’reclamo‘>por yerro</fw> <fwtype=’reclamo‘>castidat que ha en si</fw>
Si la palabra recogida en el reclamo está abreviada, se desarrollan las abreviaturas y se marcan con la etiqueta ex (para más información véase la entrada referida a las abreviaturas).
Debe ser la última línea del folio e ir inmediatamente antes de la indicación del nuevo folio. Así, la transcripción codificada del reclamo y el comienzo del folio de las dos primeras imágenes es1:
<fwtype=’reclamo‘>otros lugares</fw> <pbn=’10r‘/> <cbn=’1‘/> <lb/>otros lugares o quier que lo querran oyr…
cita
Fradejas Rueda, José Manuel (2021.07.17), «Reclamos», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/9201 [fecha de acceso]
Se omiten las marcas de desarrollo de las abreviaturas para mayor claridad [↩]
José Manuel Fradejas Rueda Universidad de Valladolid
7Partidas 2016-2020:Las ediciones históricas
A finales de diciembre de 2020 la Agencia Estatal de Investigación publicó la convocatoria anual para solicitar la financiación de proyectos de investigación. 7PartidasDigital diseñó y presentó una solicitud para continuar con la labor que se inició en la fase anterior, que llevaba por subtítulo Las ediciones históricas.
Los objetivos básicos de la primera fase fueron, por una parte, la localización y descripción de todos los testimonios de las Siete Partidas. Se hubiera conseguido en su totalidad si no hubiera sido por el confinamiento total (marzo-mayo de 2020) y los diversos confinamientos perimetrales (octubre 2020 – mayo 2021) y las desastrosas consecuencias (horarios, aforo, cita) que tuvo para el acceso a bibliotecas y archivos. El otro objetivo era la transcripción y codificación de las ediciones históricas de las Siete Partidas.
Lo que sabíamos era que existían tres ediciones que podemos considerar históricas que tuvieron a lo largo de los años varias reimpresiones / reediciones:
Alonso Díaz de Montalvo, 1491 (BNE) con reediciones en 1491 (diciembre —RAH, BNE—), 1501, 1528, 1542 y 1550; y una reproducción facsímil de la princeps en 1988.
Gregorio López, 1555, 1565, 1576, 1587, 1610, 1758, 1759, 1765, 1789, 1828, 1843 (dos veces), 1848, 1865, 1872 y 1885 (facsímil de la de 1555 publicada por el Boletín Oficial del Estado en 1985 con versión en pdf).
Real Academia de la Historia, 1807 (facsímil Atlas 1972; y varias reproducciones electrónicas en la red: BDH, Internet Archive y Hathy Trust).
En esta primera fase transcribimos y codificamos en XML-TEI un ejemplar de la primera edición de cada una de esas versiones: Montalvo octubre 1491, López 1555 y RAH 1807. Las cuales son accesibles en el repositorio del proyecto en GitHub.
Durante el período de justificación de este proyecto (enero-marzo 2021) y la espera de la resolución de la nueva solicitud, se emprendió la transcripción / codificación de un ejemplar de la segunda edición de Montalvo, la publicada por cuatro compañeros alemanes en Sevilla, finalizadas de imprimir el 24 de diciembre de 1491. La gran innovación en este caso ha sido el empleo de un sistema automático de transcripción, del que hablaremos en otro artículo.
7Partidas 2020-2024: Análisis estilométrico de la Primera y Cuarta Partida
En esta nueva fase de 7PartidasDigital (septiembre 2021-agosto 2024), cuyo objetivo final sigue siendo la edición crítica digital de las Siete Partidas de Alfonso X, queremos responder a dos preguntas que surgieron durante la ejecución de la fase anterior y cuyo subtítulo, Análisis estilométrico de la Primera y Cuarta Partida, indica claramente cuáles son nuestros objetivos básicos.
El primero es qué elementos estilísticos y lingüísticos hay en las dos primeras Partidas frente a la cinco restantes como para que unos análisis de grupos los separen en dos grupos nítidos (Fradejas Rueda 2021). Es algo que se había planteado tradicionalmente, pero no se ha demostrado empíricamente.
Dendrogramas de las ediciones de 1491 (IOC) y 1555 (LOP). Fradejas Rueda 2021, fig. 7.
La segunda cuestión es comprobar si se sostiene la teoría formulada por García-Gallo (1951-52) de que la Primera Partida se compuso a lo largo de un triple proceso de redacción y determinar qué testimonios se pueden adscribir a cada una de ellas.
Estas dos preguntas se podrían responder por medio del análisis estilométrico de los textos y la aplicación de técnicas de estilística y lingüística de corpus así como por medio del etiquetado morfológico automatizado. Para ello es fundamental transcribir los testimonios. Dado que es imposible transcribir los 126 testimonios que hemos localizado de las Siete Partidas, en esta fase nos centramos en los de la Primera y los de la Cuarta. De este modo tendremos muestras textuales de ambos grupos Primera-Segunda y Tercera-Séptima.
La selección de la Primera Partida está determinada por la segunda pregunta que queremos responder: ¿cuántas redacciones hubo y qué testimonios se adscriben a cada una de ellas? La selección de la Cuarta Partida para el análisis del segundo grupo viene dado por el hecho de que temáticamente forma parte del contenido de la Primera Partida, con lo que al haber una unidad temática es sorprendente que haya un estilo totalmente diferente.
Para responder ambas preguntas se [1] transcribirán y codificarán en XML-TEI todos los testimonios manuscritos de ambas Partidas. A continuación [2] se etiquetarán morfológicamente por medio de herramientas de PoS tagging y, por último, [3] se procederá al análisis estilométrico de todos los testimonios, tanto de manera individual como en su conjunto, para tratar de responder las dos preguntas formuladas. De ahí que el subtítulo de esta nueva fase sea Análisis estilométrico de la ‘Primera’ y ‘Cuarta Partida’.
Durante la espera a la resolución dimos con la posible respuesta a un problema que detectamos durante la primera fase: ¿por qué la lengua en la edición de Gregorio López es más medieval que la de la edición de Montalvo, como se puede ver a la luz del recuento de una serie de palabras clave en las IOC (Montalvo) y LOP (López)?
Recuento de algunas palabras clave en las ediciones de Montalvo (IOC) y López (LOP); Fradejas Rueda 2021: 246.
Esto será un objetivo adicional de esta nueva fase de 7PartidasDigital, a la que se ha unido un nutrido grupo de jóvenes investigadores de España, Argentina y Reino Unido (véase la sección Créditos).
bibliografía
Fradejas Rueda, José Manuel (2021), «Las Siete Partidas: del pergamino a la red», en M. Albert / U. Becker / E. Schmidt (eds.), Conceptualización y normalización de poder y señorío en la era de Alfonso X. Las Siete Partidas y su contribución a la constitución teórica de la monarquía. Bonn: V&R unipress / Bonn University Press, 2021, pp. 223-264.
cita
Fradejas Rueda, José Manuel (2021.06.24), «Análisis estilométrico de la Primera y Cuarta Partida. El nuevo proyecto de 7PartidasDigital (2020-2024)», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/9179 [fecha de acceso]
José Manuel Fradejas Rueda Universidad de Valladolid
Las Siete Partidas salieron de las prensas sevillanas por dos veces en 1491. La primera se finalizó el 25 de octubre en el taller Meynardo Ungut y Lançalao (= Stanislao) Polono; la segunda se concluyó el 24 de diciembre en las prensas de los cuatro compañeros alemanes: Paulo de Colonia, Johannes Pegnuezer de Nurenberga, Magno y Thomás.
Marcas de impresores de las dos ediciones de 1491. A la izquierda la de Meynardo Ungut y Lançalao Polono y a la derecha la de los cuatro compañeros alemanes
No son muchos los ejemplares que se conocen de estas dos ediciones incunables. Según BETA hay veintiocho ejemplares de la primera (manid 1119) y diecisiete de la segunda (manid 1118) en todo el mundo. Tanto de una como de la otra, hay ejemplares cuyo paradero es desconocido porque la información procede de catálogos de librerías anticuarias y en ellas se pierde la pista de los ejemplares hasta que repentinamente vuelven a surgir en otro catálogo de venta. Ese es el caso, por ejemplo, del ejemplar que se subastó en Christie’s el 5 de diciembre de 2008 (catálogo) por un precio de remate de 86 50 USD, parece que posteriormente fue puesto a la venta por la Librería del Callizo (Caspe, España) a principios del 2009 y no se sabe su paradero actual (BETA copid 1032).
A veces, la pista se pierde en las bibliotecas públicas. Según BETA, en la Biblioteca Nacional de México hay un ejemplar de la edición de octubre de 1491 (copid 1031). La información es de segunda mano, puesto que está tomada del censo de incunables que hay en bibliotecas americanas de Frederick Goff (1964). La ficha de este ejemplar se creó en 1985 y años después se informa que «[f]altaba en 1992», desde entonces solo se tenía la noticia. En otras ocasiones afloran ejemplares de los que no se tenía noticia alguna, como es el caso de un ejemplar de la segunda edición que se conserva en la Biblioteca Nacional de Chile (BNCL).
México
Un problema con el que los investigadores se tienen que enfrentar a menudo es la confusión de bibliotecas, sobre todo cuando estas están integradas dentro de sistemas bibliotecarios complicados, que es el caso de la Biblioteca Nacional de México. Esta biblioteca se fundó en 1824 y noventa años después se vinculó a la Universidad Nacional de México. Cuando en 1929 se declaró la autonomía de la Universidad Nacional de México, convirtiéndose en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la BNM se adscribió al Instituto de Investigaciones Bibliográficas (Quirarte 2004: 18). Por eso no es de extrañar que se hayan podido confundir las bibliotecas, pues se encuentra en la Biblioteca Central de la Universidad Nacional Autónoma de México.
El ejemplar de las Siete Partidas de la UNAM es un ejemplar encuadernado en un único volumen con piel clara, posiblemente pergamino (Carpallo Bautista & Massó Valdés 2011) sobre cartón con decoración simétrica con adornos de rueda con motivos vegetales y florales estilizados. En el centro hay un superlibris con un escudo de diseño libre basado en el escudo imperial de águila bicéfala que parece contener las armas de Castilla y León, Ausburgo, Borgoña, Aragón y otras difíciles de interpretar. Estas decoraciones se aplicaron con la técnica del dorado .
Superlibris del ejemplar de la UNAM
Al lomo hay un tejuelo granate que dice «ALFONSO X | LAS | SIETE PARTIDAS» y al pie, con letras doradas «SEVILLA OCTUBRE | DE 1491» y unas cifras en tinta negra que podría corresponder a una signatura « 3 | 4 | 5 | A.» que parece coincidir con una de las que hay en la hoja de guarda anterior «345.3(009)» que puede interpretarse desde la clasificación decimal universal porque los dos números iniciales indican que se trata de una obra sobre derecho. Hay varios filetes de oro simulando nervios. Hojas de guardas marmoleadas en rojo, naranja, azul y blanco.
Esta encuadernación fue realizada por Victorio Arias (1856-1935) a principios del XX en su taller de la c/ Echegaray, 20 de Madrid. Probablemente fue un encargo del librero Gabriel Sánchez de Madrid ya que los sellos de ambos figuran en el vuelto de la hoja de respeto anterior.
El volumen, como se ha indicado, se conserva en la actualidad en la Biblioteca Central de la UNAM, pero se pueden seguir algunos de los cambios de propiedad gracias a los sellos de caucho que aparecen en la hoja de guarda anterior, en el primer folio (sig. a1), y en el último (sig. LL10r). La sucesión temporal que sugieren es: 1) Secretaria de Instrucción Pública y Bellas Artes Biblioteca (sigs. a1r y LL10r), organismo que existió con tal nombre entre 1905 y 1921, año en que se transformó en la Secretaría de Instrucción Pública; 2) Universidad Nacional de México (fols. 1r y LL10r), lo cual lo sitúa entre 1910 y 1929, año en el que pasó a denominarse Universidad Autónoma Nacional de México, y 3) Biblioteca de la Escuela de Altos Estudios (hoja de guarda anterior) fundada en 1910, al mismo tiempo que la UNM, hasta su transformación en la Facultad de Filosofía y Letras de la UNAM en 1924.
No hay noticias de cómo y cuándo llegó a México. Pero a la luz de los datos anteriores, se ha de presuponer que se adquirió para la Secretaría de Instrucción Pública y Bellas Artes, probablemente entre en 1905 y 19211, y que de ahí pasó a formar parte de los fondos de la recién creada Universidad Nacional de México.
En el siglo XVI, en el tercer cuarto, este ejemplar, según la suscripción de propiedad que hay en el folio a1r, era de Pedro de Frechal el Viejo, vecino de de Ximenonuño (= Jemenuño, Segovia) y pasa a su hijo Antón de Frechel2.
Suscripción de propiedad, c. agosto 1576
Este libro es de Pedro Frechel el Viejo, vezino de Ximenonuño defun[to] | que aya gloria, y agora es este libro es de Anton Frechel, su hijo. E porque es verdad | lo firme de mi nombre | Anton fre|chel (rubricado).
Esta suscripción debió de inscribirse en 1576, pues Pedro Frechel aparece como difunto en la ejecutoria3 de un pleito comenzado en 1573 y que se alargó hasta 1575 acerca de unas deudas que tenía el mencionado Pedro Frechel con Juan González, cerero de Santa María la Real de Nieva (Segovia)4.
Chile
Ningún catálogo tenía noticia alguna de que en la Biblioteca Nacional de Chile (BNCL), en Santiago de Chile, se conservara un ejemplar de la segunda edición de las Siete Partidas. Es un ejemplar realmente interesante por una serie de pequeños detalles que lo hacen único respecto a los otros diecisiete ejemplares que censa BETA (manid 1118). Lo más curioso es que este ejemplar ha estado al alcance de cualquier investigador desde 2015, cuando la Biblioteca Nacional de Chile lo publicó en Wikipedia (acceso)5.
Este ejemplar podría ser uno más de la edición que salió del taller de los cuatro compañeros alemanes salvo porque presenta una portada muy curiosa y porque ofrece una interesantísima reconstrucción de ocho folios al final. Estos arreglos se tuvieron que realizar en el siglo XVI. La portada es un grabado de Antonio de Arfe, miembro de una de las sagas de plateros y grabadores más reputados de la Castilla siglo XVI.
Portada del ejemplar de la BNCL firmada por Antonio de Arfe
El motivo principal de esta portada es el escudo de rey Felipe II que, debido a su diseño, se ha de fechar como anterior a 1580, año en el que se incorpora Portugal a la corona de España y se incluyen sus armas en el escudo real. También ayuda a situarlo como anterior a 1580 el hecho de que en ese año muere Antonio de Arfe, «el menos famoso de la familia» (Gallego 1979: 105) y «el menos conocido de los Arfe» (Gallego 1979: 109). Este grabador es el autor de la portada xilográfica que ofrece el libro de Gerónimo Gudiel Compendio de algunas historias de España (Alcalá, 1577) y otra con la que se abre la Regla y stablescimiento de la Cavallería de Santiago del Espada (Madrid: Francisco Sánchez, 1577). Esta última es idéntica a la que presenta el ejemplar chileno.
Portada de La regla y stablescimientos de la Cavallería de Santiago del Espada (1577) firmada por Antonio de Arfe
Si hacemos caso a Gallego (1979: 107), que indica que esta portada fue «muy utilizada ya en publicaciones madrileñas de su época», se podría establecer que las reparaciones a las que se vio sometido este ejemplar, se debieron realizar en Madrid entre 1577 y 1580.
El otro detalle que individualiza sobremanera este ejemplar es la reconstrucción del primer bifolio del penúltimo cuaderno y la reconstrucción de todo el último. Esto implica que en algún momento de su historia el volumen había perdido el último cuaderno (GGG), un terno según el registro de la edición de los cuatros compañeros alemanes, y a causa de esta pérdida, el último folio del penúltimo cuaternión (FFF) sufrió las consecuencias de convertirse en la última hoja del volumen, por lo que debió estropearse hasta el punto de hacer necesaria la reproducción del bifolio completo.
Final del antepúltimo cuaderno (EEE8) y primer folio del penúltimo cuaderno reconstruido (FFF1)
Fols. FFF1v y FFF2
Fols. FFF7v y FFF8r
Fols. FFF8v y GGG1r
El impresor que se ocupó de reproducir los ocho folios estropeados del ejemplar (FFF1r-v, FFF8r-v y GGG1-GGG6) se preocupó de varios aspectos estéticos con la intención de respetar la apariencia de los folios perdidos. Sigue la pauta de que los títulos corrientes indiquen de qué Partida se trata sobre la columna de la izquierda y la del título sobre la de la derecha. Mantuvo el distinto tamaño de letra para las rúbricas de las leyes y el texto de las mismas. Comenzó cada ley con un calderón. Trató de mantener el mismo tamaño para las iniciales de título (oscilan entre siete y ocho en la reimpresión), aunque presenta pequeñas innovaciones como es el hecho de que ofrezca reclamo al final de cada folio, ya sea recto o vuelto, lo que no sucede en el impreso original, que no emplea reclamos.
La pregunta es ¿en qué edición de las Siete Partidas se basaron para la reimpresión de estos ocho folios? No parece que utilizaran un ejemplar de la segunda edición. Se podría pensar que emplearan un ejemplar de la ya abundante edición de Gregorio López, publicada en 1555 y de nuevo en 1565.
Un elemento fundamental para esta averiguación es el colofón. En el fol. EEE6r tenemos por una parte la expresión latina «¶ Sit laus Deo: Ac pijsime intemerateque vir|gini Mariae. | ¶ Finis.» E inmediatamente debajo y a una sola columna:
¶ Aquestas siete partidas fizo collegir el muy excelente rey don Alonso, el nono con intento | muy virtuoso que sus reynos de castilla y de leon, y todos los otros sus reynos y señorios se ri|giessen llanamente en buena justicia sin algunas otras intricaciones litigiosas. E seyendo obra so|beranamente prouechosa y de mucha auctoridad: porque en la recollección destas dichas leyes | entendieron los mas famosos letrados juristas que a la sazon se fallauan en la christiandad
Revisados los colofones de las ediciones de 1555 y 1565 se ve que estos se limitan a indicar «Fin de la Setena Partida» y «Laus Deus» tras lo que sigue el colofón con la mención de impresión. En la de 1555 se lee:
Fueron impressas Estas siete partidas en la muy | noble Ciudad, y muy insigne Vniuersidad de | Salamanca, en casa de Andrea de Por|tonariis, Impressor de su mages|tad. A veynte y nueue dias | de Agosto, de .1555. años
y en la de 1565:
EN SALAMANCA | En casa de Andrea de Portonarijs, Impressor de su | Catholica Magestad
No parece que el modelo haya sido ninguna de las dos primeras ediciones de Gregorio López.
El colofón de la edición de diciembre de 1491 dice:
¶ Las siete partidas quel serenissimo & muy | excellente señor don Alfonso rey de Castilla & de | Leon &cª, de gloriosa memoria: nono deste non|bre fizo & mando conpilar & reduzir a muy pro|uechosa breuedad de todas las principales fu|erças iudiciales por muy solenne & aprobados iuriconsultos.
Tras lo que vienen las indicaciones de los impresores y la fecha. Pero no coincide en nada con el colofón de la reimpresión. Lo que sí es idéntico es el tratamiento que se le da a las Reglas, las considera como la última ley 7.33, como sucede en toda la tradición manuscrita6.
Veamos ahora el colofón de la editio princeps. Tiene dos elementos, como el de la reimpresión. En primer lugar la invocación en latín «¶ Sit laus Deo: Ac pijsime inteme|rateque Uirgini Marie.» (fol. LL9v) y en el folio siguiente, con el mismo tamaño de letra que el del texto de las leyes el colofón:
¶ Aquestas siete Partidas fizo collegir el muy | excelente Rey don Alfonso el nono: con intento | muy virtuoso que sus reynos de Castilla y de | Leon & todos los otros sus reynos & señorios | se rigiessen llanamente en buena iustiçia sin algu|nas otras intricaçiones litigiosas. E seyendo | obra soberanamente prouechosa & de mucha auc|toridad: porque en la recollección destas dichas | leyes entendieron los mas famosos letrados iu|ristas que a la sazon se fallauan en la xpistiandad.
Es algo más extenso puesto que menciona los reyes Isabel y Fernando e informa de que contiene las adiciones del Doctor de Montalvo y que quienes encargaron la impresión fueron Juan de Porres y Guido de Lauezarijs. Es entendible que el anónimo impresor del quinientos dejara de lado estos detalles, pues no se correspondía plenamente con el ejemplar que estaba tratando de completar.
Podríamos pensar que se utilizó un ejemplar de la editio princeps para reconstruir los folios perdidos. Sin embargo, hay una pequeña discrepancia en el tratamiento de las Reglas del derecho. En la editio princeps es la última ley del título 7.33 y, como tal, no es merecedora de una littera notabilior. Comienza como cualquier otra ley, con un calderón y la correspondiente mayúscula. No creo que el anónimo impresor tomara una decisión estética tan drástica cuando se ha preocupado de mantener la relación de tamaño de las letras, la disposición de los títulos corrientes porque en la princeps solo aparece la mención Título y el número correspondiente, sin indicación de qué Partida se trata. Luego hay que buscar el modelo en otra parte.
Otro detalle que puede dar pistas sobre cuál pudo ser el modelo que el anónimo impresor utilizó es el tratamiento de la sección sobre las Reglas del derecho con que se cierran las Siete Partidas. En la reimpresión es la última ley del título 33 de la Séptima Partida (7.33.13) y así aparece en todos los testimonios manuscritos y en ambas ediciones incunables, pero en las ediciones de Gregorio López es un título aparte, el 7.34, que se encuentra subdividido en treinta y seis reglas con rúbrica e littera notabilior de cinco líneas de altura. Pero en la reimpresión del quinientos no hay subdivisión alguna, aunque sí hay un rasgo peculiar: posee inicial de título.
Comienzo de 7.33.12 en el ejemplar de la BNCL (fol. GGG5r)
Así, pues, si es imposible que el modelo fuera alguna de las ediciones incunables y tampoco ninguna de las dos primeras ediciones de Gregorio López, no queda otro remedio que examinar las demás ediciones de Montalvo dos de ellas impresas en Venecia en 1501 y 1528, Alcalá de Henares en 1542 y la última en Lyon en 1550. Revisemos los dos puntos cruciales: el colofón y el tratamiento de las Reglas de derecho en las demás ediciones montalvinas.
Según diversas fuentes hubo varias ediciones más. Gómez de la Serna (1847: xxxvi) habla de la existencia de una cuarta «en Burgos en 1528 copiando la anterior», es decir, la de 1501, pero no se ha localizado ningún ejemplar. Otros autores mencionan sendas impresiones burgalesas en 1508 y 1518 e incluso una en Alcalá de Henares de 1513, pero no se ha localizado ejemplar alguno. Por este motivo Craddock (1986: 83) las recoge bajo el epígrafe «Doubtful and Spurious Editions».
Diez años después de las impresiones sevillanas, sale de las prensas de Venecia una nueva edición que aporta una gran novedad editorial: unas glosas marginales como las que en 1555 presentará la edición de Gregorio López, aunque sin ser tan extensas ni profundas.
Folio A4r de la edición de Venecia 1501 con la nueva glosa marginal añadida por Montalvo
Novedad editorial que se mantendrá en las otras tres ediciones documentadas, la veneciana de 1528, la alcalaína de 1542 y la lionesa de 15507 con la que se cierra el ciclo montalvino.
La edición de 1501 presenta el mismo tipo de colofón que la princeps, precedido por la invocación latina «¶ Sit laus deo: Ac pijssime intemeraque virgini Marie» y que prosigue con las menciones de los reyes Isabel y Fernando y la mención de impresión.
Aquestas siete partidas fizo collegir el muy excelente Rey don Alfonso el | nono con intento muy virtuoso que sus reynos de castilla & de | leon & todos los | otros sus reynos & señorios se rigiessen lanamente en buena iustiçia sin algu|nas otras intricaçiones litigiosas. E seyendo obra soberanamente prouechosa | & de mucha auctoridad: porque en la recollection destas dichas leyes entendie|ron los mas famosos letrados iuristas que a la sazon se fallauan en la xpistiandad:
Además, trata la sección de las Reglas del derecho (fols. 568r2-569r2) de la misma manera que toda la traición anterior: como una ley más del título 7.33. La gran novedad es que el texto no se inicia como cualquier otra ley con un calderón y la mayúscula correspondiente, sino con un littera notabilior de seis líneas de altura.
La sección sobre las reglas del derecho en la edición veneciana de 1501 (fol. 578r)
Ya tenemos un fuerte candidato a ser el modelo de los folios reconstruidos del ejemplar chileno: la edición veneciana de 1501. Pero examinemos las otras tres ediciones, las de 1528, 1542 y 1550.
Las tres ediciones comparten una novedad que se inicia en la edición de 1528 y se mantendrá por el resto de la historia impresa de las Siete Partidas: la conversión de la sección de las Reglas del derecho en un título independiente, el 7.33 en el que cada regla es un apartado independiente con su propia littera notabilior. Esta novedad hace de todo punto imposible que el anónimo impresor tomara como modelo una de estas tres impresiones montalvinas. Por lo tanto, solo puede considerarse como el modelo del que dispuso el impresor del quinientos un ejemplar de la edición veneciana de 1501, que es la única que reúne todos los elementos que considero distintivos: el colofón, el tratamiento de las Reglas del derecho como la última ley de las Siete Partidas y la innovación de la littera notabilior con la que comienza el texto. A esto último hay que añadirle que en la reimpresión del ejemplar chileno el título corriente del folio en el que comienzan las Reglas del derecho no es «Septima Partida Titulo .xxxiij.», con cada uno de los dos componentes sobre cada una de las columnas, como sería de esperar, sino que se ha convertido en uno único encabezamiento centrado con la caja de escritura y que dice «Titulo de regulis iuris» (en el vuelto y en el último folio se reduce a «De regulis iuris.») lo que ya encontramos en las edición de 1501.
Cuestión de procedencia
Este curioso curioso ejemplar de las segunda edición de las Siete Partidas llegó a la BNCL como parte del legado de José Toribio Medina (1852-1930), erudito chileno que ha dado nombre a la sala de “raros” de la BNCL. Este volumen ingresó en la BNCL en 1925. De lo que no hay noticia es cuándo ni dónde lo adquirió Medina. El ejemplar incluye tras la hojas de respeto, una hoja manuscrita de papel totalmente diferente a as de respeto, en la que han intervenido cinco manos diferentes.
Hoja informativa al comienzo del ejemplar
Lo que podríamos considerar el membrete de la hoja es la parte más extraña de todas puesto que Mickelham es básicamente una pequeña localidad en el Condado de Surrey, aunque se documentan algunos casos de uso como apellido en la zona de Glasgow (1774-1854). Para lo único que sirve es para indicar que alguien escribió ese membrete en 1839.
Una segunda mano indica que en el catálogo Salvá de 1829 (entrada 3668, pág. 158) se menciona un ejemplar de la edición de los cuatro compañeros alemanes. En la segunda nota, en dos párrafos, se aclara que este ejemplar es de la segunda edición y se afirma que tanto la princeps como esta «are both so nearly alike as to make doubtful if more than a few leaves were reprinted». No fueron reimpresas unas pocas hojas, sino todo el volumen como lo muestra el hecho de que los títulos corriente de ambas ediciones son diferentes.
El segundo párrafo es más peculiar aún puesto que, tras explicar que era una obra altamente apreciada y utilizada, lo que explica es que estuviera «worn out by perpetual handling» y por ese motivo fue necesario que hacia 1570 «eight leaves at the end and a Title have been reprinted to complete it».
La tercera mano copia el colofón de la edición de diciembre de 1491 «which is omitted in the reprinted leaves».
La cuarta mano lo que hace este copiar unas palabras tomadas de las Instituciones del Derecho Civil de Castilla que publicaron Asso del Río y de Manuel y Rodríguez en 1792 (pág. XLIX). Lo más interesante es que se ponen en relación, como «muy raras», las ediciones de 1491 (sin distinguir si es la de octubre o la de diciembre, aunque se menciona en la página siguiente del libro de Asso del Río) y la de Venecia de 1528.
Esta hoja sirve para mostrar que en algún momento del siglo XIX este ejemplar estuvo en manos de algún librero británico que se tomó la molestia de ampliar la información de la que se disponía a través del catálogo de Salvá. ¿Cuándo? No podemos considerar la fecha de 1839 que hay en el encabezado de la hoja puesto que es de mano diferente a los demás. Quizá se aprovechó una hoja echada a perder con ese membrete manuscrito. Sin embargo, tenemos pista para presuponer que Medina adquirió este volumen en uno de sus viajes a Europa. El más probable parece ser entre 1875 y 1878, cuando estuvo en Londres, aunque bien pudo ser en otro viaje en 1902 para estudiar la organización de las bibiliotecas y archivos de Europa. No hay dato alguno, lo que si es evidente es que este volumen en algún momento después de 1839 estuvo en manos de un libro inglés y de ahí pasó a manos de José Toribio Medina.
Antes de que el ejemplar acabara en manos de un librero inglés, fue propiedad del convento del Carmen Descalzo de Ávila, según se puede leer en la suscripción de propiedad que hay en la parte baja de la portada, lo cual nos da una fecha aproximada entre 1577 y 1580, engrosó los fondos de dicha librería8, pues no parece plausible que un convento carmelita gastara fondos en reimprimir la portada y los folios perdidos de un texto que ya no tenía valor legal desde el momento en que se publicó con sanción real la edición de Gregorio López.
Al final de la columna de la izquierda del primer folio, en el espacio en blanco que quedó tras la tabla de los títulos de la Primera Partida, está tachada otra suscripción de propiedad en la que se puede leer «es de el señor Conde de Mo|lina ****». El resto no se ha podido leer, por lo que no podemos saber quién es este conde de Molina. la letra es del siglo XVI.
Suscripción de propiedad cancelada en el fol. A2r
bibliografía
Carpallo Bautista, Antonio y Juan Bautista Massó Valdés (2011), «Las encuadernaciones artísticas de pergamino de la colección Francisco Guerra», Pecia Complutense, 8, nº 14, pp. 54-79 (acceso).
Craddock, Jerry (1986), The Legislative Works of Alfonso el Sabio. London: Grant & Cutler.
Gallego, Antonio (1997), Historia del grabado en España. Madrid: Cátedra.
Gómez de la Serna, Pedro (1848), Los códigos españoles concordados y anotados. Tomo Segundo. Código de las Siete Partidas. Madrid: Rivadeneira.
López-Vidriero, María Luisa (2011), «Naturalismo bibliófilo el portentoso hurto de la Real Biblioteca particular de Su Majestad», en Mª Luisa López Vidriero (ed.), Bibliofilia y nacionalismo: nueve ensayos sobre coleccionismo y artes contemporáneas del libro. Salamanca: Seminario de Estudios Medievales y Renacentistas, Sociedad de Estudios Medievales y Renacentistas, 86-146 (acceso).
Quirarte, Vicente (2004), «Presentación», en Mª Carmen Ruiz Castañeda, La biblioteca de la Biblioteca Nacional de México. Testimonios y documentos para su historia. México: UNAM, 17-19.
CITA
Fradejas Rueda, José Manuel (2021.01.07), «Incunables de las Siete Partidas en Hispanoamérica», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/8995 [fecha de acceso]
NOTAS
Sabemos que en 1905 vivía en la c/ Echegaray uno de los hijos de Victorio Arias, Victorio Arias Alonso, que se vio involucrado en un turbio asunto, encabezado por el librero Pedro Vindel, del hurto de una serie de libros de la Biblioteca Real (López-Vidriero 2011: 99). Por otra parte, está documentado que en 1916 en esa misma ubicación estaba pleno rendimiento el taller de V. Arias, como lo demuestra un recibí firmado el 24 de mayo de 1916 por Benito Arias, otro de los hijos de Victorio Arias que se conserva la Biblioteca de la Comunidad de Madrid (Mg.XXV/1492). [↩]
Pedro de Frechel era escribano de número de Santa María la Real de Nieva (Segovia), como lo muestra la ejecutoria del pleito litigado por Pedro Frechel como curador (= tutor) de María de Abades contra Bartolomé del Canto, fechada en julio de 1555 (Archivo de la Chancillería de Valladolid, REGISTRO DE EJECUTORIAS,CAJA 835,45). [↩]
He de aclarar que esta reproducción no es fiel a su original puesto que han sido eliminados los sellos de la BNCL y dos suscripciones de propiedad de sumo interés para trazar la historia de este ejemplar. [↩]
No hemos podido tener acceso al ms. 24 de la Colegiata de León; hace años que está cerrada por obras y se niegan a facilitar reproducciones de sus fondos. [↩]
Esta edición incorpora otra novedad más: abandona el tipo gótico a favor de la letra redonda. [↩]
No sabemos si en esta librería, o en otra que nos es desconocida, estuvo guardado en el «Cajón 60». [↩]
José Manuel Fradejas Rueda Universidad de Valladolid
Uno de los requisitos básicos de todo editor debería examinar con detenimiento los testimonios de la obra que pretende editar y dar cuenta de todos los detalles. Sin embargo, la mayoría de las veces nos centramos en la parte que nos interesa e ignoramos todo aquello que no sea nuestro objeto del deseo, especialmente cuando se encuentra en las hojas de guarda cuajadas de probationes pennae1.
Cometemos un craso error al no dar cuenta de ellas porque a veces esas anotaciones encierran pequeños tesoros literarios y, además, pueden ser una fuente valiosísima para reconstruir la ruta que ha seguido el códice hasta su destino final o incluso el perfil intelectual de alguno de sus poseedores. Al describir el manuscrito 10 del Seminario Diocesano de Vitoria-Gasteiz, que contiene una copia de la Segunda Partida alfonsí (V10), me encontré con que en la última hoja de guarda recogía, además de una serie de probationes pennae y un sugerente dibujo de un guerrero, dos textos escritos por una misma mano, de finales del siglo XV o inicios del XVI, y alguien, modernamente, pero quizá en el siglo XIX, trató de transcribir uno de ellos, pero con poca fortuna.
En una nota manuscrita, atribuida a Ángel Ibisate Lozares y datada el 1995 se dice que «Hay poesías en la guarda posterior. Y había poetas | en la familia». El había poetas en la familia viene a colación de que en el primer folio del códice hay una nota que dice que el códice «Perteneció a la librería del Conde Duque | de Alcalá [?] vendida a mediados del siglo | 17 (1648)» e Ibisate Lozares postula que se refiere al Duque de Alcalá y Conde de los Molares, Fernando Afán de Ribera Enríquez (c. 1584-1637).
Quizá sea cierto que el manuscrito fuera propiedad de los duques de Alcalá a finales del siglo XVI, pero la caligrafía de los poemas los retrotrae a casi un siglo antes, por lo que relacionar los dos poemas del último folio con los poetas que podía haber en la familia de los duques de Alcalá a finales del siglo XVI o el primer tercio del siglo XVII es poco factible, especialmente a la luz de que los dos poemas son obra de dos poetas de cancionero muy bien representados: Pedro de Cartagena (1456-1486) y Tapia2.
ſi no3 es Amor que me trata
(tachado) es vn dolor muj eſquivo
(borrón) de quien yo vençer me dexo
ſi es amor por que me mata
ſi me mata por que biuo
sy biuo por que me quexo
quiero ſufrrir mj paſion
y poner mj fe en eſperança
por que entre amor y Razon
tales diferençias son
que ſeſo no·las alcança
Y…
syn dezyros mj querella
hize mas que no deuja
ya es mayor la pena mja
que no fue la Culpa della
y ſi el poco ſufrimjento
de mj fe me hizo daño
no ay amor do no ay engano
y con eſte penſamjento | ya os dicho lo que ſiento4
perded vos de mj querella
quel dolor que padeſçia
deſcubrio la pena mja
no mjrando el daño della
El primer poema, es de Pedro de Cartagena (1456-1486), poeta castellano cuya obra está recogida básicamente en tres cancioneros: el Cancionero General de 1511 (CG11), el de la British Library o Cancionero de Rennert (LB1) y el de Salamanca (SA10b); y ha sido editada en su conjunto por Rodado Ruiz (2004). En el catálogo de Dutton (1991-92) es la composición ID41675.
Este copia representa el único testimonio de la circulación manuscrita –luego incorporada en el Cancionero de Hernando del Castillo (CG11)– de la primera reescritura en castellano del conocido soneto «S’amor non è, che dunque è quel ch’io sento?» de Petrarca. Lo hubo de componer antes de 1486 puesto que murió en la batalla de Loja (22 de mayo). Véase Federici (2019) para un reciente análisis de esta reescritura petrarquista, emprendida también por Juan Boscán un siglo más tarde.
El segundo es el de Tapia, un poeta mal conocido6 a pesar de ser el segundo con mayor número de composiciones en el Cancionero General de 15117. Hasta ahora se trataba, como en el caso del poema de Pedro de Cartagena, de un unicus recogido Cancionero de la British Library (LB1, fol. 103v). En el catálogo de Dutton (1990-91) se identifica como ID1076.
Ambos poemas presentan ligeras pero interesantes variantes. Las de la composición de Cartagena se resumen en esta tabla8
verso
Rodado
Vitoria
1
no
om. ((Como se ha indicado, es posible que la copia vitoriana haya omitido este adverbio de negación.))
Lo más curioso e interesante es ver cómo dos poemas de sendos poetas cuyas obras comparten fuentes comunes, CG11 y LB1, pero que no se encuentran juntas en ninguna de ellas, llamaron la atención de un lector de la Segunda Partida alfonsí que se entretuvo, a finales del siglo XV en copiar en un folio en blanco, quizá ya garrapateado, dos poemas que en las fuentes conocidas no aparecen juntos. Esto lleva a formular una pregunta que no se puede responder ¿existió alguna compilación a finales del siglo XV en la que estos dos poemas estaban recogidos?
Dutton, Brian (1991-92), El Cancionero del siglo XV (c. 1360-1520). Salamanca: Universidad de Salamanca.
Federici, Marco (2019), «Tormento y tormenta de amor: dos reescrituras de un soneto de Petrarca», Cuadernos de Filología Italiana, 26: 143-166; https://dx.doi.org/10.5209/cfit.62037.
Guiliani, Luigi (1991), «Tapia y Juan de Tapia: un caso de homonimia en los cancioneros», Anuario brasileño de estudios hispánicos, 1:49-62.
Rodado Ruiz, Ana Mª (2004), Pedro de Cartagena, Poesía. Cuenca: Universidad de Castilla La Mancha.
Fradejas Rueda, José Manuel (2020.30.10), «Dos poetas de cancionero en un códice de las Partidas», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/8874 [fecha de acceso]
NOTAS
Este artículo habría sido imposible sin la inestimable ayuda de Ricardo Pichel Gotérrez. [↩]
No se debe confundir con otro poeta de cancionero, Juan de Tapia, como ha establecido Giuliani 1991 y ha sido admitido por la mayor parte de la crítica. [↩]
Debajo de entre si y es hay dos rayitas verticales que podrían indicar un lugar de inserción y encima de ambas palabras parece haber un no. Métricamente es importante, puesto que de no haberlo el verso sería hipométrico. [↩]
Estos dos versos aparecen como una sola línea. He insertado una pleca en el lugar en el que se debe cortar. [↩]
El acceso al catálogo de Dutton se hace por medio de An Electronic Corpus of 15th Century Castilian Cancionero. [↩]
En la ficha del Diccionario biográfico español de la Real Academia de la Historia se le da como nombre de pila Gonzalo porque en un cancionero salmantino se le denomina Gonçalo (Bustos Taúler, s. a.). [↩]
El CG11 recoge cincuenta y tres composiciones suyas (Rodado Ruiz 2004: 58n60.). El tercero es Pedro de Cartagena, con treinta y dos composiciones (Rodado Ruiz 2004: 58). [↩]
La comparación se hace con el texto fijado por Rodado Ruiz 2004: 130. [↩]
Entre las obras jurídicas promovidas por Alfonso X, las Siete Partidas es la más enigmática y compleja de todas, al no haberse conservado ningún códice completo que proceda directamente del escritorio real alfonsí, existiendo multitud de copias y variantes textuales hasta su fijación en las ediciones de Alonso Díaz de Montalvo (1491), Gregorio López (1555) y la Real Academia de la Historia (1807)1, que a su vez divergen parcialmente entre sí. Esto ha determinado que en los dos últimos siglos, con el desarrollo de la disciplina de la Historia del Derecho, numerosos autores se hayan referido a la que se consideraba obra cumbre del derecho medieval castellano, vigente como derecho supletorio hasta el propio siglo XIX.
El punto de partida en las interpretaciones sobre la promulgación de la obra jurídica alfonsí viene del historiador, político y constitucionalista Martínez Marina (García de Valdeavellano 1984), precisamente encargado de la edición de las Partidas por la Real Academia de la Historia, que a partir de los manuscritos cotejados, estableció lo que podría denominarse como “tesis tradicional” sobre los distintos códigos legales alfonsíes. El primero de ellos sería el Fuero Real, concedido como fuero local a distintos municipios del reino en 1255. El segundo, el Espéculo, sería un derecho general del reino, promulgado en unas Cortes en Palencia en el mismo año, 1255. Finalmente, las Siete Partidas sustituirían poco tiempo después al Espéculo como derecho general, siendo redactadas entre 1256 y 1263.
Esta teoría ha pasado por varias fases de interpretación desde entonces. En 1952, García-Gallo discutió la cronología de la obra legislativa de Alfonso X, defendiendo que la única obra redactada en tiempos de Alfonso X habría sido el Libro del Fuero, conocido como Espéculo, derecho municipal vigente entre 1255 y 1272; mientras que situaba el Fuero de las Leyes, versión arcaica de las Siete Partidas, como una revisión de fines del siglo XIII destinada al conjunto del reino, considerando al Fuero Real como una versión concejil de principios del siglo XIV (García-Gallo de Diego 1952).
Con la transcripción del manuscrito de la Primera Partida conservado en la British Library de Londres (LBL) por Arias Bonet en 1975, se produjo un importante cambio de paradigma, pues fue considerado paleográficamente como muy antiguo (c. 1290), y representante de una tradición, denominada legalista, que emparentaba con otros dos manuscritos posteriores conservados en El Escorial (Y21) y Toledo (T20); los contraponía a otra tradición, denominada sapiencialista, estructurada a partir del códice Silense (P40), y otros posteriores de Toledo (T13) y Lisboa (Ms. 324 alcobacense). Finalmente, una tercera versión, intermedia entre ambas, provendría de un manuscrito conservado en la Hispanic Society de Nueva York (HS1).
A raíz de esta publicación, García-Gallo radicalizó sus propuestas, al refutar, en 1976, que Alfonso X fuese autor intelectual de las Partidas, y atribuir esta obra a unos juristas anónimos posteriores, circunscribiendo únicamente a su reinado el Libro del Fuero (García-Gallo de Diego 1976). Iglesia Ferreirós entró en una agria disputa sobre este tema, con copiosas páginas escritas entre 1980 y 1986 (Sánchez-Arcilla Bernal 1999; Bermejo Cabrero 2011), fecha de su obra más reconocida (que se ha convertido en la «doctrina estándar» sobre la materia, tal y como adelantaba Craddock ese mismo año que sucedería; Iglesia Ferreirós 1986), en la que sostenía una cronología más ajustada a la «tesis tradicional», revisada también gracias otras colaboraciones coetáneas sobre las distintas obras jurídicas, como las de Craddock (1986a), MacDonald (1984, 1990) y Martínez Díez (Martínez Díez y Ruiz Asencio 1985, Martínez Díez, Ruiz Asencio y Hernández Alonso 1988).
Precisamente sería el primero de ellos quién había apuntado en 1981 la posibilidad de que en realidad hubiera tres redacciones de las Partidas: una primera, realizada entre 1256 y 1265, denominada Libro del Fuero de las Leyes, compuesta por cuatro libros, y cuyos exponentes fueran los manuscritos de Londres (LBL), Nueva York (HS1), y la Colección Zabálburu (ZAB, BR3 en las siglas de la edición de la RAH); una segunda, fechada entre 1272 y 1275, elaborada a raíz de las revuelta nobiliaria con el nombre de Libro de las Leyes, ya dividido en siete partes, base de las ediciones de Montalvo y Gregorio López, representado por sendos manuscritos de la Biblioteca Nacional (MN0 y MN1), tres conservados en El Escorial (Y21, Z14, M.I.2), y uno en Toledo (T20); finalmente, la tercera redacción se dataría entre 1275 y 1278, siendo también llamada Libro de las Leyes, profundamente relacionada con el Setenario (el prólogo data su terminación en 1263 y apunta a la interpretación numerológica de la obra), con una refundición de los cuatro primeros títulos de la Primera Partida, y de las leyes sucesorias de la Segunda Partida, estando representada en la edición de la RAH, y conservada en manuscritos de Toledo (T11, T13), Biblioteca Nacional (MN6), El Escorial (Y19), el Silense de París (P40), y Lisboa (Ms. 324 Alcobacense).
Sobre esta base, posteriormente se han ido realizando trabajos parciales. Ruiz Gómez y Plaza Serrano trataron en 2003 las leyes de sucesión de la Segunda Partida, sobre una base de 28 manuscritos (20 en la que aparecía íntegramente, y 8 fragmentarios), llegando a la conclusión de que se introducía interpolaciones en el Título 15, Ley 2, en dos manuscritos (E14 y MN4), para que «el fijo mayor del rey ha adelantamiento et mayoría sobre los otros sus hermanos» (en lugar de los hijos del hijo mayor, a la sazón situando al infante Sancho por delante de los infantes de la Cerda, hijos de su hermano el infante Fernando, fallecido en 1275), y rebajando la mayoría de edad de 20 a 16 años (permitiendo que Sancho accediese directamente al trono en caso del fallecimiento de su padre, pues contaba con 17 años a la muerte de su hermano, y no cumpliría los 20 hasta 1278, data ante quem de esta redacción, por lo tanto). Además, establecían hasta tres grupos (A, B y C), en función del número de leyes por título, que varían a partir del Título 23. Así, en el grupo A (Y16 e Y15) tiene 30 títulos. B, formado a su vez por dos subgrupos (EN7, BP5, MN0, B41; y E14, EM4 y MN4), con 31 títulos, por la división en dos del Título 27, y que se diferencian entre sí por tener respectivamente 30 y 29 leyes en el Título 23 (por refundición de las Leyes 13 y 14). El grupo C (MN7, MN1, O61, Z13, Z14, EY3), tiene 30 títulos, como el A, pero distribuidos de manera distinta, pues el Título 23 tiene hasta 57 leyes, que provienen de los Títulos 26 y 27.
Este complejo panorama se complicaba más aún con la edición en 2008 de Craddock y Rodríguez Velasco del Título 2, Ley 21, «De los caualleros», donde proponían un ensayo de estematización para el mismo que difiere parcialmente del anterior. La comparación entre ambos parece sugerir la necesidad de realizar un cotejo de cada una de las leyes dentro de cada Partida para poder establecer su filiación.
Orellana Calderón, en su tesis de 2006 sobre los títulos XVIII-XX de la Tercera Partida, extrajo varias conclusiones de interés. En primer lugar, que las situaciones y personajes descritos en el título XVIII remiten a una cronología que remite a la década de 1270, fechas que afina en un trabajo posterior a los años 1270-1283 por la aparición de ciertos alcaldes del rey, y que complementa con una probable utilización de la primera redacción del Speculum iudiciale de Durante, datable en 1272 (Orellana Calderón 2008). La fuente fundamental de los títulos XVIII-XX sería los libros IV y V del Espéculo, material que se vería renovado posteriormente por la incorporación del antedicho Speculum iudiciale y del Ars notariae de Salatiel, formulario al que Pardo Rodríguez (2012) también dedicó un trabajo, abriendo la posibilidad a adelantar la fecha de inicio de redacción de la Tercera Partida a la década de 1260. Respecto de las ediciones impresas, considera a la de Gregorio López dependiente de la Díaz Montalvo por su repetición de ciertos errores, la cual a su vez está emparentada con el modelo de uno de los manuscritos conservados en la Colegiata de S. Isidoro de León (S22). En todo caso, la variedad redaccional de la Tercera Partida es mucho menor que la de la Primera Partida, y apunta una posible estematización de las dos secciones que estima en la Partida. La primera estaría dividida en dos familias, A y B, de los que dependen, respectivamente, por orden genealógico, los manuscritos MN7 (base de la edición de la RAH), Z15, Lisboa (Ms. 3 TT, antecesor del 9/5613 de la BRAH), S22, y los paralelos MN0 y MN1; e Y14, L22, T12, V88, EN5 y EY4. La segunda sección estaría menos articulada, agrupándose estos códices hasta en ocho familias distintas.
En la última revisión realizada por Pérez Martín en 2014, tras más de 30 años dedicados al establecimiento de una edición crítica de las Siete Partidas, sostiene que probablemente se puedan mantener cinco redacciones sucesivas de la obra: el Libro del Fuero, denominado Espéculo en la copia conservada del siglo XIV, una obra incompleta (5 libros, sobre quizás 10), redactado c. 1254-55 (dado en las Cortes de Palencia de 1255, según el Ordenamiento de Zamora de 1274), abandonado en 1256, y cuyos materiales son reaprovechados parcialmente a posteriori; el Libro del Fuero de las Leyes, redactado entre 1256 y 1265, y representado por los manuscritos de Londres (LBL), Zabálburu (ZAB) e Hispanic Society (HS1); una primera redacción de las Siete Partidas, a partir de 1272, que consta por primera vez de siete partes, que termina siendo la base de las ediciones de Díaz Montalvo y Gregorio López; una segunda redacción de las Siete Partidas a partir de 1275, en la que se lleva a cabo una profunda refundición de los cuatro primeros títulos de la Primera Partida, y que es la recogida mayoritariamente en la edición de la RAH; finalmente, el Setenario, título que se le da en uno de los prólogos, probablemente redactado en los años finales del reinado, en Sevilla, y reseñado en el testamento del rey.
Finalmente, un trabajo reciente de Panateri (2018) apuntaba la existencia de al menos tres redacciones de las Partidas en vida de Alfonso X: la primera entre 1256 y 1265, representada por los manuscritos de Londres (LBL) y Zabálburu (ZAB); la segunda entre 1265 y 1274 (manuscritos MN1, MN0, Y21, Z14 y T20); y la tercera, posterior a 1275 (manuscritos Y11, T13, MN6, Y19 y P40). Caracteriza estas redacciones dentro de dos tradiciones escriturarias distintas, la legalista y la sapiencial, separadas entre sí por la fecha clave de 1272; pero también llamaba la atención sobre aspectos poco estudiados, como la hipótesis de que el manuscrito HS1 fuera producto de un esfuerzo por refundir de nuevo ambas tradiciones en un solo manuscrito hacia 1340, así como la influencia bidireccional que podría haber existido respecto de Li livres dou trésor, la obra magna de Brunetto Latini (que menciona el Livre de loi alfonsí), y también sobre el Setenario. En este sentido, un reciente trabajo de Pichel (2018) revisaba los principales rasgos codicológicos y paleográficos del manuscrito HS1, para el que propone una datación un poco más tardía de la tradicional (c. 1360-80) y una posible procedencia aragonesa (afín a la comarca turolense).
Si bien la culminación de un proyecto de edición de las Siete Partidas parece ser una tarea inacabada desde hace décadas, por su propia complejidad, se puede afirmar que se han ido produciendo destacados avances en el entendimiento de la estructura interna de la obra, así como de las sucesivas fases de redacción por las que pasó en tiempos de Alfonso X. Hoy día se puede sostener que la obra se articuló en torno a dos tradiciones distintas: la legalista,denominada Libro del Fuero de las Leyes, y la sapiencialista, estructurada ya en torno a las Siete Partidas. También que hubo tres redacciones: 1256-1265 (ms. LBL y ZAB), 1265-1275 (ms. MN0, MN1, S22, ediciones IOC y LOP) y 1276-1281 (ms. P40, edición RAH). Y, al menos, seis fases de compilación de materiales: una primera que culmina con el Fuero Real y el Espéculo en 1255; las tres siguientes fases coincidentes con las tres redacciones antedichas (1256-1265, 1265-1275, y 1276-1285); la quinta, que culminaría con la redacción del Setenario entre 1282 y 1284; y, finalmente, las posibles refundiciones posteriores de la obra entre finales del siglo XIII y mediados del siglo XIV, que podrían haber originado versiones intermedias entre las tradiciones legalista y sapiencialista (como el manuscrito HS1).»
Además, los distintos trabajos parciales permiten considerar que las distintas fases de redacción afectaron de manera diferenciada a la estructura de las distintas Partidas, pues la Primera probablemente sufrió profundas refundiciones a lo largo de todo el proceso, la Segunda se vio interpolada en pasajes más concretos (si bien también cuenta con arquetipos estructurales diferenciados), mientras que de la Tercera a la Séptima parece que hubo menos variaciones de importancia, siendo más estables sus respectivos textos. A su vez, también parece necesario señalar que la transmisión de los títulos y leyes podría haberse dado a partir del cotejo de copias de las distintas fases de redacción.
Todo esto remite a un horizonte escriturario muy complejo, especialmente a partir de 1270, probablemente en conexión con las reformas que se dan por esas fechas en la cancillería real y el resto de talleres del scriptorium regio, y que es necesario tener en cuenta mientras se sigue trabajando en el complejo bosque textual que constituyen los distintos manuscritos y redacciones de las Siete Partidas.
Bibliografía
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Pardo Rodríguez, María Luisa (2012), «Un formulario notarial castellano del siglo XIII. La III Partida», en Guyotjeannin, Olivier; Morelle, Laurent; y Scalfati, Silio P., Les formulaires. Compilation et circulation des modèles d’actes dans l’Europe médiévale et moderne. XIIIe congrès de la Commission internationale de diplomatique (Paris, 3-4 septembre 2012), Éditions en ligne de l’École des chartes (Éléc), [consulta 21/02/2019].
Pérez Martín, Antonio (2014): «Las redacciones de la Primera Partida de Alfonso X el Sabio», Revista española de derecho canónico, 71 (176), pp. 21-37.
Ruiz Gómez, Francisco, y Plaza Serrano, Gonzalo (2003), «La escritura y la ley. Los códices de la II Partida y la elaboración del derecho político medieval en Castilla», en Monferrer Sala, Juan Pedro, y Marcos Aldón, Manuel (coords.), Grapheion. Códices, manuscritos e imágenes. Estudios filológicos e históricos. Córdoba: Universidad de Córdoba, 187-240.
Sánchez-Arcilla Bernal, José (1999), «La obra legislativa de Alfonso X el Sabio. Historia de una polémica», en Montoya Martínez, Jesús, y Domínguez Rodríguez, Ana (coords.), El Scriptorium alfonsí: de los Libros de Astrología a las «Cantigas de Santa María». Madrid: Editorial Complutense, pp. 17-81.
cita
Sanz Martín, Álvaro J. (2020.03.02), «Las redacciones de las Siete Partidas durante el reinado de Alfonso X: una revisión historiográfica», en J. M. Fradejas Rueda (ed.), 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/3670 [fecha de acceso]
Notas
Las siglas identificativas de estas tres ediciones dentro del proyecto 7PartidasDigital son: IOC, LOP y RAH respectivamente. [↩]
José Manuel Fradejas Rueda Universidad de Valladolid
La estilometría es el análisis estadístico de textos y trata de identificar semejanzas y diferencias entre ellos para agruparlos de acuerdo con sus características lingüísticas con el objetivo de detectar señales estilísticas que puedan servir para establecer su autoría, su ubicación genérica, sus orígenes, estilo…
Este tipo de análisis se ha empleado básicamente para los problemas de autoría y he podido comprobar y demostrar que funciona con textos en lengua española contemporánea (Fradejas Rueda 2016a). Y me preguntaba si estos métodos serían válidos para textos de épocas pasadas. Ya teníamos los ensayos de Rissler-Pipka (2016a y 2016b) con el llamado Quijote de Avellaneda y una nota breve sobre el Lazarillo (Fradejas Rueda 2016b), textos que se encuentran fácilmente estandarizados o canonicalizados, es decir, regularizados en sus aspectos gráficos. La pregunta era si sería posible utilizar estos métodos con textos medievales.
Las primeras pruebas que hice –y que presenté durante el XXXV Romanistentag de Zürich (octubre 2017; Fradejas Rueda en prensa)– permitieron ver que pueden utilizarse tanto ediciones críticas como transcripciones de manuscritos y que los resultados no variaban en casi nada (figura 1)1. La razón es que los elementos en los que se basa este tipo de análisis son los menos proclives al cambio y a los problemas de copia y ortográficos: artículos, preposiciones, conjunciones…, es decir, las palabras de función, unos pequeños elementos a los que pocos prestan atención, que son prácticamente imposibles de manipular puesto que ningún autor (hablante, copista) es capaz de controlar cómo y cuándo utilizamos cada palabra de función y que son los auténticos marcadores del estilo de un autor.
Las obras de don Juan Manuel según la transcripción semipaleográfica del HSMS (izquierda) y la edición normalizada de Alvar y Finci 2007 (derecha). Tomado de Fradejas Rueda (en prensa, figs. 2 y 4)
Obtener textos en formato electrónico no es tarea sencilla. La gran mayoría de los textos antiguos se hallan en formatos impresos y cuando los hay en formato digital han podido sufrir todo tipo de modificaciones incontroladas, como es el caso de los muchos textos medievales y clásicos españoles recogidos en la Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes (Fradejas Rueda 2016c) o siguen un sistema de codificación no estandarizado, como es el sistema de transcripción del Hispanic Seminary of Medieval Studies (manual de transcripción).
Este último sistema no fue creado para que los investigadores leyeran los textos directamente –de ahí el denuesto que hacia él han mostrado algunos investigadores– sino para ser tratados por los ordenadores puesto que se transcribieron y codificaron con el objeto de tener los datos puros y no mediatizados para un diccionario del español medieval (Dictionary of Old Spanish Texts). Lo cierto es que esta es la única fuente fiable de transcripciones digitales de textos medievales españoles, un ingente corpus que en la actualidad es accesible por medio de la Biblioteca Digital de Textos del Español Antiguo (BiDiTEA) y que en futuro tendrá un complemento en el Old Spanish Text Archive (OSTA), que permitirá acceder a esos mismos textos etiquetados morfológicamente y permitirá búsquedas complejas dentro de dicho corpus.
Entre las varias colecciones, o subcorpus, que constituyen la BiDiTEA se encuentra la Obra en prosa de Alfonso X el Sabio, que está constituida por 21 textos que sumados contienen 3.334.643 palabras-token, o palabras gráficas, es decir, cada una de las palabra que hay entre límites de palabra (espacios en blanco y signos de puntuación) y que se pueden ver en la tabla 1.
Fecha
Título
Biblioteca
1201-1400
General estoria V
Escorial: Monasterio I.I.2
1250-1250
Libro de las animalias
Madrid: Nacional RES/270
1250-1279
Lapidarios de Alfonso X
Escorial: Monasterio h.I.15
1254 -1254
Judizios de las estrellas
Madrid: Nacional MSS/3065
1254-1260
Cánones de Albateni
Paris: Arsenal 8322
1254-1260
Tablas de Zarquiel
Paris: Arsenal 8322
1256-1256
Picatrix de Alfonso X
Roma: Vaticana Reg. Lat. 1283
1256-1265
Libro de las leyes
London: British Library Add. 20787
1259-1259
Libro de las cruzes
Madrid: Nacional MSS/9294
1270-1284
Estoria de España I
Escorial: Monasterio Y.I.2
1272-1275
General Estoria I
Madrid: Nacional MSS/816
1276-1279
Libro de las formas y de las imágenes
Escorial: Monasterio h.I.16
1277-1277
Libro del cuadrante señero
Paris: Arsenal 8322
1277-1277
Libros del saber de astronomía
Madrid: Universidad Complutense BH MSS 156
1280-1280
General estoria IV
Roma: Vaticana Urb. Lat. 539
1283-1283
Libros de ajedrez, dados y tablas
Escorial: Monasterio T.I.6
1284-1347
Estoria de España II
Escorial: Monasterio XI.I.4
1301-1350
Setenario
Toledo: Biblioteca Capitular 43-20
1301-1350
General estoria VI
Toledo: Biblioteca Capitular 43-20
1301-1400
General estoria II
Madrid: Nacional MSS/10237
1401-1500
General estoria V
Escorial: Monasterio R.I.10
Tabla 1. Textos que conforman el Scriptorium alfonsí, con indicación de la fecha de copia, título y biblioteca en la que se conserva
Otra colección de interés para nuestro proyecto es la de Textos legales españoles porque entre ellos se encuentra una transcripción completa de la edición de 1491 de las Siete Partidas, texto central en nuestro proyecto.
Se descargaron todos estos textos y se procedió a su limpieza, es decir, a la eliminación de las etiquetas y metadatos que contienen (indicaciones de folio, columna, títulos corrientes, rúbricas, reclamos, signaturas, iniciales, imágenes, etc.) y se analizaron con el paquete stylo (Eder, Rybicki & Kestemont) escrito en el lenguaje de programación R (R Development Core Team 2008).
El primer análisis fue un análisis de grupos para ver cómo se relacionaban entre sí las distintas obras del scriptorium. Y el resultado fue verdaderamente sorprendente. Con un análisis que solo contemplaba las 100 palabras más frecuentes (MFW) se obtuvo el dendrograma correspondiente (Figura 2).
Figura 2. Dendrograma del corpus del Scriptorium alfonsí según stylo aplicando la fórmula de distancia Delta Classic para las 100 MFW
Lo más interesante es ver cómo con solo las cien palabras más frecuentes (100 MFW), el sistema ha podido agrupar las obras en dos grandes grupos que se corresponden con un dato externo incontestable e inequívoco2: los textos del grupo de la izquierda tienen como fuente básica textos que son traducción de otros latinos, mientras que los de la derecha son todos traducciones de textos árabes.
Si se aumenta la base del análisis a las 3000 palabras más frecuentes (3000 MFW) y se aplica la misma fórmula de cálculo, los resultados no varían en su conjunto, como puede verse en el dendrograma recogido en la figura 3.
Figura 3. Dendrograma del corpus del Scriptorium alfonsí según stylo aplicando la fórmula de distancia Delta Classic para las 3000 MFW
La única consecuencia importante es que se han intercambiado las dos grandes ramas y se han reorganizado las hojas (el lugar que ocupa cada texto dentro del árbol), pero esto es totalmente asignificativo puesto que lo importante son las distancias, que vienen indicadas por la longitud de las líneas verticales, que son idénticas3.
Durante el Colloque international Las Siete Partidas: une codification normative pour un nouveau monde, celebrado en la Casa de Velázquez (2-4 de noviembre de 2017), al escuchar la comunicación de los profesores Ignacio Czeguhn y José Antonio López Nevot sobre «Las ediciones de las Partidas en el siglo XVI» y los problemas de las versiones de las Primera y Segunda Partidas, hice un nuevo análisis de grupos aplicado esta vez solamente al texto de las Siete Partidas. Para ello tomé la transcripción del Hispanic Seminary of Medieval Studies, la limpié de los códigos metatextuales (referencias a folio, columna, reclamos, títulos corrientes, marcas de iniciales y de rúbrica) y la dividí en siete segmentos, uno por cada una de las siete partidas que constituyen la obra completa. De cada uno de los ficheros se eliminaron del texto las Adiciones y Concordancias añadidas por Montalvo para evitar que el estilo de este pudiera interferir en el de las Siete Partidas. En un primer análisis se analizaron las cien palabras más frecuentes (100 MFW4), y el resultado fue que la Primera y la Segunda Partida se agrupan entre sí frente a las cinco restantes, como puede observarse en el dendrograma de la figura 4.
Figura 4. Dendrograma de las Siete Partidas según stylo y de acuerdo a la fórmula Delta Classic con las 100 MFW
Para comprobar si la agrupación es robusta, se pueden realizar varios ensayos cambiando el número de palabras que considera en cada pasada, 100, 200, 300, etc. Establecí que creara el dendrograma diez veces y en cada pasada aumentara en 100 el número de palabras más frecuentes. El resultado, normalmente, habrían sido diez dendrogramas pero todos esos árboles no nos habrían dejado ver el bosque, por lo que se le pidió a stylo que realizara un árbol de consenso, es decir, que estableciera por un consenso estadístico qué distancia existe entre cada una de las Siete Partidas. El árbol de consenso ofrecía el mismo resultado que el dendrograma para las 100 MFW, como se puede ver en la figura 5.
Figura 5. Árbol de consenso para las Siete Partidas elaborado con stylo con la fórmula Delta Classic y para las 100-1000 MFW
La Primera y la Segunda Partidas forman un grupo netamente diferenciado del resto. Puesto que los elementos que se tienen en cuenta para este análisis son las palabras más frecuentes, y estas son las palabras llamadas de función, y sobre las que los autores, copistas y editores no tienen control alguno, la conclusión que se puede extraer es que en las Siete Partidas hay dos estilos netamente diferenciados: un grupo lo constituyen la Primera y Segunda Partida y otro las cinco restantes. Lo que parece concurrir con la visión historiográfica tradicional.
Sin embargo, aún hay pequeños misterios que rodean al texto de la Siete Partidas y que podrían ser desvelados por medio de análisis estilométricos, como por ejemoplo si existen tres versiones distintas de la Primera Partida, como se viene sosteniendo tradicionalmente (Craddock 1974 y 1981), y qué testimonios conforman cada una de estas versiones.
Bibliografía
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Büttner, Andreas, Friedrich Michael Dimpel, Stefan Evert, Fotis Jannidis, Steffen Pielström, Thomas Proisl, Isabella Reger (2017). «Delta in der stilometrischen Autorschaftsattribution». Zeitschrift für digitale Geisteswissenschaften, 2: DOI: 10.17175/2017_006
Craddock, Jerry (1974). «La nota cronológica inserta en el prólogo de las Siete Partidas». Al-Andalus, 39: 363-390.
Craddock, Jerry (1981). «La cronología de las obras legislativas de Alfonso X el Sabio». Anuario de Historia del Derecho Español, 51: 365-418.
Fradejas Rueda, José Manuel, (2016b). «Estilometría, un ámbito por descubrir», en Laboratorio de Innovación en Humanidades Digitales, UNED (2016.1108).
Fradejas Rueda, José Manuel (en prensa). «Estilometría y la edad media castellana», en Nanette Rissler-Picka (ed.), Stil und Stilometrie in der Romania, Romanische Studien Behefte.
R Development Core Team (2008). R: A language and environment for statistical computing. R Foundation for Statistical Computing, Vienna, Austria.
Rissler-Pipka, Nanette (2016a). «Avellaneda y los problemas de la identificación del autor. Propuestas para una investigación con nuevas herramientas digitales». Ed. Hanno Ehrlicher. El otro Don Quijote. La continuación de Fernández de Avellaneda y sus efectos. Ausburgo: Institut für Spanien, Portugal- und Lateinamerikastudien (ISLA). pp. 27-51.
Rissler-Pipka, Nanette (2016b). «Der falsche Quijote? Autorschaftsattribution für spanische Prosa der frühen Neuzeit», DHd 2016 Modellierung, Vernetzung, Visualisierung, pp. 212-217. <http://dhd2016.de/boa.pdf> (17/6/2016).
CITA
Fradejas Rueda, José Manuel (2019.04.04), «Alfonso X y la estilometría», https://7partidas.hypotheses.org/1072 [fecha de acceso]
NOTAS
En otras lenguas, como el alemán medieval, hay un alto ruido. Cfr. Büttner et al. 2017. Otra cuestión es cuando el llamado sistema alfonsí se desbarate, en ese caso habrá que recurrir a la normalización o canonicalización de los textos, como está sucediendo en los experimentos que se están llevando a cabo con el teatro del Siglo de Oro. [↩]
Puede haber dendrogramas horizontales en los que las etiquetas identificadoras están a la derecha de la imagen; en este caso lo importante son las líneas horizontales. [↩]
El volumen 20 del Inventari dei manoscritti delle biblioteche d’Italia, a cargo de Albano Sorbelli (1914), inventaría los manuscritos que hay en las bibliotecas de Cortona, Parma y Catania. En la parte dedicada a la Università degli Studi di Catania se cataloga, bajo el número 17, una
[Raccolta di fueros, ossia antiche consuetudine spagnole, in sette libri]. | Membr., sec. XIV, mutilo, adeposto, anepigrafo (Sorbelli, 1914: 135).
Ante esta información, los compiladores de BETA la incorporaron a la base de datos con el manid 4600 y lo incluyeron, debido a la mención sette libri, entre los testimonios de las Siete Partidas, aunque con un interrogante.
El catálogo colectivo de las bibliotecas italianas, Manus online, no es mucho más informativo, puesto que da como título «Instituzion et lay. Costitutiones ordines et noticias des historiografo coronista in lenguage espanol j latino»; como incipit «todos tice vezes real» y como explicit «quotodo hidalgo o dal quere». También informa de algunos pormenores codicológicos (tamaño y medidas) y del cambio de signatura: ya no es el ms. 17 de Università di Catania, sino el MS. U. 009 de la Biblioteca Regionale Universitaria di Catania.
Creyendo (o más bien queriendo) que se trataba de una copia de las Siete Partidas, aunque parcial –Sorbelli indicaba que se trata de un manuscrito mutilado–, viajé a Catania para examinarlo. Ya tenía la información básica de que solo contenía 116 folios, a dos columnas, por lo que, en el mejor de los casos, sería una copia de alguna de las Partidas, aunque con tan pocos folios, lo de que se encuentra divido en sette libri despistaba un tanto.
Tras los consabidos trámites burocráticos para acceder a fondos antiguos, me entregaron el objeto del viaje: un ejemplar encuadernado modernadamente en piel marrón sin más marcas que dos tejuelos de papel, uno encima del otro y que recuerdan que primero fue de la Biblioteca Universitaria Catania y que en la actualidad forma parte de los fondos de la Biblioteca Regionale Universitaria di Catania.
Tan pronto lo abrí por el primer folio de pergamino, las hojas previas de papel carecían de interés en ese momento, leí la primera columna y comprendí que no se trataba de una copia mutilada o parcial de las Siete Partidas. La primera rúbrica, hacia la mitad de la primera columna, dice:
en qoal logar se de|ue alçar el Rey en nauarra. & que mo|re. & deue echar & en qoantos dias (fol. 1r1)
Es decir, tiene que ver con el rey de Navarra, y en las Siete Partidas no se menciona nunca ni el reino ni al rey de Navarra.
Ya la lectura de las trece primeras líneas me había dado un tufillo navarro-aragonés puesto que me había tropezado en la tercera línea con un entroa, una forma preposicional que se tiene por característica del ámbito dialectal navarro-aragonés (Líbano Zumalacárregui 1977: 126 n. 67; Pérez-Salazar 1995: 233 n. 495). También apuntaban en esa dirección la aparición de la grafía <yll> para la lateral palatal (eyll, cauayllero), los clíticos en <i> (curiarli, ayudarli) y las formas qoal y qoantos de la rúbrica.
La sospecha inmediata fue que se trataba de una copia del Fuero General de Navarra. Sin embargo, el Fuero General de Navarra no consta de siete libros y el encabezamiento del último folio del manuscrito es claro: hay un libro VII, pero queda interrumpido por la pérdida de folios.
Margen superior del fol. 116v
El llamado Fuero de Navarra es una colección de textos forales que se ha divido en tres versiones o redacciones. Las dos primeras, A y B, se conocen como asistemáticas o protosistemáticas ya que «presentan sus disposiciones de una forma anárquica, sin división en libros ni en títulos» (Utrilla Utrilla 1987: 15). La tercera redacción, la llamada C o sistemática, de la que se conocen 23 manuscritos (BETA texid 1195), está divido en seis libros (Utrilla Utrilla 1987: 14, Jimeno Aranguren 2016: 22) con varios títulos cada uno de ellos.
Según la edición publicada por Jimeno Aranguren (2016), que se basa en la veterana de Ilaguerri y Lapuerta (1869), el texto debería acabar con un capítulo en latín en el que se relata la cronología de los reyes de Navarra:
Anno Domini .M.oC.oCLXX.oIIII.o, undecimo calendas augustii obiit apud Pampilona, pie recordationis Henrricus serenissimus rex Navarre et comes Palatinus Canpanie adque Brie cuius corpus Pampillone nobili sepultura conditum requiesciet, qui in elevatione sua forum iuravit et confirmavit.
pero el manuscrito catanés finaliza, abruptamente, en este capítulo:
Como en todo lo|gar pueden estimar los fidalgos. | Segunt fuero antigo como | todo fidalgo deuiesse esti|nar seyendo en su heredat & no | en otro logar & saluant en ciertos | casos & los cabeçalleros & testigos | deuiesen ser de su logar & de | su condition dont muytos periglos | se siguian a·las animas & gra|nados daynos en los bienes | & muytos muriesen sen testament por occasion del fuero | sobredicho. Establescemos | que todo fidalgo o qoal quiere otro…
Buscado el inicio de este séptimo libro, que se encuentra en el folio 115v2, se despeja toda duda y se resuelve el problema de este séptimo libro. La rúbrica dice:
Aqui compieça el septimo li|bro del fuero, en el qoal se con|tienen los milloramientos & ayna|dimientos del fuero antigo.
tras lo cual se lee:
In dei nomine. Como nos don | phelip por la gracia de dios Rey | de nauarra. conte de eureus | dangolesme, de mortayn, & | de longauilla houiessemos iu|rado en el nuestro coronamiento | en sancta maria de pomplona en|tre otras cosas a·los nuestros na|turales & fieles perlados. Ricos | omnes. cauaylleros. jffançones. [fol. 116r1] omnes de bonas uillas & a·todo el | el otro pueblo del nuestro Regno de | Nauarra…
Por lo tanto, nos encontramos ante la inclusión del Amejoramiento de Felipe III (1306-1343) en un mismo ejemplar del Fuero General de Navarra, cosa no extraña a otras copias (cf. BETA texid 3192). Pero esta copia del Amejoramiento es incompleta; se interrumpe a la mitad del segundo capítulo.
Sin embargo, hay algo que sigue disonando en este texto. Tras la relación de los reyes de Navarra, que forma parte de los capítulos que conforman el «Linaje de los reyes de España», y que finaliza en 112v2:
Anno domini .M.oC.oCLXX.oIIII.o, xiº kalendas | augusti obijt apud pampilone pie | recordatonis henricus serenisimus | Rex Nauarre & comes palaci|anus campanie adque brie. cuius | corpus pampilone nobili sepultura | conditum requiescit qui in eleuatio|ne sua forum iurauit & confirma|uit.
comienza un «Titulo de Reptorios», que se inicia con estas palabras:
Aquj | comiençan las leyes en qoal ma|nera los fidalgos se deuen reptar | Antigament los fillos dalgo | con consentimiento de·los Reyes | pusieron entre si amiztat & di|eron se fe unos a otros de se la | tener. & de se non fazer mal unos | a otros a menos de se tornar | ante amiztat & de se desafiar [fol. 112v] Et por esto qoando un fidalgo | ha razon de caloniar a otro por tu|erto quel aya fecho. deuel tornar | amiztat & desafiarlo & aqueilla es | la amiztat & la fe quel torna qoan|do desafia la que fue puesta anti|gament assi como es sobredicho | ¶ Et desde aquel dia quel desafia no | le a a fazer mal ata .x. dias.
y que finaliza, veintiséis leyes más tarde, en el fol. 115v2:
XXVIª ley Todo | traydor muera por la tray|cion suya que fiziere & pierda qo|anto que ha & ayalo el Rey ma|guer que aya fijos de bendicion | o nieto dent aiuso.
Este texto no forma parte del Fuero General de Navarra, ni del Amejoramiento que Felipe III de Navarra otorgó el «año Mº. CCCº. XXXº. lunes deze|no dia de septiembre», ni de la sección dedicada al linaje de los reyes de España presente en varios códices del Fuero (Utrilla Utrilla 1987: 15). Tampoco lo recogen en sus ediciones Ilaregui y Lapuerta (1869) ni Jimeno Arangueren (2016). Es otra cosa que ha encontrado hueco en esta copia de este texto foral.
La búsqueda en la Biblioteca Digital de textos del español antiguo (Gago Jover 2011a) y en el Corpus Diacrónico de la RAE (CORDE) ha permitido constatar que se trataba del título de los rieptos del Fuero Real alfonsí, es decir de título 19 del libro 4 (4.19). Baste esta pequeña comparación del prólogo y de las leyes 13 y 26 del título de los rieptos del Fuero Real (Gago Jover 2011b), según el ms. de El Escorial Z-III-16, y los correspondientes del texto recogido por el manuscrito catanés:
Fuero Real
Catania
Antigua mientre los fiios dalgo con consentimiento delos reyes pusieron entresi amiztat. & dieron se fe unos a otros & de sela atener. & de se non fazer mal unos a otros a menos dese tornar ante amiztat. & dese desafiar. ¶ et por ende quando algun fidalgo a razon de calonnar a otro por tuerto quel aya fecho deuel tornar amiztat & desafiarle. et aquella es la amiztat & la fe quel torna quandol desafia. la que fue puesta antigua mient assi como es sobredicho & desde aquel: dia quel desafia. non le ha de fazer mal fata .ix. dias.
Antigament los fillos dalgo con consentimiento de·los Reyes pusieron entre si amiztat & dieron se fe unos a otros de se la tener. & de se non fazer mal unos a otros a menos de se tornar ante amiztat & de se desafiar [fol. 112v] Et por esto qoando un fidalgo ha razon de caloniar a otro por tuerto quel aya fecho. deuel tornar amiztat & desafiarlo & aqueilla es la amiztat & la fe quel torna qoando desafia la que fue puesta antigament assi como es sobredicho ¶ Et desde aquel dia quel desafia no le a a fazer mal ata .x. dias.
Si por auentura el reptador non quisiere prouar lo que dize si non por pesquisa de rey o por lid & el reptado non quisiere la pesquisa ni la lit. sea quito de riepto. ca non es tenido si non quisiere de meter su uerdat a pesquisa. nin a lid. & el reptador aya la pena que manda la ley.
XIIIª ley Si por auentura el Reptador no quisiere prouar lo que dize sino por pesquisa de Rey. o por lit, & el Reptado no quisiere la pesquisa ni la lit. sea quito del Riepto ca no es tenido si no quisiere su uerdat a pesquisa ni a lit meter. & el Reptador aya la pena que manda la ley.
Todo traydor muerra por la traycion que fiziere. &: pierda quanto ha. & ayalo el rey. maguer que aya fiios de bendicion o nietos o dent ayuso.
XXVIª ley Todo traydor muera por la traycion suya que fiziere & pierda qoanto que ha & ayalo el Rey maguer que aya fijos de bendicion o nieto dent aiuso.
Pero la aparición del texto del título de los rieptos no es algo exclusivo de esta nueva copia; también lo recoge el MSS/248 de la Biblioteca Nacional de España (fols. 117r2–120v1), aunque tras el Amejoramiento de Felipe III, no antes. Ya se ocupó Utrilla Utrilla (1986) de este texto y lo consideró unas interpolaciones.
BETA identifica este último texto con el código textid 3173. Por medio de esta base de datos sabemos que hay una tercera copia, en el MSS/6705 de la BNE, pero ya es muy tardía porque está datada en los últimos años del siglo XVII o primeros del XVIII.
CONCLUSIÓN
Por lo tanto, en la Biblioteca Regionale Universitaria di Catania no hay una copia mútila de las Siete Partidas, como que se creía, sino una copia acéfala y falta de dos folios internos del Fuero General de Navarra –versión C– (fols. 1-112r2), que incorpora una copia mútila del Amelloramiento (fols. 115v2-116v) del rey Felipe III y, entre ambos, el título de los retos (4.19) procedente del Fuero Real (fols. 112r2-115v2) alfonsí.
Gago Jover, Francisco (ed.) (2011a), «Fuero General de Navarra». Textos navarro-aragoneses. Digital Library of Old Spanish Texts. Hispanic Seminary of Medieval Studies. En línea http://www.hispanicseminary.org/t&c/nar/index.htm [2018.12.03].
Gago Jover, Francisco (ed.) (2011b), «Fuero Real». Textos legales españoles. Digital Library of Old Spanish Texts. Hispanic Seminary of Medieval Studies. En línea http://www.hispanicseminary.org/t&c/lex/index.htm [2018.12.03].
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Real Academia Española, Corpus diacrónico del español. En línea http://www.rae.es [2018.12.03]
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Utrilla Utrilla, Juan (1986), «Las interpolaciones sobre reptorios en los manuscritos del Fuero General de Navarra», en Príncipe de Viana. Anejo, Nº. 2-3, pp. 765-776. Pamplona: Gobierno de Navarra.
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CITA
Fradejas Rueda, José Manuel (2018.12.05), «Una decepción y un hallazgo: una nueva copia del Fuero de Navarra», en 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/2003 [fecha de acceso]
Notas tomadas en la Biblioteca Regionale Univeritaria di Catania entre el 3 y el 6 de diciembre de 2018. Mi agradecimiento al personal de la biblioteca por la ayuda y toda la información proporcionada y, en especial, al prof. Mario Pagano que allanó el camino para mi visita.
Jorge Prádanos Fernández Universidad Complutense de Madrid jorgepra[at]ucm[dot]es
Las Siete Partidas es, probablemente, la obra del scriptorium real de Alfonso X el Sabio (1221-1284) que mayor impacto y desarrollo postrero ha tenido a lo largo de los siglos. No obstante, esta ingente obra no ha tenido una trayectoria historiográfica tan transversal y abundante como otras obras alfonsíes, ya que, muy probablemente, esto haya sido debido a la histórica problemática que el texto ha tenido en lo tocante a cuestiones sobre su vigencia, autoría, finalidad, cambios textuales y proceso formativo. Además, es una obra compleja al tener una serie de problemas materiales que hay que tener cuenta como su dispersión material (existen una gran variedad de manuscritos, ediciones impresas y fragmentos de diversas épocas localizados en diferentes centros nacionales e internacionales), sus discrepancias textuales como consecuencia del proceso evolutivo del texto, el escaso número de ejemplares que puedan ser datados durante el reinado de Alfonso X (1252-1284) o la inexistencia de una edición crítica completa que haga concordar las diversas versiones. Esto hace que el estudio de las Siete Partidas se haya realizado fundamentalmente desde el campo de la historia del Derecho1 y, en menor medida, de la lingüística, a pesar de que el texto de las Siete Partidas se use como fuente primaria literaria en multitud de estudios sobre la Castilla bajomedieval.
Las Siete Partidas también pueden ser usadas cómo fuente de información sobre procesos constructivos y artísticos, y sin embargo los estudios de Historia del Arte sobre la obra en sí misma son más bien escasos2. La producción literaria que se ha ocupado de analizar la obra desde el punto de vista de la iluminación, estilo o iconografía de los manuscritos es más bien escasa, y por lo general se ha centrado en cuestiones formalistas concretas de manuscritos específicos. Nuevamente las causas sobre esta parquedad de estudios se deben a los problemas intrínsecos de las Partidas (disparidad textual, disparidad material, inexistencia de edición crítica) unidos a otros problemas tales como el poco desarrollo icónico de la obra debido a que la mayoría de las copias medievales conservadas no son de una alta calidad material, la inexistencia de un programa iconográfico estandarizado como sí ocurre con otras compilaciones legales europeas (Decreto de Graciano, Decretales, Digesto, etc.) o la disparidad en la calidad de la iluminación entre otros motivos.
No obstante, que el estudio de la iluminación del código alfonsí no haya sido de gran importancia no significa que los manuscritos de las Siete Partidas no sean relevantes desde un punto de vista artístico. A pesar de que la gran mayoría de los códices son de una calidad menor, y en muchos casos sin apenas ornamentación, sí que hay buenos ejemplos de códices con programas icónicos propios o con elementos iconográficos de cierta relevancia. Además, muchos de los manuscritos responden a diversos tipos de mecenazgo, en algunos casos manuscritos de mecenazgo real, en otros mecenazgo nobiliario o eclesiástico que nos muestra la importancia de esta obra como elemento indispensable de los grandes magnates castellanos de los siglos XIV y XV.
Por este motivo, estoy realizando mi tesis doctoral, titulada «A servicio de Dios y por comunal de todos hacemos este libro. Análisis y contexto de la iluminación de los manuscritos de las Siete Partidas» y dirigida por la profesora Laura Fernández Fernández (UCM), sobre el estudio de la iluminación de estos manuscritos para intentar cubrir estas lagunas existentes sobre una de las obras medievales de mayor importancia, no solo ya en Castilla, sino en la Europa occidental. En este sentido no solo es necesario realizar un análisis sobre la iluminación en sí de estos manuscritos, sino su correspondencia con otras obras alfonsíes y con otros repertorios legales transpirenaicos ya que el texto alfonsí no solo no es ajeno a tradición legal europea, sino que es plenamente deudor de la reintroducción del derecho romano gracias a las nuevas corrientes romanistas del siglo XII de la Universidad de Bolonia.
Se puede afirmar de forma sumaria que el texto alfonsí, a diferencia de otras obras legales, nunca pudo estandarizar un catálogo de iconografías jurídicas que acompañase al texto. Esto es debido fundamentalmente a los diferentes vaivenes que ha sufrido el texto desde su redacción, pasando por diferentes dudas sobre su vigencia en los reinados de Sancho IV (1284-1295) y Fernando IV (1295-1312), su renovación en el Ordenamiento de Alcalá (1348) o hasta su intento de fijación en el reinado de los Reyes Católicos que se refleja en la edición de 1491 que publicó Díaz Montalvo y, a la consecuente, destrucción de muchos manuscritos. No obstante, hay manuscritos que sí contienen un aparato icónico desarrollado bajo un programa bien definido: es el caso del ms. Additional 20787 de la British Library (LBL), por ejemplo. En lo que respecta a los temas iconográficos son dispares, aunque prima la imagen regia y los temas religiosos interpretados, en algunas ocasiones, con gran originalidad, aunque también existen diferentes ejemplos de iconografías más cotidianas, escenas de temática contractual o diagramas específicos sobre relaciones de matrimonio como son los casos de árboles de consanguinidad y de afinidad presentes en algunos de los códices.
Londres, BL, Add. 20787 (LBL), fol. 86v. Comienzo de 1.14
De este modo, el estudio de la iluminación de los manuscritos medievales de las Siete Partidas no solo es una deuda histórica del estudio de la iluminación de manuscritos bajomedievales castellanos, sino que es necesario pues contamos con excelentes ejemplares de distintas momentos y diferentes mecenazgo que ayudan a la comprensión de los textos jurídicos no solo como simples vehículos de un texto legal, sino como objetos de valor en sí mismo, en muchos casos como auténticas joyas bibliográficas y como muestra del poder y exaltación de diferentes personajes.
Prádanos Fernández, Jorge (2018.11.29), «Aproximación a la iluminación de los manuscritos de las Siete Partidas», en J. M. Fradejas Rueda (ed.), 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/2973 [fecha de acceso]
Señalo algunos estudios que se han venido ocupando de toda la trayectoria historiográfica sobre autoría, vigencia, finalidad, fuentes, etc.: MARTÍNEZ MARINA, Francisco, Ensayo histórico-crítico sobre la antigua legislación y principales cuerpos legales de los reynos de León y Castilla, especialmente sobre el código de D. Alonso el Sabio, conocido con el nombre de las Siete Partidas, Imprenta de Joaquín Ibarra, Madrid, 1808. LLAMAS MOLINA, Sancho, Disertación histórico-crítica sobre la edición de las Partidas del Rey don Alonso el Sabio, que publicó la R. Academia de la Historia en el año 1807, Madrid, 1820. SEMPERE Y GUARINOS, José, Historia del derecho español continuado hasta el enlace de S.M. Isabel II, 1822-1823, pp. 241-274. HERRIOTT, J. Homer, «A Thirteenth-Century Manuscript of the Primera Partida», Speculum (1938) 13:3, pp. 278-294. GARCÍA-GALLO DE DIEGO, Alfonso, «El Libro de las Leyes de Alfonso el Sabio. Del Espéculo a las Partidas», Anuario de Historia del Derecho Español, 21, 1951, pp. 7-188. ARIAS BONET, Juan Antonio (ed.), Primera Partida. Manuscrito Add. 20787 del British Museum, Valladolid, 1975. GARCÍA-GALLO DE DIEGO, Alfonso, «Nuevas observaciones sobre la obra legislativa de Alfonso X», Anuario de Historia del Derecho español, 23, 1976, pp. 609-670. IGLESIAS FERREIRÓS, Aquilino, «Alfonso X el Sabio y su obra legislativa: algunas reflexiones», Anuario de Historia del Derecho español, 50, 1980, pp. 445-465. CRADDOCK, Jerry R., «La cronología de las obras legislativas de Alfonso X el Sabio», Anuario de Historia del Derecho español, 51, 1981, pp. 365-418. SÁNCHEZ-ARCILLA BERNAL, José, «La obra legislativa de Alfonso X el Sabio. Historia de una polémica», en DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, Ana y Jesús MONTOYA MARTÍNEZ (eds.), Scriptorium alfonsí. De los Libros de Astrología a las Cantigas de Santa María, Madrid, 1999, pp. 17-81. [↩]
Destaco de esta forma las siguientes publicaciones, aunque existen algunas más: DOMÍNGUEZ BORDONA, Jesús, Manuscritos con pinturas: notas para un inventario de los conservados en las bibliotecas públicas y particulares de España, Madrid, 1933. RAMOS, Guadalupe, «La ornamentación del códice y su problema de datación», en ARIAS BONET, Juan Antonio (ed.), Primera Partida. Manuscrito Add. 20787 del British Museum, Valladolid, 1975, pp. 17-33. DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, Ana, «El arte de la construcción y otras técnicas artísticas en la miniatura de Alfonso X el Sabio», Alcanate, 1, (1985), pp. 59-77. DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, Ana, «Retratos de Alfonso X el Sabio en la Primera Partida (British Library, Add. ms. 20.787): iconografía y cronología», Alcanate, 6, (2008), pp. 239-251. [↩]