Una decepción y un hallazgo: una nueva copia del Fuero de Navarra

El volumen 20 del Inventari dei manoscritti delle biblioteche d’Italia, a cargo de Albano Sorbelli (1914), inventaría los manuscritos que hay en las bibliotecas de Cortona, Parma y Catania. En la parte dedicada a la Università degli Studi di Catania se cataloga, bajo el número 17, una

[Raccolta di fueros, ossia antiche consuetudine spagnole, in sette libri]. | Membr., sec. XIV, mutilo, adeposto, anepigrafo (Sorbelli, 1914: 135).

Ante esta información, los compiladores de BETA la incorporaron a la base de datos con el manid 4600 y lo incluyeron, debido a la mención sette libri, entre los testimonios de las Siete Partidas, aunque con un interrogante.

Pantallazo de Philobiblon, BETA manid 4600 (3.12.18)

El catálogo colectivo de las bibliotecas italianas, Manus online, no es mucho más informativo, puesto que da como título «Instituzion et lay. Costitutiones ordines et noticias des historiografo coronista in lenguage espanol j latino»; como incipit «todos tice vezes real» y como explicit «quotodo hidalgo o dal quere». También informa de algunos pormenores codicológicos (tamaño y medidas) y del cambio de signatura: ya no es el ms. 17 de Università di Catania, sino el MS. U. 009 de la Biblioteca Regionale Universitaria di Catania.

Creyendo (o más bien queriendo) que se trataba de una copia de las Siete Partidas, aunque parcial –Sorbelli indicaba que se trata de un manuscrito mutilado–, viajé a Catania para examinarlo. Ya tenía la información básica de que solo contenía 116 folios, a dos columnas, por lo que, en el mejor de los casos, sería una copia de alguna de las Partidas, aunque con tan pocos folios, lo de que se encuentra divido en sette libri despistaba un tanto.

Tras los consabidos trámites burocráticos para acceder a fondos antiguos, me entregaron el objeto del viaje: un ejemplar encuadernado modernadamente en piel marrón sin más marcas que dos tejuelos de papel, uno encima del otro y que recuerdan que primero fue de la Biblioteca Universitaria Catania y que en la actualidad forma parte de los fondos de la Biblioteca Regionale Universitaria di Catania.

Tan pronto lo abrí por el primer folio de pergamino, las hojas previas de papel carecían de interés en ese momento, leí la primera columna y comprendí que no se trataba de una copia mutilada o parcial de las Siete Partidas. La primera rúbrica, hacia la mitad de la primera columna, dice:

en qoal logar se de|ue alçar el Rey en nauarra. & que mo|re. & deue echar & en qoantos dias (fol. 1r1)

Es decir, tiene que ver con el rey de Navarra, y en las Siete Partidas no se menciona nunca ni el reino ni al rey de Navarra.

Ya la lectura de las trece primeras líneas me había dado un tufillo navarro-aragonés puesto que me había tropezado en la tercera línea con un entroa, una forma preposicional que se tiene por característica del ámbito dialectal navarro-aragonés (Líbano Zumalacárregui 1977: 126 n. 67; Pérez-Salazar 1995: 233 n. 495). También apuntaban en esa dirección la aparición de la grafía <yll> para la lateral palatal (eyll, cauayllero), los clíticos en <i> (curiarli, ayudarli) y las formas qoalqoantos de la rúbrica.

La sospecha inmediata fue que se trataba de una copia del Fuero General de Navarra. Sin embargo, el Fuero General de Navarra no consta de siete libros y el encabezamiento del último folio del manuscrito es claro: hay un libro VII, pero queda interrumpido por la pérdida de folios.

Margen superior del fol. 116v
Margen superior del fol. 116v

El llamado Fuero de Navarra es una colección de textos forales que se ha divido en tres versiones o redacciones. Las dos primeras, A y B, se conocen como asistemáticas o protosistemáticas ya que «presentan sus disposiciones de una forma anárquica, sin división en libros ni en títulos» (Utrilla Utrilla 1987: 15). La tercera redacción, la llamada C o sistemática, de la que se conocen 23 manuscritos (BETA texid 1195), está divido en seis libros (Utrilla Utrilla 1987: 14, Jimeno Aranguren 2016: 22) con varios títulos cada uno de ellos.

Según la edición publicada por Jimeno Aranguren (2016), que se basa en la veterana de Ilaguerri y Lapuerta (1869), el texto debería acabar con un capítulo en latín en el que se relata la cronología de los reyes de Navarra:

Anno Domini .M.oC.oCLXX.oIIII.o, undecimo calendas augustii obiit apud Pampilona, pie recordationis Henrricus serenissimus rex Navarre et comes Palatinus Canpanie adque Brie cuius corpus Pampillone nobili sepultura conditum requiesciet, qui in elevatione sua forum iuravit et confirmavit.

pero el manuscrito catanés finaliza, abruptamente, en este capítulo:

Como en todo lo|gar pueden estimar los fidalgos. |
Segunt fuero antigo como | todo fidalgo deuiesse esti|nar seyendo en su heredat & no | en otro logar & saluant en ciertos | casos & los cabeçalleros & testigos | deuiesen ser de su logar & de | su condition dont muytos periglos | se siguian a·las animas & gra|nados daynos en los bienes | & muytos muriesen sen testament por occasion del fuero | sobredicho. Establescemos | que todo fidalgo o qoal quiere otro…

Buscado el inicio de este séptimo libro, que se encuentra en el folio 115v2, se despeja toda duda y se resuelve el problema de este séptimo libro. La rúbrica dice:

Aqui compieça el septimo li|bro del fuero, en el qoal se con|tienen los milloramientos & ayna|dimientos del fuero antigo.

tras lo cual se lee:

In dei nomine. Como nos don | phelip por la gracia de dios Rey | de nauarra. conte de eureus | dangolesme, de mortayn, & | de longauilla houiessemos iu|rado en el nuestro coronamiento | en sancta maria de pomplona en|tre otras cosas a·los nuestros na|turales & fieles perlados. Ricos | omnes. cauaylleros. jffançones. [fol. 116r1] omnes de bonas uillas & a·todo el | el otro pueblo del nuestro Regno de | Nauarra… 

Por lo tanto, nos encontramos ante la inclusión del Amejoramiento de Felipe III (1306-1343) en un mismo ejemplar del Fuero General de Navarra, cosa no extraña a otras copias (cf. BETA texid 3192). Pero esta copia del Amejoramiento es incompleta; se interrumpe a la mitad del segundo capítulo.

Sin embargo, hay algo que sigue disonando en este texto. Tras la relación de los reyes de Navarra, que forma parte de los capítulos que conforman el «Linaje de los reyes de España», y que finaliza en 112v2:

Anno domini .M.oC.oCLXX.oIIII.o, xiº kalendas | augusti obijt apud  pampilone pie | recordatonis henricus serenisimus | Rex Nauarre &  comes palaci|anus campanie adque brie. cuius | corpus pampilone nobili sepultura | conditum requiescit qui in eleuatio|ne sua forum iurauit & confirma|uit.

comienza un «Titulo de Reptorios», que se inicia con estas palabras:

Aquj | comiençan las leyes en qoal ma|nera los fidalgos se deuen reptar | Antigament los fillos dalgo | con consentimiento de·los Reyes | pusieron entre si amiztat & di|eron se fe unos a otros de se la | tener. & de se non fazer mal unos | a otros a menos de se tornar | ante amiztat & de se desafiar [fol. 112v] Et por esto qoando un fidalgo | ha razon de caloniar a otro por tu|erto quel aya fecho. deuel tornar | amiztat & desafiarlo & aqueilla es | la amiztat & la fe quel torna qoan|do desafia la que fue puesta anti|gament assi como es sobredicho | ¶ Et desde aquel dia quel desafia no | le a a fazer mal ata .x. dias.

y que finaliza, veintiséis leyes más tarde, en el fol. 115v2:

XXVIª ley Todo | traydor muera por la tray|cion suya que fiziere & pierda qo|anto que ha & ayalo el Rey ma|guer que aya fijos de bendicion | o nieto dent aiuso.

Este texto no forma parte del Fuero General de Navarra, ni del Amejoramiento que Felipe III  de Navarra otorgó el «año Mº. CCCº. XXXº. lunes deze|no dia de septiembre», ni de la sección dedicada al linaje de los reyes de España presente en varios códices del Fuero (Utrilla Utrilla 1987: 15). Tampoco lo recogen en sus  ediciones Ilaregui y Lapuerta (1869) ni Jimeno Arangueren (2016). Es otra cosa que ha encontrado hueco en esta copia de este texto foral.

La búsqueda en la Biblioteca Digital de textos del español antiguo (Gago Jover 2011a) y en el Corpus Diacrónico de la RAE (CORDE) ha permitido constatar que se trataba del título de los rieptos del Fuero Real alfonsí, es decir de título 19 del libro 4 (4.19). Baste esta pequeña comparación del prólogo y de las leyes 13 y 26 del título de los rieptos del Fuero Real (Gago Jover 2011b), según el ms. de El Escorial Z-III-16, y los correspondientes del texto recogido por el manuscrito catanés:

Fuero Real Catania
Antigua mientre los fiios dalgo con consentimiento delos reyes pusieron entresi amiztat. & dieron se fe unos a otros & de sela atener. & de se non fazer mal unos a otros a menos dese tornar ante amiztat. & dese desafiar. ¶ et por ende quando algun fidalgo a razon de calonnar a otro por tuerto quel aya fecho deuel tornar amiztat & desafiarle. et aquella es la amiztat & la fe quel torna quandol desafia. la que fue puesta antigua mient assi como es sobredicho & desde aquel: dia quel desafia. non le ha de fazer mal fata .ix. dias. Antigament los fillos dalgo con consentimiento de·los Reyes pusieron entre si amiztat & dieron se fe unos a otros de se la tener. & de se non fazer mal unos a otros a menos de se tornar ante amiztat & de se desafiar [fol. 112v] Et por esto qoando un fidalgo ha razon de caloniar a otro por tuerto quel aya fecho. deuel tornar amiztat & desafiarlo & aqueilla es la amiztat & la fe quel torna qoando desafia la que fue puesta antigament assi como es sobredicho ¶ Et desde aquel dia quel desafia no le a a fazer mal ata .x. dias.
Si por auentura el reptador non quisiere prouar lo que dize si non por pesquisa de rey o por lid & el reptado non quisiere la pesquisa ni la lit. sea quito de riepto. ca non es tenido si non quisiere de meter su uerdat a pesquisa. nin a lid. & el reptador aya la pena que manda la ley. XIIIª ley Si por auentura el Reptador no quisiere prouar lo que dize sino por pesquisa de Rey. o por lit, & el Reptado no quisiere la pesquisa ni la lit. sea quito del Riepto ca no es tenido si no quisiere su uerdat a pesquisa ni a lit meter. & el Reptador aya la pena que manda la ley.
Todo traydor muerra por la traycion que fiziere. &: pierda quanto ha. & ayalo el rey. maguer que aya fiios de bendicion o nietos o dent ayuso. XXVIª ley Todo traydor muera por la traycion suya que fiziere & pierda qoanto que ha & ayalo el Rey maguer que aya fijos de bendicion o nieto dent aiuso.

Pero la aparición del texto del título de los rieptos no es algo exclusivo de esta nueva copia; también lo recoge el MSS/248 de la Biblioteca Nacional de España (fols. 117r2120v1), aunque tras el Amejoramiento de Felipe III, no antes. Ya se ocupó Utrilla Utrilla (1986) de este texto y lo consideró unas interpolaciones.

BETA identifica este último texto con el código textid 3173. Por medio de esta base de datos sabemos que hay una tercera copia, en el MSS/6705 de la BNE, pero ya es muy tardía porque está datada en los últimos años del siglo XVII o primeros del XVIII.

CONCLUSIÓN

Por lo tanto, en la Biblioteca Regionale Universitaria di Catania no hay una copia mútila de las Siete Partidas, como que se creía, sino una copia acéfala y falta de dos folios internos del Fuero General de Navarra –versión C– (fols. 1-112r2), que incorpora una copia mútila del Amelloramiento (fols. 115v2-116v) del rey Felipe III y, entre ambos, el título de los retos (4.19) procedente del Fuero Real (fols. 112r2-115v2) alfonsí.

BIBLIOGRAFÍA

BETA (Bibliografía Española de Textos Antiguos). Dir. Charles B. Faulhaber. The Bancroft Library. University of California, Berkeley, 1997-. En línea: http://vm136.lib.berkeley.edu/BANC/philobiblon/beta_en.html [2018.12.03]

Gago Jover, Francisco (ed.) (2011a), «Fuero General de Navarra». Textos navarro-aragoneses. Digital Library of Old Spanish Texts. Hispanic Seminary of Medieval Studies. En línea http://www.hispanicseminary.org/t&c/nar/index.htm [2018.12.03].

Gago Jover, Francisco (ed.) (2011b), «Fuero Real». Textos legales españoles. Digital Library of Old Spanish Texts. Hispanic Seminary of Medieval Studies. En línea http://www.hispanicseminary.org/t&c/lex/index.htm [2018.12.03].

Ilarregui, Pablo & Segundo Lapuerta (eds.) (1869), Fuero general de Navarra. Pamplona: Imprenta Provincial.

Jimeno Aranguren, Roldán (2016), Los Fueros de Navarra. Madrid: BOE.

Líbano Zumalacárregui, Ángeles (1977), El romance navarro en los manuscritos del Fuero antiguo del Fuero general de Navarra. Pamplona: Institución Príncipe de Viana.

Pérez-Salazar, Carmela (1995), El romance navarro en documentos reales del siglo XIV (1322-1349). Pamplona: Gobierno de Navarra.

Real Academia Española, Corpus diacrónico del español. En línea http://www.rae.es [2018.12.03]

Sorbelli, Albano (1915), Inventari dei manoscritti della Biblioteche d’Italia. Firenze, Olschki.

Utrilla Utrilla, Juan (1986), «Las interpolaciones sobre reptorios en los manuscritos del Fuero General de Navarra», en Príncipe de Viana. Anejo, Nº. 2-3, pp. 765-776. Pamplona: Gobierno de Navarra.

Utrilla Utrilla, Juan (1987), El Fuero General de Navarra. Estudio y edición de las redacciones protosistemáticas (Series A y B). Pamplona: Gobierno de Navarra.


CITA

Fradejas Rueda, José Manuel (2018.12.05), «Una decepción y un hallazgo: una nueva copia del Fuero de Navarra», en 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/2003 [fecha de acceso]

Notas tomadas en la Biblioteca Regionale Univeritaria di Catania entre el 3 y el 6 de diciembre de 2018. Mi agradecimiento al personal de la biblioteca por la ayuda y toda la información proporcionada y, en especial, al prof. Mario Pagano que allanó el camino para mi visita.

Aproximación a la iluminación de los manuscritos de las Siete Partidas

Jorge Prádanos Fernández
Universidad Complutense de Madrid
jorgepra[at]ucm[dot]es


Las Siete Partidas es, probablemente, la obra del scriptorium real de Alfonso X el Sabio (1221-1284) que mayor impacto y desarrollo postrero ha tenido a lo largo de los siglos. No obstante, esta ingente obra no ha tenido una trayectoria historiográfica tan transversal y abundante como otras obras alfonsíes, ya que, muy probablemente, esto haya sido debido a la histórica problemática que el texto ha tenido en lo tocante a cuestiones sobre su vigencia, autoría, finalidad, cambios textuales y proceso formativo. Además, es una obra compleja al tener una serie de problemas materiales que hay que tener cuenta como su dispersión material (existen una gran variedad de manuscritos, ediciones impresas y fragmentos de diversas épocas localizados en diferentes centros nacionales e internacionales), sus discrepancias textuales como consecuencia del proceso evolutivo del texto, el escaso número de ejemplares que puedan ser datados durante el reinado de Alfonso X (1252-1284) o la inexistencia de una edición crítica completa que haga concordar las diversas versiones. Esto hace que el estudio de las Siete Partidas se haya realizado fundamentalmente desde el campo de la historia del Derecho1 y, en menor medida, de la lingüística, a pesar de que el texto de las Siete Partidas se use como fuente primaria literaria en multitud de estudios sobre la Castilla bajomedieval.

Las Siete Partidas también pueden ser usadas cómo fuente de información sobre procesos constructivos y artísticos, y sin embargo los estudios de Historia del Arte sobre la obra en sí misma son más bien escasos2. La producción literaria que se ha ocupado de analizar la obra desde el punto de vista de la iluminación, estilo o iconografía de los manuscritos es más bien escasa, y por lo general se ha centrado en cuestiones formalistas concretas de manuscritos específicos. Nuevamente las causas sobre esta parquedad de estudios se deben a los problemas intrínsecos de las Partidas (disparidad textual, disparidad material, inexistencia de edición crítica) unidos a otros problemas tales como el poco desarrollo icónico de la obra debido a que la mayoría de las copias medievales conservadas no son de una alta calidad material, la inexistencia de un programa iconográfico estandarizado como sí ocurre con otras compilaciones legales europeas (Decreto de Graciano, Decretales, Digesto, etc.) o la disparidad en la calidad de la iluminación entre otros motivos.

No obstante, que el estudio de la iluminación del código alfonsí no haya sido de gran importancia no significa que los manuscritos de las Siete Partidas no sean relevantes desde un punto de vista artístico. A pesar de que la gran mayoría de los códices son de una calidad menor, y en muchos casos sin apenas ornamentación, sí que hay buenos ejemplos de códices con programas icónicos propios o con elementos iconográficos de cierta relevancia. Además, muchos de los manuscritos responden a diversos tipos de mecenazgo, en algunos casos manuscritos de mecenazgo real, en otros mecenazgo nobiliario o eclesiástico que nos muestra la importancia de esta obra como elemento indispensable de los grandes magnates castellanos de los siglos XIV y XV.

Por este motivo, estoy realizando mi tesis doctoral, titulada «A servicio de Dios y por comunal de todos hacemos este libro. Análisis y contexto de la iluminación de los manuscritos de las Siete Partidas» y dirigida por la profesora Laura Fernández Fernández (UCM), sobre el estudio de la iluminación de estos manuscritos para intentar cubrir estas lagunas existentes sobre una de las obras medievales de mayor importancia, no solo ya en Castilla, sino en la Europa occidental. En este sentido no solo es necesario realizar un análisis sobre la iluminación en sí de estos manuscritos, sino su correspondencia con otras obras alfonsíes y con otros repertorios legales transpirenaicos ya que el texto alfonsí no solo no es ajeno a tradición legal europea, sino que es plenamente deudor de la reintroducción del derecho romano gracias a las nuevas corrientes romanistas del siglo XII de la Universidad de Bolonia.

Se puede afirmar de forma sumaria que el texto alfonsí, a diferencia de otras obras legales, nunca pudo estandarizar un catálogo de iconografías jurídicas que acompañase al texto. Esto es debido fundamentalmente a los diferentes vaivenes que ha sufrido el texto desde su redacción, pasando por diferentes dudas sobre su vigencia en los reinados de Sancho IV (1284-1295) y Fernando IV (1295-1312), su renovación en el Ordenamiento de Alcalá (1348) o hasta su intento de fijación en el reinado de los Reyes Católicos que se refleja en la edición de 1491 que publicó Díaz Montalvo y, a la consecuente, destrucción de muchos manuscritos. No obstante, hay manuscritos que sí contienen un aparato icónico desarrollado bajo un programa bien definido: es el caso del ms. Additional 20787 de la British Library (LBL), por ejemplo. En lo que respecta a los temas iconográficos son dispares, aunque prima la imagen regia y los temas religiosos interpretados, en algunas ocasiones, con gran originalidad, aunque también existen diferentes ejemplos de iconografías más cotidianas, escenas de temática contractual o diagramas específicos sobre relaciones de matrimonio como son los casos de árboles de consanguinidad y de afinidad presentes en algunos de los códices.

Londres, BL, Add. 20787, fol. 86v. Comienzo de 1.14
Londres, BL, Add. 20787 (LBL), fol. 86v. Comienzo de 1.14

De este modo, el estudio de la iluminación de los manuscritos medievales de las Siete Partidas no solo es una deuda histórica del estudio de la iluminación de manuscritos bajomedievales castellanos, sino que es necesario pues contamos con excelentes ejemplares de distintas momentos y diferentes mecenazgo que ayudan a la comprensión de los textos jurídicos no solo como simples vehículos de un texto legal, sino como objetos de valor en sí mismo, en muchos casos como auténticas joyas bibliográficas y como muestra del poder y exaltación de diferentes personajes.

Juicio Final, © BNE, MSS/12793 (MN6)

CITA

Prádanos Fernández, Jorge (2018.11.29), «Aproximación a la iluminación de los manuscritos de las Siete Partidas», en J. M. Fradejas Rueda (ed.), 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/2973 [fecha de acceso]


  1. Señalo algunos estudios que se han venido ocupando de toda la trayectoria historiográfica sobre autoría, vigencia, finalidad, fuentes, etc.: MARTÍNEZ MARINA, Francisco, Ensayo histórico-crítico sobre la antigua legislación y principales cuerpos legales de los reynos de León y Castilla, especialmente sobre el código de D. Alonso el Sabio, conocido con el nombre de las Siete Partidas, Imprenta de Joaquín Ibarra, Madrid, 1808. LLAMAS MOLINA, Sancho, Disertación histórico-crítica sobre la edición de las Partidas del Rey don Alonso el Sabio, que publicó la R. Academia de la Historia en el año 1807, Madrid, 1820. SEMPERE Y GUARINOS, José, Historia del derecho español continuado hasta el enlace de S.M. Isabel II, 1822-1823, pp. 241-274. HERRIOTT, J. Homer, «A Thirteenth-Century Manuscript of the Primera Partida», Speculum (1938) 13:3, pp. 278-294. GARCÍA-GALLO DE DIEGO, Alfonso, «El Libro de las Leyes de Alfonso el Sabio. Del Espéculo a las Partidas», Anuario de Historia del Derecho Español, 21, 1951, pp. 7-188. ARIAS BONET, Juan Antonio (ed.), Primera Partida. Manuscrito Add. 20787 del British Museum, Valladolid, 1975. GARCÍA-GALLO DE DIEGO, Alfonso, «Nuevas observaciones sobre la obra legislativa de Alfonso X», Anuario de Historia del Derecho español, 23, 1976, pp. 609-670. IGLESIAS FERREIRÓS, Aquilino, «Alfonso X el Sabio y su obra legislativa: algunas reflexiones», Anuario de Historia del Derecho español, 50, 1980, pp. 445-465. CRADDOCK, Jerry R., «La cronología de las obras legislativas de Alfonso X el Sabio», Anuario de Historia del Derecho español, 51, 1981, pp. 365-418. SÁNCHEZ-ARCILLA BERNAL, José, «La obra legislativa de Alfonso X el Sabio. Historia de una polémica», en DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, Ana y Jesús MONTOYA MARTÍNEZ (eds.), Scriptorium alfonsí. De los Libros de Astrología a las Cantigas de Santa María, Madrid, 1999, pp. 17-81. []
  2. Destaco de esta forma las siguientes publicaciones, aunque existen algunas más: DOMÍNGUEZ BORDONA, Jesús, Manuscritos con pinturas: notas para un inventario de los conservados en las bibliotecas públicas y particulares de España, Madrid, 1933. RAMOS, Guadalupe, «La ornamentación del códice y su problema de datación», en ARIAS BONET, Juan Antonio (ed.), Primera Partida. Manuscrito Add. 20787 del British Museum, Valladolid, 1975, pp. 17-33. DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, Ana, «El arte de la construcción y otras técnicas artísticas en la miniatura de Alfonso X el Sabio», Alcanate, 1, (1985), pp. 59-77. DOMÍNGUEZ RODRÍGUEZ, Ana, «Retratos de Alfonso X el Sabio en la Primera Partida (British Library, Add. ms. 20.787): iconografía y cronología», Alcanate, 6, (2008), pp. 239-251. []

signaturas

Muchos manuscritos conservan las signaturas con las que los copistas se aseguraron la correcta ordenación de los bifolios de cada cuaderno y de los cuadernos mismos dentro del códice.

Signaturas y signatura de bifolio Basado en Vocabulaire codicologique de D. Muzerelle

Esta indicación puede ser una letra, un número o una combinación de ambos. Si se conserva, en el caso de las signaturas de bifolio, suele ser en la parte inferior derecha de los folios que constituyen la primera mitad del cuaderno, aunque no faltan ejemplos en los que pueden aparecer en otras posiciones dentro del folio. Así, si el cuaderno es un cuaternión, la secuencia aparecerá en los cuatro primeros folios del cuaderno; si es un senión, lo hará en los seis primeros, aunque también puede aparecer en cada uno de los folios de cada cuaderno.

BNE, MSS/8721 (MN5), fols. 55v-56r (en realidad serían 69v-70r) En el ángulo inferior derecho está la signatura de bifolio a
BNE, VITR/4/6 (MN0), fol. 85r. Encima de la marca de agua de la BNE se halla la signatura de bifolio j y. Primer folio del cuaderno y

En los impresos también se encuentra este sistema de ordenación, incluso cuando ya se ha establecido como norma la foliación de los impresos. Como en los manuscritos, esta notación aparece en la parte inferior del folio, como se puede ver, por ejemplo, en la edición de las Siete Partidas que Gregorio López publicó en 1555.

Signatura de bifolio (tercer bifolio del cuaderno B) en el primer tomo (fol. 9r) de las Siete Partidas según la edición de Gregorio López. También indica de qué tomo (Partida .j.) es el cuaderno

Estas indicaciones secuenciales se codifican con la etiqueta <fw> y con la ayuda del atributo @type se especifica que se trata de la signatura. Por lo tanto, los tres casos anteriores se deben codificar de la siguiente manera:

<fw type=‘signatura>a</fw>
<fw type=’signatura>i y</fw>
<fw type=’signatura>Partida .j. B iij</fw>

Debe ser la última línea del folio e ir inmediatamente antes de la indicación del nuevo folio.


cita

Fradejas Rueda, José Manuel (2018.09.28), «Signaturas», en José Manuel Fradejas Rueda (ed.) 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/1224 [fecha de acceso]

La partida neoyorkina

El códice neoyorquino de la Primera Partida
(HSA, HC397/573)
Notas para su actualización
cronológica y geográfica

Ricardo Pichel
Universidad de Alcalá
ripichel[at]gmail[dot]com


Ofrecemos aquí una descripción externa del códice HC397/573 custodiado en la Hispanic Society of America de Nueva York1, que completa y actualiza las breves notas codicológicas apuntadas por Antonio García y García (1963b) y más tarde por Charles Faulhaber (1983) en el primer volumen del catálogo de los manuscritos de la HSA (cf. Philobiblon, BETA manid 1115). El códice se hallaba en Leipzig a principios del siglo XX en manos del librero anticuario Karl W. Hiersermann (1854-1928), quien en 1911 publica en su catálogo no 397 una breve ficha descriptiva del manuscrito, seguida de un folleto aparte, encargado al prof. Wilhelm R. Friedmann, en el que se ofrece de manera sumaria una primera aproximación filológica al manuscrito y se reproduce la transcripción de algunos fragmentos2. Tras la distribución del catálogo y del opúsculo de Friedmann entre sus potenciales compradores, uno de ellos, el coleccionista y bibliófilo Archer M. Huntington (1870-1955), con quien ya mantenía una relación comercial desde finales del XIX, adquiere el códice poco tiempo después (ca. 1911-14), engrosando así su espléndida biblioteca hispánica ubicada en el Alto Manhattan3.

1. Contenido e investigaciones previas

En el marco de los sucesivos ensayos de reelaboración (post)alfonsí de las Partidas, el texto transmitido por el ms. HC397/573 remite, de acuerdo con Jerry Craddock (cf. 2008), a la primera de las redacciones (1256-65) del autodenominado Libro del fuero de las leyes, estrechamente relacionada con el Espéculo y representada también por los mss. Add. 20787 de la British Library (Londres) y Vitrina X-131 de la Biblioteca Zabálburu (Madrid). Sin embargo, al mismo tiempo, el códice neoyorquino también refleja un intento de refundición de las dos tradiciones –legalista y sapiencial– en las que se encuadran progresivamente las tres redacciones de las Partidas (la primera por una parte, y la segunda y tercera por otra), conectando con la postrera fase de reelaboración alfonsí, como demuestra el uso e influencia del Setenario en este manuscrito. De este modo, nos encontramos ante un estadio evolutivo ulterior e híbrido al transmitir una refundición inconclusa de la Primera Partida con interpolaciones del Setenario, último eslabón este del continuo proceso de reescritura alfonsí cuya incorporación en el ms. HC397/573 constituye, además, el único testimonio conocido de su recepción legal.

El pionero estudio de W. Friedmann (1911), en el que se cotejan sumariamente los cinco primeros títulos, especialmente el tercero y el quinto, con varios testimonios (en especial el ms. 3 de la Biblioteca Real, o X-131 de la Biblioteca Nacional, y hoy en la Biblioteca Zabálburu –ZAB–) y con la edición de la Academia, abrió el camino a investigaciones posteriores tras la adquisición del códice por Huntington, aunque habría que esperar poco más de medio siglo hasta que el manuscrito volviera a suscitar interés. La estancia de A. García y García en la HSA (1963a: 526-27, 1963b) le permitió estudiar y comparar los 26 títulos que transmite el manuscrito con los otros dos testimonios antes citados (el ms. londinense –LBL– y el de la Zabálburu), detectando así las principales variantes estructurales (omisiones, repeticiones, desdoblamientos y adiciones textuales), especialmente en el caso del título quinto («De los sagramentos de santa eglesia»), en el que se registra una treintena de leyes sin correspondencia en los otros dos testimonios colacionados. Una década después, Juan Antonio Arias Bonet (1972) actualizó sumariamente el estudio de García y García, reparando también en la estrecha relación con el Setenario y en particular en las secciones del quinto título reproducidas por el profesor salamantino4.

Por fortuna, el contenido del manuscrito se ha conservado prácticamente íntegro. Las únicas lagunas materiales registradas en el códice se sitúan en el último cuaderno, donde el extravío de un bifolio (cf. infra) supuso una pequeña pérdida textual en los títulos 24 (leyes 12-16, la mitad de la 11 y el inicio de la rúbrica de la 17) y 26 (la última ley y parte de la penúltima).

El texto comienza en el verso del primer folio con un índice de títulos y leyes (ausente en la edición de Ramos Bossini 1984; cf. García y García 1963b: 18-19), seguido del prólogo cuya rúbrica abarca la mitad inferior de la segunda columna de esta página. Curiosamente el recto del primer folio no recibió escritura y parece que actuó desde un principio como cubierta propiamente dicha del primer cuaderno.

2. Extensión y estructura fascicular

El códice tiene 184 folios agrupados en 10 cuadernos (fols. 1-26, 27-54, 55-72, 73-90, 91-110, 111-126, 127-143, 144-161, 162-181 y 182-185), todos ellos conservados íntegramente salvo el último. Los cinco primeros son mixtos, compuestos por un bifolio externo en pergamino y un cuerpo cartáceo de 9, 10 o 14 bifolios. Los restantes cuadernos son todos en papel, aunque reforzados en su pliegue interno por una tira de pergamino –reaprovechado– cosida al fascículo (cf. infra). Los fascículos más extensos son los dos primeros, de 14 bifolios; con 10 bifolios los cuadernos 5 y 9; con 9 bifolios los cuadernos 3, 4 y 8; por último, con 8 bifolios los cuadernos 6 y 7. El décimo y último fascículo constituye un binión en la actualidad, pero en origen era un ternión del que no conservamos el bifolio externo (fols. [181bis]-[185bis], fig. 1). García y García (1963: 332) suponía la pérdida de varios folios entre el 181 y el 182, pero si tenemos en cuenta el texto faltante (poco más de cinco leyes) es presumible el extravío de una única plana, que formaría bifolio con la última del cuaderno. Fórmula de colación de los cuadernos: 1262283-4185206-716818920106-2.

Fig. 1. Estructura del cuaderno 10

3. Estado de conservación

Pese a que solo se ha perdido un bifolio en el último cuaderno, el estado de conservación actual del códice es regular, pues la unión de los cuadernos se ha debilitado bastante y los primeros y últimos folios (fols. 1-4 y 183-185) presentan un deterioro avanzado a causa de diferentes agentes externos (especialmente la humedad y la polilla). Algunos rotos puntuales en los fols. 24-25 (margen de pliegue inferior) y 55 (la esquina superior externa fue remendada con unos pequeños trozos de papel blanco encolado en el recto). Algunos márgenes externos, aunque no afecta a la lectura, están parcialmente afectados por el paso del tiempo (fol. 36).

4. Soporte y dimensiones

El soporte utilizado es mayoritariamente papel de trapo afiligranado, probablemente de origen italiano, no hispanoárabe procedente de Granada, como se indica en la ficha catalográfica de Hiersemann (1911) y que luego reproducen García y García (1963: 270) y Ramos Bossini (1984: [lvii]). Se trata de un papel bastante recio y consistente, con dos tipos de filigrana: fruto con dos hojas (en lo dos primeros cuadernos: fols. 1-54) y arco con flecha (en los restantes folios); en ambos casos la filigrana se sitúa más o menos equidistante entre el segundo y tercer cordondel de la página5
(en el caso del arco, los extremos sobresalen unos 15 mm a cada lado). En el primer caso, se trata de una pera (higo o granada, en algunos repertorios), en posición vertical y ligeramente curvada, acompañada de dos hojas laterales de tamaño medio y con forma semitriangular, situadas a la misma altura que el fruto y cuyos tallos rematan en un pequeño anillo inferior; el fruto, con forma abombada, presenta dos pequeñas protuberancias en la parte superior (Fig. 2). En algunos folios encontramos una variante muy similar a la descrita, pero con una de las hojas más alargada y estrecha (Fig. 3). En el caso del arma, se trata de un arco tensado, en posición vertical y sin anillo inferior, con un lomo poco ondulante de trazado doble, atravesado por una flecha de longitud media y con punta triangular (Fig. 4).

Figs. 2, 3 (filigrana del fruto) y 4 (filigrana del arco)

Faulhaber (1983: 226) identificó las filigranas más parecidas en los catálogos de Valls i Subirà (1970) y Briquet (1968), fechadas entre la tercera década del XIV y la segunda del XV (ca. 1331-1419). Es posible estrechar este arco cronológico teniendo en cuenta la evolución de las dos figuras a lo largo del Trescientos e identificando con mayor exactitud las variantes más similares en los diferentes repertorios de filigranas disponibles. En el caso del fruto, nuestra filigrana debe situarse en la franja de 1350-80, pues no es hasta mediados de siglo (no antes de 1350) y, especialmente, durante las décadas de 60 y 70 cuando empiezan a registrarse las variantes con las dos hojas laterales un poco más grandes, siendo ca. 1380 el término ante quem. De acuerdo con esto y ateniéndonos al tamaño, posición y fisonomía de los diferentes elementos de la filigrana, estas son las variantes más similares: Briquet 7376 (1351-61), 7358 (1376), 7359 (1377); Piccard 594 (1350), 586, 590 (1357); 585 (1360), 657 (1361), 605, 670, 675 (1362); 659 (1364), 601 (1375); Likhachev 342 (1358), 2040 (1360-75); Mosin 4318 (1355-6), 4333 (1358), 4355 (1361), 4347, 4369, 4375 (1360-70); 4374 (ca. 1370), 4376 (ca. 1360-75)6. Con respecto al arco, pese a ser una filigrana muy frecuente, al igual que la del fruto, la figura utilizada en este códice se diferencia principalmente por una ondulación del lomo menos acusada y un ángulo de apertura más amplio de la disposición triangular de la cuerda. Con estas características el periodo en el que se registran las variantes más afines a la de este manuscrito es muy similar al estimado para la filigrana del fruto (1348-87): Briquet 781 (1348-51), 804 (1360-80); Piccard 1729 (1349), 1670 (1355), 1702 (1359), 1527 (1362), 1506 (1379), 1524 (1386-87); Mosin 323 (1348), 361 (1360-70), 369 (1370-80); Likhachev 2000 (1350-80)7.

Los bifolios en pergamino (fols. 1-26, 27-54, 55-72, 73-90, 91-110), usados como cubiertas de los cinco primeros cuadernos son de calidad medio-baja, y en dos casos (fols. 54 y 110) se aprecia la curvatura próxima a las extremedidades del animal del que procede el cuero empleado. Según lo esperable, se reservó siempre el lado de la carne para la cara interior del bifolio, y la pars pilis, más oscura, como cubierta exterior.

En cuanto a las tiras pergamináceas de refuerzo, al menos en el caso de los dos últimos cuadernos (fols. 171-172 y 183-184), se trata de un material reaprovechado. En ellas se puede observar una notación musical con pneumas en el recto y verso de la parte izquierda de la tira, mientras que en la parte derecha (tanto en el recto como en el verso) se pueden leer las siguientes secuencias : «semen glorificate eum Annunciabitur» (171v-172r, 2r), «es qui uidebant me aspernabantur» (id. 2v); «[—]num laudate eum uniuersu» (183v-184r, 2r), «obprobrium hominum et abiectio plebis Omn» (id. 2v). Las letras <A> y <O> son capitales y de alto abarcan dos o tres líneas. Ambos fragmentos son continuación el uno del otro («…obprobrium hominum et abiectio plebis Omn||es qui uidebant me aspernabantur…», «…[domi]num laudate eum universu || semen glorificate eum annunciabitur…») y parecen pertenecer a un salterio latino (¿salmo 22?) del que no puedo precisar fecha (quizás del XIV).

5. Mise en page

Las dimensiones de la página es de 295 x 220 mm (fol. 91), con una caja de escritura de 228 x 180 mm (fol. 76), distribuidas a dos columnas de 228 x 84 mm (fórmula Lemaire: 17 + 84 + 12 + 84 + 26) y un número variable de líneas por columna, dependiendo del copista implicado, entre 28-29 (fols. 2r, 69r; calígrafo A) y 31-36 (fols. 143r, 159v; calígrafo B).

Se utilizó el mismo esquema de pautado en todos los cuadernos, con únicamente el trazado de las directrices verticales y horizontales que enmarcan la caja de escritura y las columnas (fig. 5). Los extremos de las cuatro directrices sobresalen y se extienden casi hasta los bordes de los márgenes. Parece que el pautado se trazó a punta seca y por el método de presión (por lo que la hendidura se imprimiría por lotes de pliegos y no uno a uno), lo que explica que en algunos casos la marca sea muy notoria y en otros prácticamente indistinguible. Son perceptibles las perforaciones en los cuatro márgenes.

Fig. 5. Pautado

6. Sistemas de ordenación: reclamos y foliación

Todos los cuadernos, excepto el último, presentan reclamos coetáneos incluidos por los dos calígrafos principales del texto (cf. infra): «pasa ligeramente» (26v), «Sintiese» (54v), «postulaçion» (72v), «cantares» (90v), «sagrada» (110v), «ffaçer sin» (126v), «fiestas en·las capiellas» (143v), «Ley .xª. por que razon» (161v), «-uento Mas de·lo que era quando» (181v). Las variaciones con respecto al íncipit correspondiente del reclamo son mínimas9; únicamente en un caso (90v «cantares») no se incorporó el texto del reclamo al inicio del folio siguiente (91r: «e por señales»). El reclamo del fol. 181v («-uento Mas de·lo que era quando») nos muestra el comienzo de la laguna textual del último cuaderno. Todos los reclamos están dispuestos en horizontal –en la esquina inferior interna de las páginas–, salvo el del fol. 54v, cuya orientación es vertical. El estilo de las cartelas es sobrio: ovalada o rectangular simple y de trazado marrón (fols. 90v, 110v, 181v; en este último caso, el trazado es discontinuo), rectangular simple y de trazado rojo (fols. 126v, 143v), o ambas (fol. 54v); en otros casos la cartela rectangular roja es doble y aparece adornada con trazos circulares en las esquinas (fol. 161v) o presenta un leve marco interno y ovalado en tinta marrón (fols. 26v, 72v). No hay vestigios de signaturas o de otros elementos de ordenación intra o interfascicular.

No se conserva foliación o paginación antigua. Solo consta una foliación a lápiz de finales del XIX o comienzos del XX (debida posiblemente a Hiersemann) en la esquina inferior derecha del recto de los folios. Hay un error de foliación en el cuaderno 7: no se consignó el fol. 139, por lo que se salta del 138 al 140 (aunque no hay laguna textual). En cambio, la foliación ininterrumpida del último fascículo indica que la laguna del bifolio [181bis]-[185bis] es quizás anterior a la llegada del códice a Alemania.

7. Escritura (texto base, decorativa, notular); copistas

Contrariamente a lo que indica García y García (1963: 270), no hay una única mano responsable de la copia de este manuscrito, sino que trabajaron al menos dos calígrafos principales: uno en los cinco primeros cuadernos (A, fols. 4va.21-110v, fig. 6) y otro en los cuatro últimos (B, fols. 111r, 129va, 26-185v, fig. 7). Participan, además, dos o tres calígrafos auxiliares: uno en los primeros folios (C, fols. 1-4va.20, fig. 8) y otros dos (o tal vez uno solo) en el cuaderno central e inicio del séptimo (D-E, fols. 111v-114r, 114r-129va.23, fig. 9). De manera puntual también se registra un cambio de mano en el fol. 29vb (lín. 1-11), cuya escritura es similar a la de C. Aunque hay notables diferencias en el grado de cursividad y velocidad del trazado (B, C y D-E son más pausadas y menos cursivas frente a A), la modalidad no textual usada en este códice parece responder a las características de la gótica cursiva aragonesa de transición a la bastarda, en su modalidad usual, especialmente en el caso de los calígrafos A, C y D-E.

Fig. 6 (izda). Fol. 81vb, calígrafo A
Fig. 7 (dcha). Fol. 146va, calígrafo B

Figs. 8 (izda.). Fol. 3va, calígrafo C
Fig. 9 (dcha.). Fol. 155ra, calígrafo D-E

En la primera parte del códice (cuadernos 1-5), el trazado de A es más corriente y aéreo, y es habitual la oscilación en la cursividad y módulo de la escritura (ejs. fols. 20-21, 104ra). Esto se advierte en especial en las secciones copiadas en pergamino, al menos en los primeros casos (ejs. fols. 26-27, 54), quizás para aprovechar el máximo el espacio. La letra del calígrafo B es más compacta y menos cursiva, con un ductus más pausado y sin desarrollo de astas dobles. A diferencia de A, no presenta casi signos de corrección de entidad (cf. infra) y, pese a caracterizarse por un trazado menos fluctuante, no es infrecuente que la letra se apriete y el interlineado se reduzca sensiblemente en la parte final de las columnas (ejs. 156va, 158va, 160va, 172va, 173va). Este cambio de mano (A > B-D/E-B), coincidente con la transición entre cuadernos mixtos y los exclusivamente cartáceos, se produce en el interior de la ley 39ª del título 7º «De los clérigos» (fol. 110vb-111r), y no es hasta el final del título 8º «De los religiosos» (ley 31ª, fol. 129va) cuando se retoma la labor de B tras su intervención puntual en el fol. 111r. Por su parte, D-E trabaja(n) entre los fols. 111v y 129va (títulos 7º y 8º); aunque no podemos asegurar si en realidad se trata de un solo copista o de dos, ciertas características gráficas (como el uso sistemático de astas simples o el remate angular de la <l>) parecen diferenciar la escritura de los fols. 114rb-128va, más afín a la de A, de la de las primeras planas (fols. 111v-114ra), cuyo trazado es más próximo al de B. Por su parte, el trabajo del calígrafo C se reduce a los primeros folios (1-4va), incluyendo el índice de títulos y leyes, el prólogo, el primer título y el inicio del segundo. El cambio de mano C > A se produce en la segunda ley del título 2º «De las costumbres» (fol. 4va, l. 21).

La escritura notular empleada tanto en las anotaciones que completan o corrigen el texto (cf. infra) como en la identificación de los títulos y leyes (situada en el margen de cabeza), es de módulo levemente inferior con respecto a la del texto base y es posible identificarla con la letra del calígrafo B, que, por tanto, actuaría también como revisor y epigrafista. Por lo que se refiere a los reclamos, parece seguro que los que aseguran la continuidad de los cinco primeros cuadernos fueron apuntados por el calígrafo principal correspondiente (A: fols. 26v, 72v, 90v, 110v), con la única excepción del cuaderno 2 (fol. 54v), de trazado vertical, cuya letra se asimila a la de B o D-E. La escritura de los restantes reclamos (fols. 126v, 143v, 161v, 181v) es idéntica a la del revisor-epigrafista (B).

En cuanto a la escritura decorativa, las rúbricas de prólogo, título y ley, así como los epígrafes (en el margen de cabeza), van siempre rotulados en tinta roja y en módulo ligeramente inferior al del texto base. No es infrecuente que el espacio reservado para la rúbrica resulte escaso (p. e. fols. 78v, 79r, 104r, 157v, 167v, 168r, 177v, 176r); esto parece ocurrir con más frecuencia en los últimos cuatro cuadernos del códice, pues en esta sección la secuencia a destacar suele ser más extensa, lo que hace que se comprima la letra y el texto acabe invadiendo el intercolumnio o los márgenes de dobla y canal. En algún caso no se consignó la rúbrica (fol. 50v). La letra es, nuevamente, muy similar (si no es la misma) a la del segundo calígrafo principal (B), aunque en algunos casos tal vez se trate de otro copista con un trazado un poco más cursivo, como por ejemplo en los fols. 47v (similar a A) y 80r-v (similar a D-E). De ser esto cierto, el calígrafo B, además de ocuparse mayormente de la escritura del texto base de la segunda parte del códice (cuadernos 7-8) y de añadir algunos reclamos, también habría sido el responsable de revisar y corregir la copia y compilación del texto, de rotular la mayor parte de las rúbricas e incluir los epígrafes de las distintas (sub)secciones en el margen superior. Téngase en cuenta, además, que algunas de las correcciones mediante tachado (cf. infra) se realizaron en tinta roja.

La inexistencia aún de un estudio filológico exhaustivo del texto en su integridad nos impide conocer si estos u otros cambios de mano, correcciones, ampliaciones y otro tipo de intervenciones coetáneas responden sin más a la tarea de escritura y revisión rutinaria del taller responsable de la copia, o bien guarda relación en algún caso con la compilación de los diferentes materiales colacionados en el manuscrito.

8. Letras capitales, calderones

No se ejecutaron letras capitales, salvo en un caso en el fol. 26va (título 5º, ley 29ª), pintada en rojo, con una altura de poco más de dos líneas y con un pequeño motivo cruciforme sin color en el centro. En cualquier caso, sí se reservaron los espacios correspondientes y se apuntaron casi siempre las letras de aviso (normalmente en tinta ocre, pero a veces también aparecen en rojo con un trazo más grueso: fols. 82va, 102vab, 114v, 115r, 115v).

El manuscrito presenta con regularidad calderones curvos, pero también angulares (gammas); estos últimos, quizás fruto de una fase de rotulación o revisión posterior, parecen tener función de subdivisión secuencial. La presencia de calderones angulares se reduce en los últimos cuadernos del manuscrito, esto es, en aquellos confeccionados por el copista-revisor B. Tras los calderones curvos aparece siempre una mayúscula levemente coloreada en rojo.

9. Signos o evidencias de corrección

El texto principal del manuscrito, especialmente en la primera mitad, fue objeto de una constante corrección por parte de los copistas y revisores del mismo. Se registran dos tipos fundamentales de enmienda: las de mayor entidad, que completan el contenido del texto base y se sitúan en los márgenes del folio; y las intervenciones de menor entidad que corrigen errores leves de copia y que o bien sobrescriben la secuencia errónea o bien añaden la secuencia correcta en el interlineado.

En el primer caso, la mayor parte de las correcciones de mayor entidad se ejecutaron en la sección copiada por el calígrafo A, que parece que trabajó con mayor velocidad y quizás con un menor grado de rigor a la hora de copiar o colacionar el antígrafo10 (fols. 1-110v, los 5 primeros cuadernos: fols. 10rab, 14va, 19va, 20rb, 27rb, 27va, 28va, 32va, 33vab, 37va, 42vb, 46rb, 46vb, 47rb, 50ra, 51ra, 62rab, 64ra, 67ra, 69vab, 80rb, 90rb, 91va, 94vb, 98ra, 98va, 100va, 103va, 104rb, 104vb, 107vab, 109ra, 110va). A partir de aquí esta actividad correctiva se reduce drásticamente: se detecta ocasionalmente al final del 6º cuaderno e inicio del 7º (fols. 123ra, 124va, 125rb, 126va, 129rb), de la autoría de los copistas auxiliares D-E, y es prácticamente inexistente en los cuatro últimos cuadernos (fols. 170r y 183r), lo cual sería esperable teniendo en cuenta que, como copista-revisor, el calígrafo B es probablemente el mayor conocedor del texto y de las dos fuentes implicadas, minimizando así el riesgo de error o laguna.

En cuanto a las correcciones de menor entidad, incluidas en el propio texto base, se registran a lo largo de todo el manuscrito, aunque, nuevamente, con más intensidad en la sección copiada por A11. No es infrecuente el tachado de secuencias enteras (a veces varias líneas) en el cuerpo del texto, especialmente en tinta roja (fols. 31ra, 46rb [con tachados diagonales en tinta marrón], 71vb, 79ra, 96ra, 99va, 99vb, 101va, 122rb, 124rb, 126ra, 127rb), y ocasionalmente en la misma tinta marrón del texto base (fols. 92rb, 105ra, 108ra); a veces se acompaña un punteado circunscribiendo la forma errada (fols. 101va, 122rb; otras veces sin tachado: fols. 123rb, 125ra, 159vb, 173va).

10. Encuadernación

La encuadernación es muy antigua, del siglo XV según Faulhaber, de piel color crema sobre cartón hecho con varias hojas de pergamino, muy apolillado (1983: 226). Las dimensiones de las cubiertas son 282 x 220 mm (4 mm de grosor, 60 mm el lomo). La inscripción del tejuelo, muy deteriorada, dice lo siguiente: «Fuero Antiguo de Teruel [.] de Sepulbeda», por lo que no sabemos si es una identificación errónea del contenido o si se trata de una encuadernación reaprovechada12.

En el interior de las gruesas cubiertas de la encuadernación, parcialmente carcomidas por la polilla, es posible observar cómo se utilizaron diferentes hojas de pergamino y papel para hacerlas más robustas. Es prácticamente imposible leerlas porque las capas internas de las cubiertas no están muy separadas y por la destrucción del soporte debido a la carcoma, pero la letra utilizada en ellas en algunos casos no parece muy posterior a la de la confección del manuscrito (finales del XIV-primera mitad del XV). El asunto de esos textos es mayormente de tipo instrumental (documentos notariales o minutas). Solo es posible leer algunas palabras de uno de los recortes situado en la esquina inferior externa, en el interior de la capa posterior: «[—]nt […] no es por [—] | [—] vender una haç[—] | [—] diziendo voz que lo [-] ve [—] | [—] voz la que [—] ve[—] | [—] si por ventura […]». En la cubierta anterior no se puede ver apenas el interior de las capas, aunque sí son reconocibles cartones y papeles con las mismas letras que en las capas internas de la cubierta posterior. La cubierta anterior presenta un gran orificio central debido a la carcoma.

En las contracubiertas se adhirieron cuatro fragmentos de papel en los que se puede leer lo que parece un reparto de molino o similar de varios habitantes de alguna localidad turolense (tal vez Cella o Lanzuela)13, de letra coetánea o no muy posterior a la del texto base (cf. Faulhaber 1983: 226). Las anotaciones aparecen dispuestas en tablas y en tres de los fragmentos (los de la cubierta inicial y el de la derecha de la cubierta posterior) se puede leer la parte superior donde se organizan en la primera fila de la tabla los siguientes conceptos encabezando cuatro columnas: trigo, centeno, ordio y auena (casi siempre acompañados de la forma «fs»: fanegas); del cuarto fragmento no se conserva el extremo superior, mientras que de los otros el deterioro no deja ver parte de la tabla en la mitad superior. En la columna inicial del primer, segundo y cuarto fragmento aparecen los sujetos objeto de recuento:

– cubierta anterior, primer fragmento:

  • pelayo lancuella fijo de pelayo lancuella
  • la muger de matheo lancuella
  • anthon pomar
  • pelayo lancuella mayor
  • matheo alfonsso
  • Johan de Segura

– cubierta anterior, segundo fragmento (mutilado en la parte superior):

  • pedro martinez

– cubierta posterior, cuarto fragmento:

  • pelayo lancuella fijo de francisco lancuella
  • francisco lancuella mayor
  • matheo lopez
  • francisco Sanchez
  • pedro matheo […]
  • hurraca monjoz

– cubierta posterior, tercer fragmento:

  • Jtem tiene tomados el vycaryo trigo – vj fs.
  • Jtem tomo mas el vycaryo trigo de la era de pelayo ferrando – ij fs.
  • Jtem tom[o] mas el sobre dito trigo de la era de bartolome cella – iij fs.
  • Jtem tomo mas el ffa[.] por el sobre dito trigo – iiij fs.
  • Jtem tiene el Rector tomadas de trigo – viij fs.
  • Jtem pero Sanchez tomo trigo – v fs.
  • Jtem tengo yo tomado trigo – v fs.
  • Jtem ffº martinez trigo – j fs.

11. Conclusiones

El examen codicológico (y también escripto-lingüístico) esbozado aquí nos permite trazar las coordenadas espacio-temporales aproximadas en las que se habría confeccionado esta valiosa y aún poco conocida redacción mixta de la Primera partida y el Setenario. Por una parte, de acuerdo con la cronología aproximada de las filigranas y al tipo de letra, parece seguro situar cronológicamente la confección del manuscrito en la segunda mitad del siglo XIV14; quizás a comienzos del último tercio (ca. 1360-80), teniendo en cuenta la gótica cursiva usual empleada por el copista principal (A) y la evolución de la figura de ciertas grafías como la <ç>, la o los diferentes alógrafos de la <s> y la <z>15.

Por otra parte, de acuerdo con la adscripción aragonesa tanto de la escritura como de ciertas soluciones gráfico-lingüísticas, alternantes o sistemáticas, de los diferentes calígrafos implicados, especialmente A y C (ejs.: anyo, asin, atorgar, cayer, cone(s)cer, ensenyamiento, esti, fruyto, jutgar, marturiado, paç, peyor, qui ‘conj. que’, senyor, seyer, sobervioso, stablimiento, tracion, trayer, trebalar/trebaxar, viespra), podemos circunscribir con cierta seguridad el taller responsable de esta copia en el ámbito sociocultural y político de la Corona de Aragón; posiblemente en la zona más meridional del antiguo reino aragonés, en el entorno de la comarca turolense, si tenemos en cuenta también el texto de las contracubiertas del códice, que nos permite extraer información geográfica aproximada sobre la procedencia del manuscrito.

Algunos de los principales rasgos codicológicos y paleográficos aquí esbozados (uso de cuadernos mixtos, tipo de letra, intervención de varios copistas, abundante actividad de revisión y corrección) parecen encajar con la naturaleza inconclusa y experimental del ensamblaje discursivo ensayado en el códice neoyorquino. Tal vez haya que poner en relación esta labor de copia y refundición con la pujante actividad de compilación y difusión de las Partidas operativa en la Corona de Aragón desde comienzos de la segunda mitad del siglo XIV y a instancias de Pedro el Ceremonioso (1336-87)17, tal como demuestra, por una parte, la traducción al catalán de la Primera y Segunda Partida y su utilización como fuente en ciertas obras de caballería como el Tractat de cavalleria de Pere III o el Sumari de batalla a ultrança (véase ahora Sabaté i Marín y Soriano Robles 2015, Avenoza 2017), y por otra, la existencia de ejemplares del texto castellano en la Casa Real aragonesa (Pérez Martín 1992: 48-49, n. 161).


notas

1 Mi más sincero agradecimiento a John O’Neill y a Vanessa Pintado por las facilidades de consulta del códice en la Hispanic Society, especialmente en lo que respecta al estudio de sus filigranas y de la estructura fascicular. Agradezco, también, las orientaciones de José Manuel Fradejas Rueda y Pedro Sánchez-Prieto Borja.
2 Una copia del registro catalográfico de Hiersemann (nº 575 del catálogo) se encuentra adherida al fol. 1r del códice y en él se recoge, en español e inglés y a doble columna, una descripción básica del manuscrito, su precio (28 000 ¿marcos alemanes?) y algunas observaciones posiblemente extractadas del folleto de W. Friedmann. En cuanto a este último, anunciado al final de la ficha de Hiersemann («A critical and philological investigation of the manuscript will be published with this catalogue / Un examen crítico y filológico se publicará en un folleto particular»), se trata de un opúsculo de 17 páginas sin numerar, a doble columna y escrito en alemán e inglés, en el que primero se presenta el manuscrito y se destaca la trascendencia del código legal alfonsí y de su historia textual (pp. 1-3), para después ofrecer lo que constituye la primera aproximación filológica al texto del códice neoyorquino (pp. 4-17). Agradezco de nuevo a John O’Neill la rápida consulta del ejemplar de dicho folleto conservado en la HSA (Worldcat informa de la existencia de un ejemplar en España, en la Universidad Pontificia de Salamanca).
3 De acuerdo con O’Neill 2016: 212, entre 1904 y 1914 Huntington compró casi 200.000 manuscritos y libros raros y modernos hispánicos, que le fueron ofrecidos en una treintena de catálogos impresos preparados por Hiersemann.
4 Continúa pendiente un estudio filológico exhaustivo del contenido de esta refundición en el que se ponga particular atención, entre otras cuestiones, a la relación del texto principal con las interpolaciones del Setenario, así como a las numerosas notas coetáneas que revisan, completan y corrigen buena parte del texto, especialmente los ocho primeros títulos (cf. infra § 8). Además de los primeros estudios de Friedmann 1911, García y García 1963b y Arias Bonet 1972, en las últimas décadas el códice neoyorquino y sus particularidades textuales han sido objeto de consideración en varios trabajos de investigación, entre los que cabe citar: Craddock 1981, 1986: 56 (Ah60), 1992, 2001: xilv-xlv, 2008; García y García 1986: 692 (n. 80), Díez de Revenga Torres y Puche Lorenzo 2003, Rodríguez Velasco 2010, Pérez Martín 2014; Panateri 2015, 2016a, 2016b, 2017, 2018. En cuanto al propio texto del manuscrito, pese a la publicación de Ramos Bossini (1984), lo cierto es que todavía resulta imprescindible la lectura del propio manuscrito y, por tanto, es muy necesaria una nueva edición del texto, ya que el trabajo del profesor granadino, aunque en la altura meritorio, contiene muchos errores de transcripción, algunos insólitos, como la ausencia del índice de títulos y de secuencias enteras por salto de igual a igual (cf. infra § 11, n. 14), y la escasa información aportada en la introducción resulta errónea o desacertada (cf. Iglesia Ferreirós 1985: 953, Craddock 2001: xliv). De hecho, parecen más fiables los extractos incorporados en los estudios de Friedmann (fragmentos de los títulos 3 y 5) y García y García (índice general, rúbrica del prólogo, fragmentos de los títulos 2, 3, 4, 5, 6, 8, 10, 11, 14, 15, 18 y 19). En la actualidad Daniel Alberto Panateri prepara una nueva edición del manuscrito, así como un estudio de sus conexiones con el Setenario, con el Ordenamiento de Alcalá, y con la obra de Brunetto Latini.
5 Se registran cinco corondeles con la siguiente distribución espacial aproximada: 30-49-42-42 (filigrana del fruto tipo 1), 40-40-50-40 (filigrana del fruto tipo 2), 40-50-40-40 (filigrana del arco). La distancia entre puntizones oscila entre 3 y 4 mm.
6 En los repertorios de filigranas alemanas (WZIS) y austríacas (WZMA) nos encontramos con una cronología muy similar (ca. 1361-80): WZIS DE5580-Clm7544_4 (1361), WZIS DE0960-Mlf387_109 (ca. 1370), WZIS DE5580-Clm604_X (1374), WZIS DE3315-GM19.C.II._273 y 285 (ca. 1380); WZMA AT8500-3152_76 y 87 (1363), WZMA AT5000-317_112 (1370-80), WZMA AT2000-68_44 (1375-80). Registramos en WZIS otras tres filigranas muy similares (AT5000-251_5, AT5000-293_137 y AT5000-317_112) datadas en el último tercio del XIV.
7 A estas podemos añadir WZIS NL8370-PO-123689 (1350, Utrecht) y GWA Bow.244.1 (1369, Lyon).
8 No reproduzco la separación original de las letras, que se corresponde con la notación musical.
9 «Sientese» (fol. 54v) > «sintiese» (fol. 55r), «postulaçion» (fol. 72v) > «[P]ostulaçion» (fol. 73r, falta la capital), «ffaçer sin» (fol. 126v) > «ffacer sin» (fol. 127r), «fiestas en·las capiellas» (fol. 143v) > «fiestas en las capiellas» (fol. 144r). El reclamo del fol. 161v se copia sin variaciones como rúbrica en el fol. 162r.
10 Algunos ejemplos: en el fol. 10r (título 3º, ley 2ª) se añade en el margen inferior la secuencia «de spiritu santo. El secundo que nascio de santa Maria uirgen. El iijº que recibio» omitida por error en la l. 16 de la primera columna («El primero es que fue concebido <omisión> pasion et fue muerto e soterado. el quarto que descendio a·los jnfiernos…», lins. 15-18); en el fol. 46rb (título 5º, ley 73ª) se tachan las ls. 9-11; en el fol. 69v (título 6º, ley 13ª) se añade en el margen inferior la secuencia «mas non sobre aquellos que so ellos son. Enpero cosas ya que el arcobispo […]» omitida por error en la l. 9 de la segunda columna («Ca bien asi como el patriarcha o el primado puede judgar e poner pena a·los arcobispos e non a·los obispos njn a·los otros que les an de obedecer otro+si el arcobispo a ese mesmo poder sobre los obispos <omisión> puede facer sin conceio e sjn sabiduria de su patriarcha o·de su primado asi como concilio»), etc.
11 Ejemplos: fols. 10vb, 16ra, 21ra, 22ra, 36rb, 37rb, 62rb, 64rb, 65rb, 69ra, 73rb, 78vb, 88rb, 90va, 91vb, 94vb, 97rb, 98rb, 98vb, 99ra, 101rb, 115ra, 115vb, 117vab, 118rab, 119rab, 120rb (rúbrica), 122ra (rúbrica), 122rb, 123rb, 127rb, 148rb, 152vb, 157rb, 159rb, 159vb, 160ra, 174va, 175vab, 179rb.
12 De acuerdo con Agudo Romeo, Lapeña Paúl y Rodrigo Estevan 2007, se conservan varios códices latinos y romanceados del Fuero antiguo de Teruel, entre ellos dos de los siglos XIV y XV reencuadernados en el XIX.
13 De acuerdo con Serrano Montalvo 1995: 217-218 (http://www.peirones.com/cella.htm), a finales del siglo XV se registra la forma Lancuela, citada varias veces (junto con cella) en las contracubiertas del códice, como apellido de varios vecinos residentes en la localidad de Cella (comarca Comunidad de Teruel).
14 A este mismo periodo apunta el uso de papel afiligranado de origen italiano y de los cuadernos mixtos en papel y pergamino. En cuanto a lo primero, de acuerdo con Balmaceda Abrate 2008: 105, a partir de mediados del siglo XIV era prácticamente definitiva la sustitución del papel hispanoárabe por el de origen italiano en la Corona de Aragón. Por otra parte, la construcción de cuadernos mixtos, cuyo objetivo primordial era reforzar la consistencia del entramado fascicular (Ruiz García 20022: 146-147, 153, 357), parece ser más habitual en la segunda mitad del Trescientos para los códices literarios y no solo para los de carácter administrativo o notarial (véase, como ejemplos coetáneos, la Historia troyana de Pedro I, ca. 1365-69, o la copia más antigua y próxima al autógrafo del Terç del Crestià de Eximenis, fechada a finales del XIV).
15 Véanse, por ejemplo, las láminas 147 (1360), 150 (1368), 154a (1377) y 155 (1382) de Mateu Ibars (1980).
16 Algunas de ellas son características o exclusivas en textos aragoneses o castellano-aragoneses (como el Fuero de Teruel, los Fueros de Aragón o la extensa producción de Juan Fernández de Heredia). Corpus consultados: CORDE, CdE, CHARTA, CODEA+2015 y BDTEA-TNA [consulta 27/03/2018]. Conviene puntualizar que los ejemplos traídos aquí son solo una muestra de una pequeña cala en el texto original, ya que la consulta de la edición de Ramos Bossini (1984) es absolutamente opaca en lo que concierne a la variedad lingüística, pues «castellaniza» la mayor parte de las soluciones gráficas y morfoléxicas de tradición (navarro-)aragonesa que ofrece el texto: anyo > año, asin > asi, atorgar > otorgar, cayer > caer, cone(s)cer > conocer, ensenyamiento > ensennamiento, esti > este, jutgar > judgar, marturiado > martiriado, paç > paz, peyor > peor, qui ‘conj.’ > que, senyor > señor, sobervioso > sobervio, stablimiento > establecimiento, tracion > traycion, trebalar/trebaxar > trabajar, viespra > vispera, etc. Esta valiosa información (cuando menos, a efectos de procedencia geográfica) no se refiere en las lacónicas observaciones gráficas señaladas por García y García (1963: 270) y Ramos Bossini (1984: lviii).
17 Por supuesto, el conocimiento de las Partidas en el reino aragonés era ya patente en las últimas décadas del siglo XIII, como demuestra su influjo en el Llibre de l’orde de cavalleria de Ramon Llull (ca. 1274-76).


bibliografía

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cita

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Extractado o mutilado

Extractado o mutilado.
El MSS/8721 de la BNE

José Manuel Fradejas Rueda
Universidad de Valladolid


Las bibliotecas atesoran preciosos códices, piezas únicas del ingenio humano que han servido para transmitir y conservar pinceladas del pasado. A estas alturas de la historia creemos que se sabe todo acerca de los manuscritos que se han conservado porque un ejército de bibliotecarios e investigadores los han ido catalogado y poniendo a nuestra disposición. Sin embargo, cuando te acercas a ellos y los analizas con ojo crítico, compruebas que, a veces, no te puedes aupar en los hombros de los gigantes que te han precedido.

Library of Congress, Rosenwald 4, Bl. 5r (imagen en dominio público tomada de Wikipedia)

El MSS/8721 de la BNE (MN5), fechado en el siglo XV (según la letra, se puede situar a finales del siglo XIV o principios del siglo XV; la filigrana se asemeja muchísimo a una recogida por Bofarull (1910) que procede de un documento fechado en 1471-72), se describe en los catálogos como que contiene unos extractos de la Séptima Partida alfonsí. Quien lo afirmó tan solo se preocupó de la continuidad lineal del texto y vio que había saltos, pero no se detuvo a ver qué sucedía con la estructura física del códice. Un sencillo hojeado le habría descubierto enseguida ciertas peculiaridades que le habrían hecho desistir inmediatamente de la idea de que son extractos, y habría visto que se trataba de una versión completa, aunque mutilada de la Séptima Partida.

Dejemos de lado los dos folios claramente rotos que hay tras el folio 46 (de los que apenas quedan unos jirones de papel) y el hecho de que el manuscrito comienza abruptamente:

quisieren sacar de la tierra contra defendimjento del rrey. Et el segundo es si alguno encubre o furta tributos del rrey, o los derechos del rrey… (MSS/8721, fol. 1r)

Esto es casi el comienzo de 7.1.3:

Ley .III. Como aquel que es sieruo non puede acusar a otro.
Contra ninguno non podria fazer acusacion el que fuesse sieruo, si non en casos señalados. El primero seria quando alguno quisiesse acusar a otro en razon de pan, que alguno quisiesse sacar de la tierra contra defendimiento del Rey. El segundo es si alguno encubre, o furta tributos o los derechos del Rey (López 1555, 7ª Partida, fol. 3v)

Es evidente que faltan el prólogo introductorio a esta partida, el proemio al primer título y las dos primeras leyes completas. Esto es un problema bastante frecuente puesto que muchos manuscritos han perdido a lo largo de su vida las primeras hojas por el simple hecho de ser las primeras y estar más expuestas a los vaivenes del uso. Sin embargo, estos dos percances: la pérdida de los dos o tres primeros folios y que otros dos folios interiores hayan sido mutilados, no es motivo para afirmar que el códice contiene tan solo un extracto del texto de la Séptima Partida, porque, de acuerdo con la definición del Diccionario de la lengua española, extracto es un ‛[r]esumen que se hace de un escrito cualquiera, expresando en términos precisos únicamente lo más sustancial’. Veamos una de las leyes (7.15.1) y comparémosla con el tenor de acuerdo con la edición de Gregorio López, de 1555, por ser la más conocida y manejada:

daño es enpeoramjento et menoscabo & destruymjento que omne rresçibe en si mjsmo o en sus cosas por culpa de otro Et son tres maneras del. La primera es quando se enpeora la cosa por alguna otra cosa que mezclan con ella o por otro mal quel fazen. La segunda es quando se mengua por rrazon del daño que fazen en ella. La tercera es quando la cosa se pierde o se destruye del todo. (BNE, MSS/8721, fol. 42v1)DAño es empeoramiento o menoscabo, o destruymiento que ome rescibe en si mesmo, o en sus cosas por culpa de otro. E son del tres maneras. La primera es quando se empeora la cosa por alguna otra quel mezclan, o por otro mal quel fazen. La segunda, quando se mengua por razon del daño que fazen en ella. La tercera es, quando por el daño se pierde, o se destruye la cosa del todo. (López)

Tanto el texto del ms. de la BNE como el texto de López dicen lo mismo y con las mismas palabras, luego no podemos hablar de extracto. Se podría argumentar que el pasaje aportado es muy breve como para perder el tiempo en extractarla. Veamos otra un poco más extensa:

Rrebtar puede todo fidalgo por tuerto o desonrra en que caya trayçion o aleue quel aya fecho otro fidalgo. E esto puede fazer el por si mjsmo mjentra fuere bjuo, & si fuere muerto el que rresçibio la desonrra puede rrebtar el padre por el fijo, & el fijo por el padre, & el hermano por el hermano. Et si tal es que parientes non oviere y puedalo fazer el mas çercano pariente que fincare del muerto, & avn puede rresçebir el vasallo por el señor, & el señor por el vasallo, & cada vno de los amygos puede rresponder por su amjgo quando es rreptado asi commo delante se amuestra. Mas por omne que fuese bjuo non puede otro njnguno rrebtar si non el mjsmo porque el rriebto non deue ser rresçebjdo personero fuera ende quando alguno quisiere rrebtr a otro por su señor, o por muger, o por omne de orden, o por tal que non pueda njn deue tomar armas. Ca bien tenemos por derecho que el fecho que en tales cayan puede rrebtar cada vno de sus parientes maguer sea bjuo aquel por quien rriebta. Pero dezimos que njngun traydor njn su fijo njn el que fuese aleuoso non puede rreptar a otro njn aquel que es judgado que fizo cosa porque vala menos segunt costunbre de España. E otrosy non puede rrebtar a otro omne que sea quito del rriebto njn el que sea desdicho por corte non pueda njnguno rrebtar a aquel con quien ha tregua mjentra durare, & deuese fazer el rriebto ante el rrey, o por corte, & non ante rrico omne njn merino njn ante otro ofiçial del rregno porque otro njnguno non ha poder de dar el fidalgo por traydor njn por el aleuosonjn quitarlo del rriebto si non el rrey tan solamente por el señorio que ha sobre todo. (BNE, MSS/8721, fol. 12v)Reptar puede todo fidalgo por tuerto, o desonrra en que caya traycion, o aleue, que le aya fecho otro fidalgo. E esto puede fazer el por si mismo mientra fuere biuo: e si fuere muerto, el que recibio la deshonrra: puede reptar el padre por el fijo, o el fijo por el padre, o el hermano por el hermano. E si tales parientes non ouiere, puede lo fazer el mas cercano pariente que fuere del muerto. E avn puede reptar el vasallo por el señor: e el señor por el vasallo, e cada vno de los amigos, puede, responder por su amigo, quando es reptado, assi como adelante se muestra. Mas por ome que fuesse biuo, non puede otro ninguno reptar si non el mismo: porque en el riepto non deue ser recebido personero. Fueras ende, quando alguno quisiere reptar a otro por su señor: o por muger, o por ome de orden, o por tal que non deua, o que non pueda tomar armas. Ca bien tenemos por derecho, que en fecho que tales caya, pueda reptar cada vno de sus patientes, maguer sea biuo aquel por quien riepta. Pero dezimos, que ningund traydor, nin su fijo, nin el que fuesse aleuoso, non puede reptar a otro, nin aquel que es judgado porque fizo cosa porque vala menos, segund costunbre de España. Otrosi non puede reptar otro ome que sea reptado, ante que sea quito del riepto, nin el que se aya desdicho por corte, nin puede ninguno reptar a aquel con quien ha tregua mientra durare. E deuese fazer el riepto ante el Rey, e por corte: e non ante rico ome, nin merino, nin otro oficial del reyno, porque otro ninguno non ha poder de dar al fidalgo por traydor, nin por aleuoso, nin quitarlo del riepto, si non el Rey, tan solamente por el señorio que ha sobre todos. (López, 1555)

Salvo ligeros cambios, típicos de la copia de textos, el manuscrito de la BNE no parece extractar o resumir en nada lo que dice el texto de acuerdo con la edición de López. A pesar de ello, los redactores del Inventario General de manuscritos (13: 82) así lo declaran. Es más, entresacaron la lista de los fragmentos extractados:

ley IV a la XXII del tit. I; de la XXIX del tit. I a la II del VIII: leyes VII y VIII del tit. X: de la XI del tit. X a la XIV del tit. XV; de la XXVI del tit. XV a la VIII del tit. XXIX; de la V del tit. XXX hasta el fin de la Partida.

Examinemos lo que dice la nota del Inventario. Que extracta desde 7.1.4 a 7.1.22; desde 7.1.29 a 7.8.2; las leyes 7.10.7 y 7.10.8; desde 7.10.11 hasta 7.15.14;  desde 7.15.26 a 7.29.8 y desde 7.30.5 hasta el final. Cierto, eso es el texto que conserva, imprecisamente mencionado ya que el códice, en su estado actual, comienza con un poco de la parte final de 7.1.3:

quisieren sacar de la tierra contra defendimjento del rrey. Et el segundo es si alguno encubre, o furta tributos del rrey, o los derechos del rrey. Et el terçero es si alguno falssa moneda. Et el quarto es si alguno se trabaja de fazer yerro que tanxiesse a la persona del rrey o a perdimjento o a menoscabo de su señorio. o si lo fiziere por algunas de las rrazones que dexiemos en la terçera partida deste libro, en el titulo que fabla de los demandadores, ca estonçe bien puede acusar el sieruo, o la sierua non tan solamente a los estranos, mas avn a su señor mjsmo si oviere fecho alguno desto yerros (fol. 1r1)

Veamos qué sucede cuando el manuscrito llega a 7.1.22. El folio 7v2 acaba con «ante dezimos quel deue pecha el acusador aquello que rresçibjo del quarto doblado si gelo demandare». Aparentemente tiene sentido y se podría creer que se ha extractado, pero la realidad es que el capítulo continúa, según López

fasta vn año, e si despues del año gelo demandare, deuele pechar otro tanto quanto fue aquello que recibio del, como quier que el que es acusado, puede fazer auenencia sin pena sobre la acusacion, assi como de suso diximos. Pero el acusador, que la fizo cae en la pena que es puesta en la quinta ley ante desta. Esto es, porque desamparo la acusacion sin mandamiento del judgador.

Pero la verdad es que ha perdido la parte final de la ley. Apoya esta afirmación el hecho de que el folio siguiente, el 8r, no comience con el texto de 7.1.29:

[T]estigos aduzen los omnes en sus pleitos para prouar o vençer lo que demandan Et despues que son rresçebidos los dichos dellos… (fol. 8r1, líneas 5-9)

como afirman, sino con este otro pasaje:

maguer non fuesen ende acusados njn demandados njn fuese aducha otra prueua contra ellos.

que coincide, palabra por palabra, con las últimas palabras de 7.1.28, según la edición de López:

maguer que non fuessen ende acusados, nin denunciados, nin fuesse aducha otra prueua contra ellos.

El siguiente grupo de leyes extractadas finaliza con 7.8.2 (fol. 23v2), en realidad con el comienzo de 7.8.3, lo que está claramente marcado por el espacio para insertar la rúbrica y la inicial de ley correspondiente:

[F]allando vn ome a otro que trauaua de su fija o de su hermana , o de su muger con quien estudiere casado segunt manda santa eglesia por yazer con ellas por fuerça

Este bloque de extractos no es tan compacto con dan a entender, pues unos folios antes, en el 17v, hay otro corte textual, que no debieron de detectar porque el fol. 17v2 acaba con un artículo, el, y en el fol. 18r1 la primera palabra es un sustantivo, casa. Es verdad que hay una discordancia gramatical, pero es sabido que a veces hay algunas discordancias de género entre el determinante y el sustantivo si lo consideramos desde el punto de vista de la lengua actual y quizá fue lo que pensaron los catalogadores. Sin embargo, la lectura detenida nos dice que nada tiene que ver lo que hay en el fol. 17v2:

[S]i en el primero dia el rrebtado o el rrebtador non fuere vençido en la noche ante si [espacio en blanco] quisieren, o el rrey lo mandare los saquenlos del canpo & metanlos amos en vna casa, & faganles egualdat en el comer & en el beuer & en el yazer & en todas las otras gujsas. Pero si el vno quisiere mas comer o beuer que el otro dengelo el

con lo que dicen las siete primeras líneas del fol. 18r1:

casa atan ayna que fuese en culpa de la muger de aquel que con quien era ante casada asi commo en muchos lugares deste libro dixiemos en las leyes que fablan en esta rrazon.

Lo cierto es que este último fragmento corresponde al final de 7.6.3, título que trata de la difamación –de los enfamados– y no de los rrieptos, que es el asunto del título 7.4., por lo que ha desaparecido la mitad de 7.4.5, todo 7.4.5, todo el título 7.5, y el proemio y las leyes 7.6.1, 7.6.2 y la mayor parte de 7.6.3.

Por otra parte, si se tratara de una copiada extractada, es decir, en la que se ha dejado solo lo esencial, es curioso que el final de algunas de las leyes encontremos remisiones y concordancias a otras leyes dentro de las Siete Partidas e incluso a otros textos legales como el Fuero Judgo:

acuerda la quinta ley de adelante con esta (7.1.17, fol. 5v)

en esta ley acuerda con la xxj ley que es en el titulo de las desonrras (7.6.8, fol. 19v)

Et esta ley acuerda con el terçero libro en la postrimera ley del titulo de los escriuanos. Et otrosi acuerda con otra ley que es en el fuero judgo que es en el titulo seteno et comjença: si algunt omne faze falso scripto (7.7.6, fol. 21v2)

Et esta ley acuerda con la .xj. ley que es en el terçero libro, ques en el titulo segundo (7.10.7, fol. 24r)

Et esta ley acuerda con la vna ley del quarto libro que es en el titulo de los alogueros & de los arrendamjentos (7.10.12, fol. 25v-26r)

Además, si quien examinó el códice para su catalogación hubiera prestado atención a la información extratextual que ofrece el códice, habría visto que cada cierto número de hojas hay una secuencia de letras en el margen inferior, a la derecha de la columna. Esa secuencia alfabética corresponde a la signatura de los seis primeros folios de cada cuaderno.

Signaturas de los folios 18-22, segundo cuaderno de BNE MSS/8721

Esa secuencia no siempre está completa. Así, donde se produce el corte textual en el que comienza 7.1.29 (fol. 8r) podrían haber visto que en la esquina inferior derecha hay una b; en donde comienza 7.6.4 (fol. 18r) hay, de nuevo una b en la esquina inferior. Solo en un lugar no hay pista alguna, pues donde comienza 7.10.6 (fol. 24r) es el último folio del cuaderno, como puede verse por el reclamo del fol. 24v –onrrado deue–, pero ahí les debería haber sorprendido que tras el reclamo hubiera, de nuevo, una letra b en la esquina inferior derecha del folio 25r. Podría seguir abundando en estas pistas, pero no merece la pena alargarse.

Por consiguiente, esta pequeña aproximación permite establecer que el MSS/8721 de la BNE no es una copia extractada de la Séptima Partida, sino de una copia mutilada, que ha perdido a lo largo de su vida, pero siempre antes de la última encuadernación en el siglo XIX, dieciocho folios (para más detalles véase la descripción de este testimonio).


cita

Fradejas Rueda, José Manuel (2018.01.17), «Extractado o mutilado. El MSS/8721 de la BNE», en 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/1120 [fecha de acceso]

El aprendizaje de un copista

RB MS. II/3087:

¿EL APRENDIZAJE DE UN COPISTA?

 

Charles B. Faulhaber
UC Berkeley – Bancroft Library


El manuscrito II/3087 de la Real Biblioteca es de gran interés por varios conceptos. Es facticio, pero las dos partes están estrechamente relacionados tanto por el contenido como por su factura. La primera parte contiene una copia de la Sexta Partida (fols. 1r-175r) más un comentario sobre el apartado «Vestimentum de peculio» del Digesto viejo, sobre si la viuda tiene derecho a la ropa que ha dejado su marido al morir (fols. 175v-176v). La segunda parte del manuscrito contiene como texto principal la Séptima Partida (fols. 178r-334r), seguido de «La tabla para saber cómmo entran las planetas en los signos e cómmo suben e descienden cada una por sus cassas» (fol. 334v); un fragmento «Cum gravatis seu oppresis [fort.] appellaciones remedium sit a sanctis patribus institutum…» (fol. 335v) y un fragmento de otra mano sobre la influencia de los signos (fol. 336r-v), además de efemérides fechadas entre 1450 y 1457 en el fol. 335r.
Lo más interesante de este tomo, sin embargo, es que sabemos cuándo se escribió la primera parte, dónde, y por quién. En efecto, su colofón reza así (desarrollan las abreviaturas silenciosamente; Ilustración 1):

Acabado es este libro sesto loado sea el non|bre de dios e acabose en mjercoles veynte | E tres dias de março del año del Nasçimjento | del nuestro saluador ihesu xpisto de mjll e quatroçi|ento e vn años E fizo lo toribio fijo de | toribio martines de torre de lobaton e quando lo acabo | auja treze Años [rúbr.] toribio [rúbr.] del (fol. 175r).

Colofón del ms. de la Real Biblioteca, II-3087, fol. 175r. Ilustración 1

Fechado en Torre de Lobatón (i.e. Torrelobatón, Valladolid), en 23 de marzo de 1401, por Toribio, hijo de Toribio Martínez, que a la sazón tenía trece años.

Madrid, BR, ms. II-3087, fol. 1v (Ilustración 2)

La letra es una gótica cursiva muy legible, tirando hacia gótica redonda, como se puede apreciar en la Ilustración 2. Se han puesto algunas capitales muy toscas en las dos primeras hojas, pero en el resto del manuscrito solo se encuentran los huecos, de dos líneas de altura, con las letras de guía en el margen. También se encuentran espacios en blanco para las rúbricas, que fueron añadidas posteriormente en rojo por al menos dos manos diferentes [Ilustración 3].

Madrid, BR, ms. II-3087, fol. 159v (Ilustración 3)

Hasta ahora, nada de particular, salvo la edad del copista. Pero a sus trece años, es más que probable que Toribio hijo fuera un aprendiz de copista; y esta condición de aprendiz se nota, tal vez, en dos rasgos codicológicos poco corrientes en la época:

  1. Los reclamos se ponen en el verso de todas las hojas, no solo en el verso de la última hoja del cuaderno.
  2. Aunque la pérdida de hojas y el deterioro de los márgenes exteriores lo dificulta, se puede ver todavía que el manuscrito se componía de cuaterniones y octoniones y que las ocho o dieciséis hojas de estos llevaban como signaturas las letras del alfabeto:
  • Cuaternión: a b c d e f g h, fols. 18-25.
  • Octonión: a b c d [e] f g h y k l m n o p q, fols. 81-96r.
  • Cuaternión: a b c d e f g h, fols. 104-111.
  • Octonión: [a] b-f [g] h y k l m n o p q, fols. 112-127.
  • Octonión: b c d e f g h y k l m n p, fols. 128-141 (falta una hoja entre los fols. 127 y 128).
  • Octonión: a [b] [c] d e [f] g h [y] [k] l m n [falta la o] p [falta la q] r s, fols. 155-170.

El último octonión es significativo. Se ve que por descuido el copista saltó de la «n» a la «p» y de allí a la «r», poniendo la secuencia «n p r s» para las últimas cuatro hojas del cuaderno.

El sistema de los reclamos en todas las hojas combinado con el de la alfabetización de los cuadernos es efectivo para mantener el orden del texto pero muy poco eficiente. Y parece que nuestro joven copista se da cuenta de ello en la segunda parte del manuscrito.

En efecto, en esta segunda parte (fols. 178r-335r) todo es más sistemático. Los diez cuadernos son todos octoniones. Por otra parte, los reclamos ya solo se escriben en el verso de la última hoja del cuaderno. Son horizontales, a la derecha de la hoja, dentro de un encuadre en los tres primeros cuadernos, pero empezando con el cuarto sin el encuadre: ¿un ejemplo de la economía del esfuerzo?

El copista tarda más o menos el mismo tiempo para darse cuenta de que no tiene que signar todas las hojas del cuaderno. Así, en los mismos primeros tres cuadernos signa todas las hojas. En el primero, donde faltan las cuatro primeras por pérdida del margen procede así: «[a b c d] e f g h y k l m n o p q». Asimismo, las signaturas del tercer cuaderno corren «a b c [d] e f g h i k l m n o p q», mientras las del segundo van «a b c d e f g h i l m n o p q rr», con ausencia de la «k».

Ahora, empezando con el cuaderno cuatro solo signa las ocho primeras hojas del cuaderno, siguiendo el sistema que había llegado a ser normal.

Estos hechos se prestan a varias conclusiones, o más bien preguntas: ¿Es el copista de la segunda parte del II/3087 el mismo Toribio de la primera parte? Si lo es, ¿hizo Toribio toda la segunda parte o solo los tres primeros cuadernos? Sin embargo, reconociendo que haría falta un examen paleográfico detenido de las dos partes del manuscrito para responder a estas preguntas, es realmente tentador considerar que en su conjunto muestran el aprendizaje de un copista. En la primera parte está haciendo un esfuerzo concienzudo para documentar su trabajo de forma que el encuadernador pueda organizar los cuadernos correctamente. En la segunda, o por propia iniciativa o porque un copista más experimentado le ha dado instrucción, se ha dado cuenta de que no todas las hojas necesitan reclamo y que solo las hojas de la primera mitad de un cuaderno tienen que ser signadas.


Este artículo fue publicado originalmente en Avisos. Noticias de la Real Biblioteca, 19, n.º 70 (mayo-agosto 2013), pp. 1-2 y es reproducido con el permiso del autor y de la RB.


cita

Faulhaber, Charles (2018.01.17), «RB ms. II/3087: ¿El aprendizaje de un copista?», en 7PartidasDigital. Edición crítica digital de las «Siete Partidas», https://7partidas.hypotheses.org/1027 [fecha de acceso]